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Pág. 184769 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de marzo de 2000 Que, la Dirección de Administración de Frecuencias de la Dirección General de Telecomunicaciones mediante Informe Nº 246-99-MTC/15.19.03.2, opina que es procedente la renovación de la autorización, considerándose el cambio de ubicación de los estudios y planta transmisora, así como del tipo de emisión de la citada estación radiodifusora en Frecuencia Modulada; Que, la empresa recurrente ha solicitado se reconozca la nueva denominación social de la empresa como COMPAÑIA RADIODIFUSORA JULIACA S.C.R.L., en mérito a la Escri- tura Pública del 15.OCT.92, sobre Cambio de Razón Social y Modificación de Estatutos, inscrita en la Ficha 2062-B del Registro Mercantil de Arequipa, con fecha 24.NOV.92; Que, la Dirección de Asesoría Técnica mediante Informe Nº 013-2000-MTC/15.19.01, opina que procede reconocer el cambio de denominación social solicitado en mérito a la Escritura Pública señalada precedentemente; y que asimis- mo, es viable conceder la renovación de la autorización para la referida estación en FM, incluyéndose los cambios de ubicación de los estudios y planta transmisora así como del tipo de emisión; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por D.S. Nº 013-93-TCC, su Reglamento General, aprobado por D.S. Nº 06-94-TCC, sus modificatorias, el TUPA del Ministe- rio modificado por D.S. Nº 030-99-MTC, el D.S. Nº 024-98- MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Teleco- municaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Reconocer el cambio de denominación so- cial de la empresa RADIO CONCIERTO S.C.R.L. por su actual denominación COMPAÑIA RADIODIFUSORA JU- LIACA S.C.R.L. Artículo 2º.- Renovar la autorización a la COMPAÑIA RADIODIFUSORA JULIACA S.C.R.L. para continuar ope- rando una estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa; así como el cambio de ubicación de los estudios y planta transmisora y del tipo de emisión, de acuerdo a las siguientes características técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :105.5 MHz Indicativo :OCZ-6L-FM Potencia :1 Kw Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y Planta Transmisora :Mz C, lote 2, Urb. La Mari- na, distrito Cayma, provin- cia y departamento de Arequipa. Coordenadas: L.O. 71° 33' 45.8" L.S. 16° 23' 00.0" Artículo 3º.- La renovación de la autorización a que se refiere el artículo precedente, se otorga por diez (10) años, que vencerá el 10 de julio del año 2007. La Dirección General de Telecomuni- caciones procederá a extender la correspondiente licencia de operación con vigencia durante el plazo antes señalado. Artículo 4º.- La presente autorización dejará de surtir efectos en el caso que la titular de la autorización incumpla con las obligaciones establecidas en el Artículo 150º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones o incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Artículo 151º del Reglamento General acotado. Artículo 5º.- Los derechos otorgados en la presente resolución son intransferibles, salvo previa aprobación del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción. En caso contrario, esta resolución quedará anulada automáticamente, en aplicación del Artículo 51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones. Artículo 6º.- Para solicitar la renovación de la presente autorización deberá observarse el plazo previsto en el Artículo 178º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO GARCIA TORRES Viceministro de Comunicaciones 3045 RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 093-2000-MTC/15.03 Lima, 3 de marzo de 2000VISTAS, las solicitudes presentadas por la EMPRESA RADIODIFUSORA EL PORVENIR E.I.R.L., sobre renova- ción de autorización de la estación del servicio de radiodifu- sión sonora comercial en Frecuencia Modulada, ubicada en la ciudad de Trujillo; así como de cambio de ubicación y aumento de potencia de dicha estación; CONSIDERANDO: Que, por R.M. Nº 485-95-MTC/15.17, se autorizó a la EMPRESA RADIODIFUSORA EL PORVENIR E.I.R.L. a operar una estación del servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de El Porvenir, provincia de Trujillo, departamento de La Liber- tad, estableciéndose como plazo de vencimiento de la autoriza- ción el 6.FEB.99; Que, la Dirección de Administración de Frecuencias y la Dirección de Asesoría Técnica de la Dirección General de Telecomunicaciones mediante Informes Nºs. 006-2000- MTC/15.19.03.2 y 020-2000-MTC/15.19.01, opinan que es procedente la renovación de la autorización solicitada, considerándose el cambio de ubicación de los estudios y planta transmisora, el aumento de potencia así como el cambio del tipo de emisión de la citada estación de radiodifusión; De conformidad con el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por D.S. Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por D.S. Nº 06-94-TCC, sus modificatorias, el TUPA del Ministerio modificado por D.S. Nº 030-99-MTC; y, Con la opinión favorable del Director General de Teleco- municaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Renovar la autorización a la EMPRESA RADIODIFUSORA EL PORVENIR E.I.R.L. para conti- nuar operando una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad; así como el cambio de ubicación de los estudios y planta transmisora, aumento de potencia y cambio del tipo de emisión, de acuerdo a las siguientes característi- cas técnicas: Estación :BC-FM Frecuencia :99.9 MHz Indicativo :OCZ-2Q-FM Potencia :1 Kw Emisión :256F8E Horario :H24 Ubicación de los Estudios y planta transmisora :Jr. San Martín Nº 483, Ofi- cina 401, distrito y provin- cia Trujillo, departamento La Libertad. Coordenadas: L.O. 79° 01' 50.8" L.S. 08° 06' 08" Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que se refiere el artículo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) años, que vencerá el 6 de febrero del año 2009. La Dirección General de Telecomunicaciones procederá a ex- tender la correspondiente licencia de operación con vigencia durante el plazo antes señalado. Artículo 3º.- La presente autorización dejará de sur- tir efectos en el caso que la titular de la autorización incumpla con las obligaciones establecidas en el Artículo 150º del Reglamento General de la Ley de Telecomunica- ciones o incurra en alguna de las causales contempladas en los incisos 2) al 6) del Artículo 151º del Reglamento General acotado. Artículo 4º.- Los derechos otorgados en la presente resolución son intransferibles, salvo previa aprobación del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivien- da y Construcción. En caso contrario, esta resolución quedará anulada automáticamente, en aplicación del Artículo 51º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones. Artículo 5º.- Para solicitar la renovación de la presente autorización deberá observarse el plazo previsto en el Artí- culo 178º del Reglamento General de la Ley de Telecomuni- caciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO GARCIA TORRES Viceministro de Comunicaciones 3047