Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2000 (31/01/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 31 de enero de 2000

f) La aprobacion de nuevos proyectos y el examen del desarrollo de los mismos; g) La eleccion del lugar de las asambleas sucesivas y cualesquiera otras actividades y/o gestiones que la Asamblea, a juicio de la mayoria o a solicitud del Consejo de Directores, considere necesario asumir o que le MORDAZA asignados en la presente Acta. 2. Podran ser invitados a participar en la Asamblea, en calidad de observadores, representantes de organismos internacionales e instituciones afines, los cuales podran presentar ponencias de interes para la Asociacion. ARTICULO VII La presidencia, la organizacion y coordinacion de la Asamblea Anual correspondera al Director de la Biblioteca Nacional del MORDAZA donde esta se realice. La Asamblea General se reunira ordinariamente una vez al ano, y en forma extraordinaria a solicitud de, a lo menos, dos tercios de sus miembros. El quorum para sesionar requerira de los dos tercios de sus miembros y las decisiones se adoptaran con el MORDAZA favorable de la mitad mas uno de los miembros presentes. De las reuniones de la Asamblea General se levantara un acta que debera ser firmada por los miembros presentes en senal de aprobacion. ARTICULO VIII La Asamblea General podra establecer Comites Permanentes o Temporales para desarrollar trabajos en areas especificas. Para el establecimiento de los comites aqui senalados, el Consejo de Directores seleccionara los programas que considere prioritarios y los sometera a la consideracion de la Asamblea. ARTICULO IX

h) Conocer y presentar para la aprobacion de la Asamblea donaciones, subvenciones, prestamos y otras operaciones que obliguen a la Asociacion. i) Proponer proyectos y programas a la Asamblea General para su aprobacion. En casos imprevistos el Consejo decidira sobre esta materia, informando, a posteriori, a la Asamblea para su ratificacion. j) Buscar fondos extraordinarios para la financiacion de proyectos. k) Cualquier otro MORDAZA de interes comun que le encomiende la Asamblea. ARTICULO XI El Consejo de Directores previa convocatoria de su Presidente, se reunira en forma ordinaria a lo menos una vez al ano y, en forma extraordinaria a solicitud de su Presidente o de tres de sus vocales. ARTICULO XII 1. El Presidente del Consejo de Directores tendra las siguientes atribuciones: a) Representar a la Asociacion o hacerla representar en los organismos internacionales u otras instancias. b) Delegar la presidencia al Vicepresidente en caso de impedimento justificado. c) Representar legalmente a la Asociacion. d) Informar a la Asamblea General de la gestion del Consejo de Directores. e) Convocar las reuniones del Consejo y la Asamblea General. 2. En caso de impedimento juridico, administrativo o por razones personales, correspondera al Vicepresidente asumir las funciones del Presidente hasta la finalizacion de su mandato. ARTICULO XIII

1. La Asamblea General designara al Consejo de Directores que estara integrado por seis miembros, de entre los cuales se elegira un presidente, un vicepresidente y sus cuatro vocales, los que duraran dos anos en sus funciones y podran ser reelegidos por una sola vez para un MORDAZA periodo consecutivo. El Consejo se renovara por mitades anualmente. 2. El quorum para sesionar requerira la presencia de, al menos, cuatro de sus miembros, incluido el Presidente. Las decisiones se adoptaran por unanimidad y a falta de esta, por la mayoria de votos de los miembros presentes. El MORDAZA del Presidente dirimira los empates. De las reuniones del Consejo de Directores se levantara un acta que sera firmada por los miembros presentes en senal de aprobacion. La Secretaria del Consejo de Directores sera la misma de la Asociacion. ARTICULO X Son funciones del Consejo de Directores:

El Vicepresidente tendra las siguientes atribuciones: a) En los casos de ausencia o impedimento temporal del Presidente, ejercer sus funciones mientras dure la ausencia y el impedimento. b) Si el impedimento es permanente, asumir como Presidente por el periodo que falte para la conclusion del mandato ordinario para el que fue designado. La Asamblea General designara un MORDAZA Vicepresidente en su siguiente reunion ordinaria. ARTICULO XIV La Secretaria Ejecutiva es el organo de gestion de la Asociacion y estara a cargo de un Secretario Ejecutivo. La Secretaria Ejecutiva funcionara en la sede de la Asociacion. ARTICULO XV

a) Cumplir y hacer cumplir las resoluciones y recomendaciones de la Asamblea General. b) Acordar las directivas que orienten las actividades de la Secretaria Ejecutiva. c) Proponer a la Asamblea, para su aprobacion, los presupuestos anuales de ingresos y gastos que le MORDAZA presentados a su consideracion por la Secretaria Ejecutiva. d) Evaluar el informe anual de gestion del Secretario Ejecutivo. e) Recibir informes de avance de los proyectos vigentes por parte de la Secretaria Ejecutiva. f) Proponer a la Asamblea la cuota anual con la que deben contribuir los Miembros para el sostenimiento de la Asociacion, y la forma en que debera ser cancelada. g) Supervisar la gestion de la Secretaria Ejecutiva y de los comites permanentes o temporales y rendir informes a la Asamblea.

El Secretario Ejecutivo de la Asociacion sera designado por la Asamblea General mediante el MORDAZA favorable de dos tercios de los miembros presentes. Durara dos anos consecutivos. Tanto para su reeleccion como para su sustitucion, se requerira el MORDAZA favorable de mayoria simple de los miembros presentes en la Asamblea General. ARTICULO XVI El Secretario Ejecutivo tendra las siguientes funciones: a) Coordinar la ejecucion de las actividades de la Asociacion. b) Cumplir y hacer cumplir las decisiones emanadas del Consejo de Directores y de la Asamblea General.

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