Norma Legal Oficial del día 23 de junio del año 2000 (23/06/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 23 de junio de 2000

Articulo Tercero.- El cumplimiento de la presente Resolucion no irrogara gasto alguno al presupuesto del Pliego del Poder Judicial. Articulo Cuarto.- Transcribir la presente Resolucion a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de MORDAZA y MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA y a la Gerencia General del Poder Judicial. Registrese, publiquese y cumplase.

Articulo Cuarto.- Transcribir la presente Resolucion al Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y a los Organos de Linea de la Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEZUA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 7134 MORDAZA PEZUA MORDAZA

Aprueban difusion de conclusiones de los Plenos Jurisdiccionales EspeAutorizan realizacion del Curso de cializados 1999 Capacitacion para los Jueces de Paz RESOLUCION ADMINISTRATIVA de la Provincia General MORDAZA CeNº 1191-CME-PJ rro, en la MORDAZA de Omate MORDAZA, 22 de junio del 2000
7133 RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1190-CME-PJ MORDAZA, 22 de junio del 2000 VISTO: El Oficio de la Gerencia Central de la Reforma de la Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial, mediante el cual eleva la documentacion correspondiente a la solicitud de autorizacion para la realizacion del Curso de Capacitacion para los Jueces de Paz de la Provincia General MORDAZA Cerro, Distrito Judicial de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Oficio Nº 1415-2000-P-CSJAR/PJ, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, comunica la realizacion del "Curso de Capacitacion para los Jueces de Paz de la Provincia General MORDAZA Cerro" con la participacion de la Municipalidad de MORDAZA Cerro y del Programa Nacional de Apoyo Alimentario - PRONAA, a realizarse los dias 29 y 30 de junio del 2000 en la MORDAZA de Omate; Que, el referido taller se inserta dentro de los planes de mejoramiento de la Administracion de Justicia; Que, es interes fundamental de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial elevar el nivel academico de los Magistrados, promoviendo su participacion en actividades de capacitacion y actualizacion; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26546 que crea la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, la cual ha asumido las funciones de gobierno y gestion de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorrogadas por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su Reorganizacion y Reestructuracion Integral del Poder Judicial, incluyendo las materias referidas a la MORDAZA Judicial y Estatuto Organica del Magistrado, y estando a lo acordado en Sesion de la fecha; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la realizacion del "Curso de Capacitacion para los Jueces de Paz de la Provincia General MORDAZA Cerro" organizado por la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, con la participacion de la Municipalidad Provincial de MORDAZA Cerro y del PRONAA a realizarse los dias 29 y 30 de junio del 2000 en la MORDAZA de Omate. Articulo Segundo.- Conceder licencia con goce de haber el dia 30 de junio del 2000 a los Magistrados que se indican a continuacion, a fin de lograr su participacion en el curso mencionado en el articulo anterior:
DR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DR. MORDAZA MORDAZA MORDAZA VOCAL SUPERIOR VOCAL SUPERIOR JUEZ MIXTO

VISTOS: Los Oficios de la Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial, mediante los cuales elevan los libros de las Conclusiones finales de los Plenos Jurisdiccionales Nacionales 1999, realizados con la participacion de los senores Vocales Superiores representantes de los veinticinco Distritos Judiciales del Poder Judicial; cuya organizacion estuvo a cargo de dicha Secretaria Ejecutiva, a efecto de autorizar su conocimiento y difusion; y, CONSIDERANDO: Que, en uso de sus facultades y atribuciones, la Comision Ejecutiva autorizo la realizacion de cuatro Plenos Jurisdiccionales en el ano 1999, a fin de concordar jurisprudencia en cada especialidad y evitar fallos contradictorios en un mismo momento historico, ofreciendo predecibilidad y seguridad juridica mediante estos acuerdos, adoptados por los representantes de todos los Distritos Judiciales; Que, los Plenos Jurisdiccionales referidos, se llevaron a cabo de la forma siguiente: · Pleno Jurisdiccional Laboral, autorizado por Resolucion Administrativa Nº 941-CME-PJ del 16 de MORDAZA de 1999, en la MORDAZA de MORDAZA, del 11 al 14 de agosto de 1999, con la participacion de 59 Magistrados. · Pleno Jurisdiccional Civil, autorizado por Resolucion Administrativa Nº 970-CME-PJ del 9 de setiembre de 1999, en la MORDAZA del MORDAZA, del 22 al 25 de setiembre de 1999, con la participacion de 63 Magistrados. · Pleno Jurisdiccional Penal, autorizado por Resolucion Administrativa Nº 1026-CME-PJ del 8 de noviembre de 1999, en la MORDAZA de Iquitos, del 18 al 21 de noviembre de 1999, con la participacion de 66 Magistrados. · Pleno Jurisdiccional de Familia, autorizado por Resolucion Administrativa Nº 1078-CME-PJ del 20 de enero del 2000, en la MORDAZA de MORDAZA, del 29 al 31 de enero del 2000, con la participacion de 53 Magistrados. Que, en la realizacion de los mencionados Plenos Jurisdiccionales, los senores Vocales Superiores, participantes en los mismos, llegaron a importantes conclusiones producto del consenso de voluntades expresadas libremente en las deliberaciones plenarias, a fin de unificar criterios en la Administracion de Justicia; Que, por Ley Nº 26546, se crea la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, la misma que por un periodo de excepcion ha asumido las funciones de gobierno y gestion de dicho Poder del Estado, facultades que han sido modificadas, ampliadas y prorrogadas por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, en ejercicio de las facultades conferidas y estando a lo acordado en Sesion de la fecha; SE RESUELVE: Primero.- Aprobar la difusion de las conclusiones de los Plenos Jurisdiccionales Especializados 1999, a todos los organos jurisdiccionales de igual rango y nivel asi, como a los Juzgados Especializados y Juzgados de Paz del pais.

Articulo Tercero.- El cumplimiento de la presente Resolucion no irrogara gasto alguno al presupuesto del Pliego del Poder Judicial.

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