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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JULIO DEL AÑO 2000 (27/07/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 190944 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de julio de 2000 Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 8576 RESOLUCION SUPREMA Nº 132-2000-JUS Lima, 26 de julio del 2000 CONSIDERANDO: Que en el año 2000, se celebra el gran jubileo, ocasión propicia para promover acciones a favor de la justicia y, en particular, para que se haga una valoración serena del funcionamiento de las instituciones penales; Que por tanto, esta celebración es una oportunidad válida para promover a través del derecho de gracia una renovación auténtica de la mentalidad de los reclusos a fin de que replanteen positivamente su comportamiento ante la sociedad; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 21) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, es atribución del Presidente de la República conceder dere- cho de gracia a internos procesados; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CONCEDER el derecho de gracia a don Julio Augusto AZPILCUETA TEMOCHE, quien se en- cuentra interno en calidad de procesado en el Estableci- miento Penitenciario de Procesados Primarios de Lima. Artículo 2º.- La presente Resolución será refrenda- da por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 8577 RESOLUCION SUPREMA Nº 133-2000-JUS Lima, 26 de julio del 2000 CONSIDERANDO: Que en el año 2000, se celebra el gran jubileo, ocasión propicia para promover acciones a favor de la justicia y, en particular, para que se haga una valo- ración serena del funcionamiento de las instituciones penales; Que por tanto, esta celebración es una oportunidad válida para promover a través del derecho de gracia una renovación auténtica de la mentalidad de los reclusos a fin de que replanteen positivamente su comportamiento ante la sociedad; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 21) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, es atribución del Presidente de la República conceder dere- cho de gracia a internos procesados; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CONCEDER el derecho de gracia a doña Domitila FLORES ADRIANO, quien se encuentra interna en calidad de procesada en el Establecimiento Penitenciario de Mujeres de Chorrillos. Artículo 2º.- La presente Resolución será refrenda- da por el Ministro de Justicia.Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 8578 RESOLUCION SUPREMA Nº 134-2000-JUS Lima, 26 de julio del 2000 CONSIDERANDO: Que en el año 2000, se celebra el gran jubileo, ocasión propicia para promover acciones a favor de la justicia y, en particular, para que se haga una valoración serena del funcionamiento de las instituciones penales; Que por tanto, esta celebración es una oportunidad válida para promover a través del derecho de gracia una renovación auténtica de la mentalidad de los reclusos a fin de que replanteen positivamente su comportamiento ante la sociedad; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 21) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, es atribución del Presidente de la República conceder dere- cho de gracia a internos procesados; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CONCEDER el derecho de gracia a doña Miriam Isabel ESPINOZA AMANCA, quien se encuentra interna en calidad de procesada en el Estable- cimiento Penal de Mujeres de Chorrillos. Artículo 2º.- La presente Resolución será refrenda- da por el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 8579 RESOLUCION SUPREMA Nº 135-2000-JUS Lima, 26 de julio del 2000 CONSIDERANDO: Que en el año 2000, se celebra el gran jubileo, ocasión propicia para promover acciones a favor de la justicia y, en particular, para que se haga una valo- ración serena del funcionamiento de las instituciones penales; Que por tanto, esta celebración es una oportunidad válida para promover a través del derecho de gracia una renovación auténtica de la mentalidad de los reclusos a fin de que replanteen positivamente su comportamiento ante la sociedad; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 21) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú, es atribución del Presidente de la República conceder dere- cho de gracia a internos procesados; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CONCEDER el derecho de gracia a don Ricardo Enrique CARRILLO ULLOA, quien se encuen- tra en calidad de procesado. Artículo 2º.- La presente Resolución será refrenda- da por el Ministro de Justicia.