Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2000 (16/03/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 16 de marzo de 2000

competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, la MORDAZA IV del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, Decreto Supremo Nº 135-99-EF, prescribe que los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley; Que, esta Corporacion se encuentra en MORDAZA de determinacion del costo efectivo de la tasa por servicios publicos para el presente ejercicio, conforme lo senala la Ley Nº 26725, texto legal modificatorio del D.Leg. Nº 776; como consecuencia de ello, y a efecto de garantizar a los vecinos de esta comuna, la debida prestacion del servicio, se hace necesario prorrogar los alcances y vigencia de las Ordenanzas Municipales Nºs. 009-99/MDC y 011-99/MDC, normas que fijaron las tasas por arbitrios de limpieza publica, parques y jardines para el ano 1999, a fin de que MORDAZA aplicadas al primer trimestre del ano 2000; y, Estando a las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y con el MORDAZA UNANIME del Pleno del Concejo, se aprobo lo siguiente: Articulo Primero.- PRORROGAR para los meses de enero, febrero y marzo del 2000, la vigencia de los montos de las Tasas por Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines en la jurisdiccion del distrito de Carabayllo, aprobado mediante Ordenanzas Municipales Nºs. 009-99/MDC y 011-99/MDC del 29.4.99 y 20.6.99 respectivamente. Articulo Segundo.- DISPENSAR de la lectura del acta del presente acuerdo, para su inmediata ejecucion. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Direccion de Administracion, Oficina de Administracion Tributaria y al Despacho de Secretaria General de esta Corporacion, el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase.

Servicios Publicos, con arreglo a lo dispuesto por el D.S. Nº 059-96-PCM; Que, el tercer parrafo del Articulo 110º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853, establece que los Acuerdos son decisiones especificas sobre cualquier MORDAZA de interes publico, vecinal o institucional que expresan la opinion de la Municipalidad, su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o MORDAZA institucional; y, De conformidad con lo acordado por UNANIMIDAD del Pleno del Concejo y estando a las facultades de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853; SE ACORDO: Articulo Primero.- FACULTAR al Despacho de Alcaldia efectuar las medidas necesarias para la obtencion de sugerencias, lineamientos generales de proyectos integrales para las obras publicas de infraestructura y de servicio publico, que pueden ser materia de entrega en concesion al Sector Privado de las Obras Publicas de Infraestructura y de Servicios como lo refiere el Art. 40º del D.S. Nº 059-96-PCM, en los siguientes rubros: - TERMINAL TERRESTRE DE TRANSPORTE INTERURBANO DEL MORDAZA NORTE. - MORDAZA CEMENTERIO GENERAL DE LIMA. - TERMINAL PESQUERO. - MORDAZA DE PRODUCTORES. - MORDAZA AUTOSERVICIOS. - RESTAURANTES Y POLLERIAS. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Direccion Municipal, Oficina de Administracion y Finanzas, Secretaria General de esta Corporacion, el cumplimiento del presente Acuerdo. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese.

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Facultan al despacho de la Alcaldia MUNICIPALIDAD DE efectuar medidas para establecer proyectos integrales de obras publicas, LA MORDAZA que puedan ser materia de entrega en Aprueban contratacion de diversos serconcesion al sector privado vicios relativos a recoleccion de resiACUERDO DE CONCEJO Nº 001-2000/MDC duos y riego por cisterna, mediante la Carabayllo, 31 de enero de 2000 modalidad de adjudicacion directa de Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo del 31 de enero del menor cuantia 2000, el Proyecto de Acuerdo, referido al desarrollo de
lineamientos generales de proyectos integrales para obras publicas de infraestructura; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica vigente del Estado, establece que los Gobiernos locales tienen autonomia administrativa, economica y politica en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 1º de la Ley Organica de Municipalidades, preceptua que el mencionado cuerpo de leyes, rige la autonomia de las Municipalidades; Que, el Articulo 3º de la Ley Organica de Municipalidades prescribe que las Municipalidades representan al vecindario y promueven el bienestar de los vecinos y el desarrollo integral y armonico de la circunscripcion de su jurisdiccion; Que, los incisos 8) y 11) del Articulo 10º de la Ley Organica de Municipalidades, prescribe que es competencia de la Municipalidad, el Planificar el desarrollo de sus circunscripciones y ejecutar los planes correspondientes y promover y organizar conforme la ley, la participacion de los vecinos en el desarrollo comunal; Que, el inciso 2) del Articulo 36º de la Ley Organica de Municipalidades, preceptua que es competencia del Concejo Municipal, aprobar y controlar los planes y proyectos de desarrollo local; Que, la permanente expansion MORDAZA de la jurisdiccion y la necesidad de implementar la ejecucion de diversas obras en bienestar de los vecinos, hace necesario la posibilidad de efectuar diversas obras mediante la entrega en concesion al sector privado de las Obras Publicas de Infraestructura y de RESOLUCION Nº 0195-00-ALC/MDLV La MORDAZA, 14 de marzo de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA Visto, el Informe Nº 001-2000-CE/MDLV de fecha 9 de marzo de 2000, expedido por el Comite Especial designado por Resolucion de Alcaldia Nº 0721-99-ALC/MDLV, para conducir el Concurso Publico Nº 001-2000-CE/MDLV, en el cual solicita se autorice realizar una Adjudicacion Directa de Menor Cuantia para la Contratacion de los siguientes Servicios: Recoleccion, Transporte y Disposicion Final de Residuos Solidos; Recojo de Maleza, Recoleccion y Eliminacion de Desmonte; y Riego por Cisterna de Areas Verdes, por el periodo comprendido de MORDAZA a diciembre del ano 2000; y, CONSIDERANDO: Que, es necesario que la Municipalidad de La MORDAZA, cuente con los servicios publicos esenciales para la comunidad, entre los que se encuentra la Limpieza Publica, servicios que integralmente implican la Recoleccion de Residuos Solidos y su Disposicion Final (Relleno Sanitario), Recoleccion de Maleza, Recoleccion de Desmonte y Riego por Cisterna de Areas Verdes; Que, para la contratacion de los servicios descritos anteriormente, se convoco a Concurso Publico Nº 001-2000-CE/ MDLV, el mismo que fue declarado Desierto en el Acto de Recepcion y Apertura de Propuestas de fecha 27 de enero de

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