Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE MARZO DEL AÑO 2000 (16/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 14

Pág. 184768 NORMAS LEGALES Lima, jueves 16 de marzo de 2000 PESQUERIA Autorizan participación de la Dirección Nacional de Pesca Artesanal y las Direc- ciones Regionales de Pesquería, en el Primer Programa de Abastecimiento de Productos Hidrobiológicos RESOLUCION MINISTERIAL Nº 088-2000-PE Lima, 15 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los Lineamientos de Política Pesquera, aprobados por Resolución Ministerial Nº 646-97- PE del 24 de octubre de 1997, corresponde al Ministerio de Pesquería apoyar la realización de campañas intensivas a nivel nacional, orientadas a promocionar el consumo de los recursos y productos pesqueros y promover el abastecimien- to, distribución y comercialización de recursos hidrobiológi- cos de mayor demanda de la población menos favorecida; Que, el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDE- PES), en armonía con su finalidad de promover y apoyar técnica, económica y financieramente el desarrollo priorita- rio de la pesca artesanal, la acuicultura y las actividades pesqueras en general, ha elaborado el Primer Programa de Abastecimiento de Productos Hidrobiológicos, a ejecutarse a nivel nacional, con el apoyo de la Dirección Nacional de Pesca Artesanal y de las Direcciones Regionales de Pesquería; De conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Pesca, su Reglamento y demás normas complementarias; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar a la Dirección Nacional de Pesca Artesanal y a las Direcciones Regionales de Pesquería, a participar en el Primer Programa de Abastecimiento de Productos Hidrobiológicos, a ejecutarse a nivel nacional por el Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero (FONDEPES), así como a suscribir los convenios que el caso requiera. Para tal efecto, presentarán ante el FONDEPES la soli- citud correspondiente, para su evaluación y aprobación, dentro de los diez (10) días hábiles de publicada esta Resolu- ción. Artículo 2º.- La ejecución del Programa antes citado no irrogará gasto alguno al Presupuesto del Ministerio de Pesquería. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Pesquería 3123 Otorgan permiso de pesca a empresa para operar embarcaciones de bande- ra extranjera RESOLUCION DIRECTORAL Nº 043-2000-PE/DNE Lima, 14 de marzo del 2000 Visto el expediente de Registro Nº CE-00024003 con escritos del 10 y 13 de marzo del 2000, presentados por PERUKO S.A. representante legal en el Perú del armador coreano KYUNG YANG CORPORATION; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Ministerial Nº 086-2000-PE del 9 de marzo del 2000, se estableció un régimen especial para la extracción comercial del calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) el que tendrá vigencia hasta el 30 de junio del 2000, o hasta la captura de veinte mil toneladas métricas (20,000 TM) de este recurso, lo que ocurra primero; en este régimen no son de aplicación los numerales 6.4.1, 6.4.2, 7, 8.1, y 8.2, del Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante oPota aprobado por Resolución Ministerial Nº 047-98-PE, modificado por Resolución Ministerial Nº 271-98-PE; Que a través de los escritos del visto, el recurrente solicita permiso de pesca para operar las embarcaciones pesqueras calamareras "KYUNG YANG Nº 11" y "KYUNG YANG Nº 22" de 191. TRN cada una, en la extracción del recurso calamar gigante o pota en aguas jurisdiccionales peruanas; Estando a lo informado por la Dirección de Adminis- tración y Control Pesquero mediante Informe Nº 062-2000- PE/DNE-Dacp, y con la conformidad legal según las faculta- des delegadas por Resolución Ministerial Nº 010-2000-PE; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE y modificatorias, el Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aproba- do por Resolución Ministerial Nº 047-98-PE modificado por Resolución Ministerial Nº 271-98-PE, la Resolución Ministe- rial Nº 086-2000-PE, el Procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pes- quería aprobado por Decreto Supremo Nº 017-99-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supre- mo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar permiso de pesca hasta el 14 de junio del 2000 a PERUKO S.A. representante legal del armador KYUNG YANG CORPORATION, para operar las embarcaciones pesqueras de bandera coreana denominadas "KYUNG YANG Nº 11" con indicativo internacional DTUF de 191 TRN y 250 TM de capacidad de almacenamiento y "KYUNG YANG Nº 22" con indicativo internacional DTUH de 191 TRN y 280 TM de capacidad de almacenamiento, las que usan congelado como sistema de preservación a bordo, equipadas con poteras como arte de pesca para la extracción del recurso calamar gigante o pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas fuera de las veinte (20) millas de la costa. Artículo 2º.- El permiso de pesca otorgado por el artículo precedente está sujeto al Plan de Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota aprobado por Resolución Minis- terial Nº 047-98-PE modificado por Resolución Ministerial Nº 271-98-PE, en lo aplicable, a las condiciones y compromisos asumido conforme a la Resolución Ministerial Nº 086-2000- PE que establece el régimen especial para la extracción comercial del calamar gigante o pota, normas de sanidad, medio ambiente y al ordenamiento jurídico pesquero nacio- nal, cuyo incumplimiento será causal de suspensión o caduci- dad del derecho otorgado según corresponda. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Directo- ral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. RONALDO GALLO GALLO Director Nacional de Extracción (e) 3044 M T C Renuevan autorizaciones a empresas para operar estaciones de servicio de radiodifusión sonora comercial RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 091-2000-MTC/15.03 Lima, 3 de marzo de 2000 VISTAS, las solicitudes presentadas por la COMPAÑIA RADIODIFUSORA JULIACA S.C.R.L. (ex Radio Concierto S.C.R.L.), sobre renovación de autorización de la estación transmisora del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en el distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa, cambio de ubicación de dicha estación, así como reconocimiento de su actual denominación social; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 033-87-TC/TEL, del 10.JUL.87, se autorizó a la empresa RADIO CONCIERTO S.C.R.L. para que opere por el plazo de 10 años, una estación del servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada, ubicada en el distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa;