Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2000 (16/03/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 16 de marzo de 2000

Pueblo, para los Servicios Publicos, a la MORDAZA Kuala Lumpur, Malasia, del 7 al 10 de marzo del 2000, a fin que participe en las actividades referidas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Los gastos por concepto de pasajes internacionales y estadia que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion seran asumidos por los organizadores de la conferencia internacional. Complementariamente, se efectuaran con cargo al Presupuesto Institucional, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios: US$ 260.00 por concepto de viaticos y asignaciones y US$ 25.00 por concepto de Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto TUUA-CORPAC, totalizando US$ 285.00 (DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO Y 00/100 DOLARES AMERICANOS). Registrese, comuniquese y publiquese.

periodo 1999-2002, en reemplazo del regidor vacado, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, otorgandose la respectiva credencial a la regidora convocada. Articulo Segundo.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA CANELO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 3099

Convocan a candidatos proclamado y no proclamado para que asuman cargos de MORDAZA y regidor del Concejo JNE Provincial de Ayabaca, departamento Convocan a candidata no proclamada de MORDAZA para que asuma cargo de regidora del RESOLUCION Nº 372-2000-JNE Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, MORDAZA, 15 de marzo de 2000 provincia de MORDAZA
3090 VISTOS: RESOLUCION Nº 371-2000-JNE MORDAZA, 15 de marzo de 2000 VISTO: El Oficio Nº 178-2000-MDJH recibido el 13 de marzo del 2000, del senor MORDAZA Balbuena MORDAZA, MORDAZA del concejo distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, mediante el cual comunica la declaratoria de vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por causal de condena por delito doloso, a fin de que el MORDAZA Nacional de Elecciones proceda conforme a ley; CONSIDERANDO: Que, con fecha 2 de marzo de 1999, mediante sentencia emitida por el MORDAZA Juzgado Penal de MORDAZA, que aparece en copias certificadas a fojas 38 y 39, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue condenado como autor del delito de estafa en agravio del senor MORDAZA Aramburu MORDAZA y, como tal, se le impuso un ano de pena privativa de la MORDAZA con el caracter de suspendida por el mismo termino; fallo que es confirmado mediante resolucion de fecha 16 de MORDAZA de 1999, expedida por la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, que corre en copias certificadas a fojas 41; Que, encontrandose el MORDAZA penal seguido en contra del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en ejecucion de sentencia, con fecha 22 de febrero del 2000, tal como se aprecia de las copias legalizadas del acta de la sesion ordinaria de concejo, corriente de fojas 23 a 28, el concejo distrital de MORDAZA MORDAZA, con el MORDAZA de la mayoria del numero legal de sus miembros, acordo declarar la vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al estar incurso en la causal de vacancia de condena por delito doloso, establecida en el inciso 9) del Articulo 23º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, habiendo sido declarada la vacancia del cargo de regidor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA conforme a ley y dentro del plazo de vigencia de la condena por delito doloso dictada en contra del regidor vacado, procede la convocatoria del candidato correspondiente que debe asumir el cargo de regidor; y, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, corresponde asumir el cargo vacante de regidor del concejo distrital de MORDAZA MORDAZA, a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada de la lista independiente "Hunter 2000"; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada de la lista independiente "Hunter 2000", para que asuma el cargo de regidora en el concejo distrital de MORDAZA MORDAZA para completar el El recurso de revision y escrito recibidos el 15 y 23 de febrero del 2000, respectivamente, interpuestos por el ciudadano MORDAZA MORDAZA Acuna contra la Resolucion Municipal Nº 003-2000-MPA y el Acuerdo de Concejo Nº 0012000-MPA, que declaran infundada la solicitud de vacancia del cargo de MORDAZA del concejo provincial de Ayabaca, que viene ejerciendo MORDAZA Llacsahuanga Huaman; alegando que el citado MORDAZA ha realizado un contrato indebido con el ciudadano MORDAZA MORDAZA Seminario; El Oficio Nº 004-2000-MPA-SEC.GRAL y la solicitud, recibidos el 2 y 8 de febrero del 2000, respectivamente, del MORDAZA del concejo provincial de Ayabaca, departamento de MORDAZA, MORDAZA Llacsahuanga MORDAZA, remitiendo el Acuerdo de Concejo Nº 001-2000-MPA y Resolucion Municipal Nº 003-2000MPA que declaran infundada la solicitud de vacancia de su cargo; ademas, solicita se permita que el abogado que designa informe oralmente en la fecha de la vista de la causa; y, el escrito recibido el 14 de marzo del 2000, remitido por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, abogado del citado MORDAZA, remitiendo pruebas; Oidos los informes que fueron solicitados; CONSIDERANDO: Que, el concejo provincial de Ayabaca en sesion de fecha 31 de enero del 2000, con el MORDAZA aprobatorio de la mayoria del numero legal de sus miembros; nueve votos a favor, de un total de doce integrantes, acordo declarar infundada la solicitud, presentada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA Acuna de vacancia del cargo de MORDAZA del citado concejo que desempena MORDAZA Llacsahuanga MORDAZA, tal como consta de fojas 313 a 315, posteriormente, por Resolucion Municipal Nº 003-2000-MPA del 2 de febrero del 2000, resolvio declarar infundada la referida solicitud de vacancia, conforme aparece de fojas 316 a 318; Que, las municipalidades son organos de gobierno local, que emanan de la voluntad popular; son personas juridicas de derecho publico con autonomia economica y administrativa en asuntos de su competencia; le son aplicables las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la constitucion, regulen las actividades y funcionamiento del sector publico; de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; razon por la cual, las municipalidades para contratar bienes o servicios con personas juridicas deben cenirse a lo dispuesto por la Ley de Contratacion y Adquisiciones del Estado Nº 26850 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM; Que, del analisis de autos se establece que: a) por cartas Nºs. 01, 04, 13 y 38-99-MPA-DM-UA, el concejo provincial de Ayabaca invito a Inversiones Generales MORDAZA Sem a presentar propuesta economica para el suministro de alimentos para el vaso de leche, correspondiente a los meses de enero, febrero, marzo y MORDAZA, conforme aparece de fojas 82, 89, 96 y 111; b) por contratos Nºs. 07, 08, 17, 35 y 39-99-MPA-OA, el MORDAZA del concejo provincial de Ayabaca, MORDAZA Llacsahuanga MORDAZA, contrato con la empresa "Chin Sem" representada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, el suministro de alimentos para el programa de vaso de leche correspondiente a los meses de enero a MORDAZA

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo (e)

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