Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2000 (31/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, lunes 31 de enero de 2000

NORMAS LEGALES

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c) Supervisar el cumplimiento de los proyectos. d) Preparar las reuniones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General y del Consejo de Directores. e) Elaborar el plan de trabajo y el presupuesto anual de ingresos y gastos. f) Asistir a las Asambleas Generales y reuniones del Consejo de Directores. g) Gestionar la obtencion de fondos para financiar el funcionamiento de la Asociacion y los proyectos aprobados por la Asamblea. h) Promover un permanente intercambio de informacion y la realizacion de actividades de cooperacion entre las distintas bibliotecas nacionales de los Estados miembros de la Asociacion y servir de enlace entre los comites de trabajo y las bibliotecas nacionales de la Region. i) Recopilar informacion relativa a las bibliotecas nacionales de los Estados miembros de la Asociacion y mantenerla actualizada. j) Ejercer la funcion de tesoreria. k) Preparar cada ano la memoria y las cuentas de la Asociacion. l) Editar y distribuir el boletin informativo de la Asociacion, con la periodicidad que estime necesaria. m) Otras funciones que le asigne el Consejo de Directores o la Asamblea General. Del Patrimonio de la Asociacion ARTICULO XVII El patrimonio de la Asociacion estara constituido por: a) El aporte de cuotas ordinarias o extraordinarias provenientes de los Estados miembros, dentro de las modalidades que al efecto proponga el Consejo de Directores. b) Los aportes provenientes de instituciones publicas, privadas y organismos internacionales. c) Los bienes que adquiera la Asociacion por cualquier titulo. d) El producto de las actividades que se desarrollen con la finalidad de recabar fondos. De las lenguas oficiales de la Asociacion ARTICULO XVIII El espanol y el portugues seran las lenguas oficiales de la Asociacion. Los documentos oficiales seran redactados en MORDAZA lenguas. De la vigencia

de la Asociacion. El Ministerio de Relaciones Exteriores del MORDAZA sede notificara a todos los Estados Miembros de la Asociacion la recepcion de los Instrumentos de Adhesion. ARTICULO XXII La presente Acta tendra una duracion indefinida. Todo Estado Miembro podra denunciar el Acta, mediante notificacion diplomatica ante el Gobierno del MORDAZA sede de la Asociacion. Esta denuncia sera efectiva a partir de los seis meses posteriores a la recepcion de la mencionada notificacion por parte del MORDAZA sede. ARTICULO XXIII Todo Estado Miembro podra proponer a la Asamblea General enmiendas a la presente Acta con una antelacion de, al menos, seis meses MORDAZA de la reunion ordinaria anual. Las enmiendas entraran en MORDAZA cuando hayan sido ratificadas por la totalidad de los Estados Miembros. La presente Acta consta de dos ejemplares en idiomas espanol y portugues, ambos igualmente autenticos. MORDAZA, a los doce dias del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve. FIRMAS MORDAZA BRASIL COSTA RICA MORDAZA EL MORDAZA GUATEMALA MEXICO PANAMA PERU REPUBLICA DOMINICANA VENEZUELA 0987 BOLIVIA COLOMBIA MORDAZA ECUADOR ESPANA HONDURAS NICARAGUA MORDAZA MORDAZA URUGUAY

ARTICULO XIX El Estado depositario de la presente Acta sera el MORDAZA sede de la Asociacion. ARTICULO XX La presente Acta estara sujeta a ratificacion y entrara en vigencia cuando al menos tres de los Estados signatarios hayan depositado el Instrumento de Ratificacion ante el Gobierno del MORDAZA sede de la Asociacion. Para los Estados que depositen su Instrumento despues de esta fecha entrara en MORDAZA a partir de la fecha del deposito correspondiente. El Ministerio de Relaciones Exteriores del MORDAZA sede de la Asociacion, notificara a todos los Estados signatarios la recepcion de los instrumentos de ratificacion; asi como la fecha de entrada en MORDAZA de la presente Acta de conformidad a este articulo. ARTICULO XXI La presente Acta quedara abierta a la adhesion de cualquier Estado Iberoamericano, previa consulta a la Asamblea General de ABINIA. Los instrumentos de Adhesion se depositaran ante el Gobierno del MORDAZA sede

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Disponen mantener seguimiento de quejas y denuncias sobre afectacion del derecho a la libre eleccion, en el MORDAZA de programa de salud reproductiva y planificacion familiar
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 03-DP-2000 MORDAZA, 28 de enero de 2000 VISTOS: El Informe Defensorial Nº 27 "La aplicacion de la anticoncepcion quirurgica y los derechos reproductivos

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