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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2000 (23/06/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 188307 NORMAS LEGALES Lima, viernes 23 de junio de 2000 Vista la Nota Nº 240-84 de fecha 26 de abril del 2000, de la Embajada de la República de Bolivia en el Perú; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 118º, inciso 13), de la Constitución Política del Perú, así como de la Conven- ción de Viena sobre Relaciones Consulares de 1963; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- Reconocer al señor Pedro Hernán Salinas, como Cónsul Adjunto de Bolivia en Yunguyo, con jurisdicción en la localidad. 2.- Extenderle el exequátur correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 7164 Elevan categoría del Vicecónsul a la de Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Puerto Príncipe, República de Haití RESOLUCION SUPREMA Nº 318-2000-RE Lima, 22 de junio del 2000 Visto el Facsímil Nº 010 del 10 de marzo de 2000 de la Embajada del Perú en Santo Domingo, República Dominicana; Visto así mismo, el Mensaje Nº 269 del 17 de diciembre de 1999, de la Embajada del Perú en Santo Domingo, República Dominicana; Con la opinión favorable de la Dirección General de Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exte- riores; De conformidad con lo establecido en el Artículo 118º, inciso 11) de la Constitución Política del Perú; los Artículos 136º y 138º del Reglamento Consular del Perú; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares. Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1. Elevar la categoría del señor Dimitri Leger de Vicecón- sul a Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Puerto Príncipe, República de Haití, con jurisdicción en todo el país. 2. Extenderles las Letras Patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 7165SALUD Reconocen al Hospital Nacional Dos de Mayo como Centro Referencial de Atención al Hemofílico, a nivel del Mi- nisterio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 200-2000-SA/DM Lima, 19 de junio del 2000 Visto el Expediente Nº 1028-2000-DVM, el cual contiene la solicitud del Director General del Hospital Nacional Dos de Mayo, para que se reconozca al citado nosocomio como Centro Referencial de Atención al Hemofílico a nivel del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que dentro del marco de los lineamientos de política de salud, la atención de los pacientes hemofílicos constituye una medida para mejorar sus condiciones de vida; Que la creación de un Centro Referencial permitirá identificar y cuantificar los baches sanitarios en este grupo poblacional, y posibilitará planificar las medidas sanitarias correspondientes; Que conforme a lo informado por el Director del Programa Nacional de Hemoterapia y Bancos de Sangre en su Oficio DGSP-PRONAHEBAS Nº 174-03-2000, el Hospital Nacional Dos de Mayo cuenta con la infra- estructura adecuada y el personal capacitado para con- vertirse en Centro Referencial para el cuidado integral del paciente hemofílico; Estando a lo informado por el referido Director del Programa Nacional de Hemoterapia y Bancos de Sangre en su Oficio DGSP-PRONAHEBAS Nº 174-03-2000 y por la Oficina de Asesoría Jurídica del Ramo en su Informe Nº 0408-2000-OAJ; De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-92-SA; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Salud; SE RESUELVE: RECONOCER al Hospital Nacional Dos de Mayo como CENTRO REFERENCIAL DE ATENCION AL HEMOFILI- CO DEL MINISTERIO DE SALUD. Regístrese y comuníquese. ALEJANDRO A. AGUINAGA RECUENCO Ministro de Salud 7057 COMUNICADO Nº 005-2000(PRE) VIGENCIA DEL TUP A En cumplimiento del Artículo 22º del Decreto Legislativo Nº 757, comunicamos a los Contratistas, Proveedores, Entidades Públicas y Público en General, que el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSUCODE), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 020-99-PCM de fecha 04.06.1999 y publicado el 07.06.1999, continúa vigente en el actual ejercicio fiscal. San Isidro, 19 de junio del 20007067