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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (23/06/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

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Pág. 188306 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de junio de 2000 Autorizan viaje de Gerente del FITEL a Venezuela para participar en eventos organizados por la Comisión Interame- ricana de Telecomunicaciones RESOLUCION SUPREMA Nº 180-2000-EF Lima, 22 de junio del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta C. 242-SG/2000, el Organismo Super- visor de Inversión Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL-, solicita se autorice el viaje del señor Luis Bonifaz Fernández, Gerente del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones -FITEL- de dicho Organismo, a la Isla Margarita, Venezuela, del 25 al 30 de junio del año 2000, para que participe en el III Foro de Telecomunicaciones y en la XII Reunión del Comité Consultivo Permanente I de la CITEL: Servicios Públicos de Telecomunica- ciones, organizados por la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones -CITEL-; Que, en consecuencia es necesario autorizar, dicho viaje, cuyos gastos serán asumidos por OSIPTEL, con cargo a su presupuesto, correspondiente al ejercicio 2000; De conformidad con lo establecido en los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 011-88-PCM, 135-90-PCM, 037- 91-PCM y 031-89-EF y en el numeral 1.5. del Texto Unico Ordenado de la Directiva Nº 001-2000/FONAFE; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del señor Luis Bonifaz Fernández, Gerente del Fondo de Inversión en Telecomuni- caciones -FITEL- del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones -OSIPTEL-, a la Isla Marga- rita, Venezuela, del 25 al 30 de junio del año 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto del OSIPTEL: Viáticos :US$ 1 000,00 Pasajes :US$ 454,30 Tarifa CORPAC :US$ 25,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 7162 INTERIOR Autorizan a procurador iniciar proce- so judicial contra presuntos respon- sables de delito contra la fe pública RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0750-2000-IN/1701 Lima, 13 de junio del 2000 Visto, el expediente de la EVP. LOBOS AMERICANOS S.A. en el que se ha expedido la R.D. Nº 0799-00-IN-1704, de 10.MAY.2000, que dispone cancelar la Autorización de Fun- cionamiento por presentar Carta Fianza falsa; CONSIDERANDO: Que, de la Carta Notarial de 7.MAR.2000, que dirigen los funcionarios del Banco de Crédito del Perú a la DICSCAMEC,se establece que la Carta Fianza Nº 000-115634, por S/. 14,600.00 con vencimiento al 30.OCT.2000, otorgada por dicho Banco y presentada por la EVP. LOBOS AMERICA- NOS S.A., cuando solicitó la Autorización de Funcionamien- to, es una Carta Fianza falsa, toda vez que ese Banco no la ha emitido, y los señores Mario PINTO P. y Pedro AMORETTI F., que aparecen suscribiendo dicho documento, no han pres- tado ni prestan servicio en esa entidad bancaria; Que, de la revisión y análisis efectuado al presente expediente, se establece que la EVP. LOBOS AMERICA- NOS S.A., ha cometido el presunto Delito Contra la Fe Pública, al presentar la Carta Fianza falsa Nº 000-115634, por S/. 14,600.00 a fin de obtener Autorización de Funciona- miento como EVP., por lo que resulta procedente se inicie las acciones judiciales correspondientes; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público en- cargado de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Inte- rior, inicie las acciones judiciales que corresponda contra la persona que solicitó la Autorización de Funcionamiento de la EVP. LOBOS AMERICANOS S.A. en el que se adjuntó la Carta Fianza falsa, y contra los que resulten responsables. Regístrese, comuníquese y archívese. CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 7086 RELACIONES EXTERIORES Nombran Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia RESOLUCION SUPREMA Nº 316-2000-RE Lima, 22 de junio del 2000 Visto el Oficio Nº 5-8-A/007 del 16 de mayo de 2000, de la Embajada del Perú en Santa Fe de Bogotá, República de Colombia; Con la opinión favorable de la Dirección General de Asuntos Consulares; De conformidad con lo establecido en el Artículo 118º, inciso 11), de la Constitución Política del Perú; los Artículos 136º y 138º del Reglamento Consular del Perú, así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- Nombrar Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia, al señor Jorge Dávila-Pestana Vergara, con jurisdicción en los departa- mentos de Bolívar, Córdova, Providencia y San Andrés. 2.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 7163 Reconocen Cónsul Adjunto de Bolivia en Yunguyo RESOLUCION SUPREMA Nº 317-2000-RE Lima, 22 de junio del 2000