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Pág. 190930 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de julio de 2000 ción de la República del Perú, el Contrato de Préstamo de la operación del Endeudamiento Externo que se aprueba por el Artículo 1º de esta norma legal, así como al Director General de Crédito Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operación. Artículo 5º.- El servicio de amortización, intereses y demás gastos, que ocasione la operación de Endeuda- miento Externo que se aprueba por este Decreto Supre- mo, serán atendidos por el Ministerio de Economía Finanzas, con cargo a los recursos que en función de las prioridades intersectoriales y metas del Sector le corres- pondan en cada Ejercicio Presupuestal para el Servicio de la Deuda Pública. Artículo 6º.- El presente Decreto Supremo es refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis días del mes de julio del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 8549 Aprueban donación a favor de la Muni- cipalidad Distrital de Puente Piedra que será distribuida entre población de escasos recursos económicos RESOLUCION SUPREMA Nº 208-2000-EF Lima, 25 de julio del 2000 CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 14 de abril del año 2000, aceptó la donación efectuada por Project Perú con sede en Guil- dford, Surrey, Inglaterra, consistente en diversos bienes que serán distribuidos entre familias de escasos recursos económicos; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la donación efectuada por Project Perú con sede en Guildford, Surrey, Inglaterra, a favor de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, consistente en 74 paquetes conteniendo ropa, zapatos, artículos para la casa, y algunas herramientas, todos usados, con un valor aproximado de US$ 800,00 (Ochocientos y 00/100 Dóla- res de Estados Unidos de América), según Carta de Donación de fecha 11 de marzo del año 2000 y un peso aproximado de 1 600 kgs., según Conocimiento de Em- barque Nº OMNES0239 de Hamburg Süd. Dicha dona-ción será distribuida entre familias de escasos recursos económicos. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de la Presidencia y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 8553 Aprueban donación efectuada a favor de la Municipalidad Distrital de Paca- rán, provincia de Cañete, para el apoyo social de agricultores RESOLUCION SUPREMA Nº 209-2000-EF Lima, 25 de julio del 2000 CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Pacarán, pro- vincia de Cañete, departamento de Lima, por el Acuerdo de Concejo Nº 005-99-MDP de fecha 1 de marzo de 1999 modificado por el Acuerdo de Concejo Nº 005-2000-MDP de fecha 8 de junio del año 2000, aceptó la donación efectuada por la empresa Inmobi- liaria e Inversiones GUIPOR S.A. -"GUIPORSA"-, consistente en un tractor agrícola que ha sido desti- nado para el apoyo social a los agricultores de la jurisdicción del distrito de Pacarán; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar, en vía de regularización, la donación efectuada por la empresa Inmobiliaria e Inver- siones GUIPOR S.A. "GUIPORSA", a favor de la Muni- cipalidad Distrital de Pacarán, provincia de Cañete, departamento de Lima, consistente en un tractor agríco- la, marca IH, modelo F986 simple - 124 HP y motor Nº 436DT2U085567, según Carta de Donación de fecha 8 de febrero de 1999 y Carta Aclaratoria de fecha 3 de febrero del año 2000. Dicha donación ha sido destinada para el apoyo social de los agricultores de la jurisdicción del distrito de Pacarán. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del