Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 2000 (08/07/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 8 de MORDAZA de 2000

MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban normas relativas al ordenamiento de nomenclatura de vias publicas y numeracion de inmuebles ubicados en el distrito
ORDENANZA Nº 003-00-MDA Ate, 25 de MORDAZA del 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE POR CUANTO: El Concejo Distrital de Ate en Sesion Extraordinaria de fecha 25-5-00; y, CONSIDERANDO: Que, el distrito de Ate ha crecido demograficamente y a nivel de infraestructura de viviendas; y, esta constituido por MORDAZA zonas de expansion MORDAZA en donde existen Asentamientos Humanos, Zonas Residenciales, Industriales y Comerciales; Que, como producto del desarrollo MORDAZA y expansion MORDAZA de forma acelerada, se ha conllevado a que no se cuente con un padron unico de numeracion, nomenclatura y senalizacion de las vias, en esta Entidad Municipal, lo cual se hace indispensable uniformar; Que, la Ley Organica de Municipalidades, establece que el Art. 65º, inciso 10), la facultad de disponer la nomenclatura de avenidas, calles, jirones, pasajes, parques y plazas; la numeracion predial; y, organizar y mantener los sistemas de senales y semaforos del MORDAZA de vehiculos y peatones; Que, asimismo el inciso 8) del Art. 65º del mismo cuerpo de Leyes, establece que es funcion municipal la de elaborar el Catastro Municipal para lo cual es requerida como paso previo la adecuada identificacion de cada inmueble como una unidad catastral; Que, se requiere de suma necesidad dictar una Ordenanza del Concejo Distrital que disponga las normas y procedimientos administrativos necesarios para ordenar la designacion de las vias publicas y la numeracion de los inmuebles dentro de la jurisdiccion del distrito de Ate; Consecuentemente, estando a lo expuesto de conformidad con el Art. 192º inciso 5) de la Constitucion Politica del Estado; Art. 10, inciso 4) y el Art. 65º inciso 10) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; contando con el MORDAZA por unanimidad de los Sres. Regidores y con la dispensa del tramite de lectura y aprobacion de Actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA SOBRE NORMAS DEL ORDENAMIENTO DE NOMENCLATURA DE CALLES Y NUMERACION MUNICIPAL DE PREDIOS DENTRO DE LA JURISDICCION DEL DISTRITO DE ATE Articulo 1º.- Dispongase la ejecucion del Programa de Ordenamiento de Nomenclatura de Calles y Numeracion Municipal de Predios, dentro de la jurisdiccion del distrito de Ate. Articulo 2º.- Los Propietarios de los inmuebles podran obtener la MORDAZA de Numeracion Municipal, para cada uno de los predios ubicados en el distrito de Ate; asimismo, la Municipalidad les entregara las placas debidamente numeradas. Articulo 3º.- El procedimiento Administrativo para la obtencion de la MORDAZA de numeracion y las placas de numeracion municipal, sera el siguiente: a) b) c) d) Solicitud simple. Verificacion tecnica de ubicacion del inmueble. Empadronamiento y Registro. Entrega de certificado y placa de numeracion Municipal.

Articulo 7º.- La presente Ordenanza Municipal, entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 7736

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Declaran zonas rigida y de estacionamiento vehicular a diversas areas de avenida del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 018-2000/MJM MORDAZA MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2000 Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, la propuesta presentada sobre declaracion de zonas rigidas y zonas de estacionamiento en el distrito de MORDAZA Maria; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 01 de fecha 15 de MORDAZA de 1999 se aprobo la tasa que regula aspectos tecnicos y administrativos del servicio de parqueo vehicular; Que, uno de los objetivos principales de la actual gestion municipal es mejorar el libre MORDAZA vehicular, para lo cual la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA ha realizado un estudio tecnico relacionado al MORDAZA y transporte, zonas rigidas y zonas de estacionamiento vehicular, concluyendo que el problema de MORDAZA y transporte se viene acrecentando dia a dia, generado por el uso irracional de los conductores que estacionan sus unidades en cualquier lugar de las vias, ocasionando congestion vehicular, para lo cual recomienda se dicten medidas de urgencia tales como: reordenamiento integral del MORDAZA y transporte, senalizacion adecuada, modificacion de zonas de estacionamiento vehicular; Que, en concordancia con el Articulo 5º de la Ordenanza Nº 127-97 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA (Clasificador de vias) corresponde a las municipalidades distritales tener a su cargo el mantenimiento, rehabilitacion, senalizacion, ornato y mobiliario MORDAZA de las vias locales de su jurisdiccion; Que, conforme con el Articulo 18º literal c) de la Ley General de Transporte y MORDAZA Terrestre - Ley Nº 27181, las Municipalidades distritales tienen competencia en materia de vialidad, instalacion, mantenimiento y renovacion de los sistemas de senalizacion de MORDAZA en su jurisdiccion; Que, es necesario reglamentar los aspectos relacionados con el estacionamiento vehicular en la avenida General Garzon; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, el Reglamento Interno de Concejo - Edicto Nº 002-99/MJM, con el MORDAZA en MAYORIA del Concejo Municipal en pleno; ACUERDA: Articulo Primero.- Declarar MORDAZA rigida, la calzada de la avenida General Garzon, lado par, comprendiendo las cuadras 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15, tramo comprendido entre el MORDAZA Mogaburos y la avenida Husares de Junin. Articulo Segundo.- Declarar MORDAZA de estacionamiento vehicular la avenida General Garzon, lado impar, en forma diagonal, tramo comprendido entre las cuadras 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Infraestructura MORDAZA, a traves de la Division de Obras Publicas y Transporte, la senalizacion, supervision, control y la aplicacion de las sanciones correspondientes en coordinacion con la Policia Nacional del Peru (PNP). Articulo Cuarto.- El presente Acuerdo entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion, quedando sin efecto todas las disposiciones que se opongan a la presente norma. Articulo Quinto.- Poner el presente acuerdo a conocimiento de la Direccion Municipal, Direccion de Infraestructura MORDAZA, Oficina de Administracion de Tributos y Rentas. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 7733

Articulo 4º.- Los Derechos por la obtencion de la MORDAZA y la placa de numeracion sera de un costo real. Articulo 5º.- Encargar a la Subdireccion de Catastro y Estadistica de la Direccion de Planificacion del Desarrollo Local, para que en el termino de 120 dias contados a partir de la fecha, se implemente y ejecute la presente Ordenanza Municipal. Articulo 6º.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia proceda a dictar Normas Complementarias a la presente Ordenanza.

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