Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2000 (31/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, lunes 31 de enero de 2000

NORMAS LEGALES

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ACTA CONSTITUTIVA DE LA ASOCIACION DE ESTADOS IBEROAMERICANOS PARA EL DESARROLLO DE LAS BIBLIOTECAS NACIONALES DE LOS PAISES DE IBEROAMERICA - ABINIA Los Estados signatarios de la presente Acta, CONSIDERANDO: 1. Que los Estados iberoamericanos constituyen una comunidad cultural que se expresa principalmente en dos idiomas afines, espanol y portugues, y tiene, por tanto, convergencias de intereses en la defensa de sus acervos culturales y en la necesidad de integrar esfuerzos en busca de objetivos comunes. 2. Que existe un patrimonio cultural de alta significacion en los fondos depositados en las bibliotecas nacionales, los cuales deben ser organizados, preservados y difundidos para que su aprovechamiento extensivo contribuya de manera mas efectiva al desarrollo e integracion de las naciones iberoamericanas. 3. Que las bibliotecas nacionales tienen fines comunes, derivados de su naturaleza y de sus funciones de liderazgo en materia de politica bibliotecaria y de conservacion del patrimonio bibliografico. 4. Que existe la determinacion de buscar soluciones a problemas comunes mediante acciones conjuntas y coordinadas. 5. Que desde 1989, cuando se crea en Mexico la Asociacion de Bibliotecas Nacionales de Iberoamerica ABINIA- con el caracter de asociacion civil sin fines de lucro, los directores de las bibliotecas nacionales de la region, o sus representantes, han realizado reuniones anuales para coordinar acciones de cooperacion e intercambio de experiencias y conocimientos las cuales se han concretado en proyectos regionales y en el mejoramiento de las bibliotecas nacionales miembros de la Asociacion. 6. Que la experiencia acumulada durante estos anos, ha llevado a los integrantes de ABINIA a examinar la necesidad de cambiar el caracter de asociacion civil de la institucion por uno que se corresponda mejor con su naturaleza juridica, alcance y fines, interes que ha sido avalado por sus respectivos Gobiernos; Han convenido en: ARTICULO I Se constituye la Asociacion de Estados Iberoamericanos para el Desarrollo de Bibliotecas Nacionales de los Paises de Iberoamerica -ABINIA-, con la personalidad juridica necesaria para el cumplimiento de los objetivos previstos en la presente Acta. ARTICULO II La sede de la Asociacion estara en el MORDAZA que designe la Asamblea General y en ese MORDAZA funcionara la Secretaria Ejecutiva. No obstante, a juicio de la misma y mediante el MORDAZA favorable de dos tercios de sus miembros, se podra recomendar el traslado de esta sede en forma temporal o permanente a otro MORDAZA, mediante la suscripcion del correspondiente Protocolo Modificatorio. ARTICULO III La Asociacion tendra los siguientes objetivos: a) Recopilar y mantener informacion actualizada y retrospectiva sobre las Bibliotecas Nacionales Iberoamericanas. b) Realizar las gestiones que fuesen necesarias para crear conciencia sobre la significacion e importancia del patrimonio bibliografico y documental de los paises miembros.

c) Adoptar politicas, estrategias, normas y programas de capacitacion para la preservacion de las colecciones de las bibliotecas nacionales. d) Adoptar normas tecnicas compatibles, que garanticen el control bibliografico, faciliten el intercambio de materiales e informacion y la automatizacion de los sistemas de informacion. e) Elaborar MORDAZA de referencias nacionales y regionales que fomenten la investigacion, el estudio y el intercambio de informacion. f) Vincular a las bibliotecas nacionales con las demas bibliotecas, asi como con las redes y sistemas de informacion existentes. g) Divulgar las colecciones por medio de catalogos, ediciones y exposiciones. h) Apoyar programas de formacion academica y de capacitacion en servicios orientados a la actualizacion y perfeccionamiento de los recursos humanos de las bibliotecas nacionales, asi como de formacion de usuarios. i) Intercambiar experiencias y realizar investigaciones conjuntas sobre problemas inherentes a las bibliotecas nacionales. j) Brindar asistencia tecnica a los miembros que lo soliciten. k) Gestionar la obtencion de recursos financieros, materiales y humanos que contribuyan a la consolidacion y modernizacion de las colecciones y servicios de las bibliotecas nacionales y que permitan la realizacion de programas cooperativos. l) Realizar cualquier otra actividad que las Partes decidan, de comun acuerdo, llevar a cabo en cumplimiento de los fines de la presente Acta. De los miembros de la Asociacion. ARTICULO IV Podran ser miembros de la Asociacion los Estados Iberoamericanos que firmen y ratifiquen el Acta Constitutiva de la Asociacion, de conformidad con el procedimiento establecido en los articulos decimonoveno, vigesimo, vigesimo primero y vigesimo MORDAZA de la presente Acta. De los Organos de la Asociacion. ARTICULO V Son organos de la Asociacion: a) La Asamblea General b) El Consejo de Directores c) La Secretaria Ejecutiva ARTICULO VI 1. La Asamblea General es el organo MORDAZA de la Asociacion. Esta constituida por los directores de las bibliotecas nacionales como representantes de los Estados miembros, debidamente acreditados por via diplomatica conforme a la legislacion vigente en cada uno de los Estados miembros. Cada Estado miembro tendra derecho a un MORDAZA, igualmente en cada uno de sus organos auxiliares. La Asamblea tendra como funciones basicas: a) La formulacion de politicas y estrategias encaminadas al cumplimiento de los fines de la Asociacion; b) La aprobacion de la gestion de sus administradores y de la sede de la Asociacion; c) La eleccion de los miembros del Consejo de Directores y del Secretario Ejecutivo, de acuerdo a lo establecido en los articulos noveno y decimoquinto respectivamente; d) La aprobacion de los reglamentos de funcionamiento interno de la Asociacion; e) La aprobacion de los presupuestos y cuentas anuales que le MORDAZA presentados por el Consejo de Directores;

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