Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2000 (16/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, jueves 16 de marzo de 2000
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
DEBE DECIR:

Pag. 184775

Que, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, a traves de la Comision de Captacion e Induccion de Jefes de Oficina Descentralizada de Procesos Electorales y Especialistas Electorales, luego de la evaluacion curricular y psicotecnica efectuada por la Universidad Femenina del Sagrado Corazon, procedio a designar a las personas que desempenarian las jefaturas de las ODPEs; Que, por Resolucion Nº 023-2000-J/ONPE, de fecha 25 de enero del corriente, se designo a los Jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, para el MORDAZA de Elecciones Generales para Presidente de la Republica y Vicepresidentes y Congresistas de la Republica, entre los cuales se encontraba don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asignado al cargo de Jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Arequipa; Que, el diario El Comercio, en su edicion de la fecha, ha publicado la declaracion de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Linan, como testigo de la supuesta falsificacion de firmas para la inscripcion del Frente Nacional Independiente Peru 2000, involucrando a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Diaz; Que, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, esta desarrollando el MORDAZA Electoral del 9 de MORDAZA del 2000, con todas las garantias y mecanismos de seguridad, a fin de que, dicho acto electoral, traduzca la expresion autentica, libre y espontanea de los ciudadanos; y que los escrutinios MORDAZA reflejo exacto y oportuno de la voluntad del elector expresada en las urnas por votacion directa; Que, en aras de la transparencia de las elecciones y al margen de las investigaciones y resultados que pudieran obtenerse, por las autoridades pertinentes, de los supuestos actos en que se involucra al referido funcionario, es necesario separarlo del cargo y designar a su reemplazante; De conformidad con las atribuciones contenidas en el Articulo 13º de la Ley 26487, Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Separar a partir de la fecha, del cargo de Jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de MORDAZA, a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Diaz. Articulo Segundo.- Designar a don MORDAZA Castaneda MORDAZA, como Jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de Arequipa. Articulo Tercero.- Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, bajo responsabilidad, MORDAZA entrega del cargo a su reemplazante, asi como de toda la documentacion correspondiente a la citada Oficina Descentralizada de Procesos Electorales, en Acta y bajo fe notarial. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas, militares y policiales, de la referida circunscripcion electoral, brindaran el apoyo que senala la ley. Articulo Quinto.- Pongase en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones y del MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA, el contenido de la presente resolucion para los fines del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (e) 3108

"... Informe Nº 034-2000-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 26 de enero del ano 2000." 3038

COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO
Reiteran declaracion de improcedencia de exhortacion formulada por el Defensor del Pueblo a la Fiscal de la Nacion
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 196-2000-MP-CEMP MORDAZA, 15 de marzo de 2000 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº DP-2000-308, de 8 de marzo de 2000, remitido por el doctor MORDAZA Santistevan de MORDAZA, Defensor del Pueblo, a la Srta. Fiscal de la Nacion, doctora MORDAZA MORDAZA Colan Maguino; y recibido el 14 del corriente. Que, la Srta. Fiscal de la Nacion deriva el oficio precedente a la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, en virtud de la Ley Nº 26623 y sus complementarias, que establecen que esta es el organo de gestion y gobierno del Ministerio Publico durante el periodo de reorganizacion. Que, el Oficio Nº DP-2000-308 reitera la exhortacion a que se brinde al MORDAZA Nacional de Elecciones y a la Oficina Nacional de Procesos Electorales las facilidades de acceso a las listas de adherentes que fueron entregadas a la Fiscal Provincial Ad hoc, MORDAZA Trabucco MORDAZA, y se disponga que la investigacion que viene realizando esta Fiscal culmine MORDAZA de la realizacion de las elecciones generales en curso. Que, esta exhortacion repite la efectuada en el Oficio Nº DP-2000-285, de 7 de marzo de 2000, con respecto al cual la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico expidio la Resolucion Nº 181-2000-MP-CEMP, de 8 del mes en curso, declarando improcedente la exhortacion del Defensor del Pueblo a la Fiscal de la Nacion. Que, dicha improcedencia se sustenta, por un lado, en que el MORDAZA Nacional de Elecciones o la Oficina Nacional de Procesos Electorales no han solicitado las facilidades de acceso a las listas de adherentes, a las que se refiere el Defensor del Pueblo; y, por el otro, en que la labor de investigacion de la Fiscal Provincial Ad hoc MORDAZA Trabucco MORDAZA se rige por el Articulo 5º de la Ley Organica del Ministerio Publico, que establece que los Fiscales actuan independientemente en el ejercicio de sus funciones y que las desempenan segun su propio criterio y en la forma que estimen mas arreglada a los fines de su institucion; no encontrandose prevista entre las facultades de la Fiscal de la Nacion o de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico ordenar que los Fiscales que conocen de casos especificos concluyan sus investigaciones en el momento que lo decida el organo de gestion y gobierno. Que, en relacion a los presuntos hechos referidos por el Defensor del Pueblo, el Ministerio Publico ha adoptado medidas inmediatas y eficaces como designar a la doctora MORDAZA Crisalida Trabucco MORDAZA en calidad de Fiscal Provincial Ad hoc, a dedicacion exclusiva, y a los doctores Yonny MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Baltuano MORDAZA y Freddy Irigoyen MORDAZA, Fiscales Adjuntos Provinciales Provisionales del Pool de Fiscales Adjuntos Provinciales de MORDAZA, como Fiscales Adjuntos Provinciales de Apoyo, a dedicacion exclusiva, a la Fiscal Provincial Ad hoc, ocurriendo otro tanto con las doctoras MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscales Adjuntas Provinciales Provisionales de la Sexta Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA (Resoluciones Nºs. 161, 187 y 188-2000-MP-CEMP). Que, no habiendo variado los terminos de la comunicacion de la Defensoria del Pueblo recogidos en sus Oficios Nºs. DP-2000-285 y DP-2000-308, en cuanto a la exhortacion dirigida a la Srta. Fiscal de la Nacion, corresponde reiterar los alcances de la Resolucion Nº 181-2000-MP-CEMP de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, que la declara improcedente.

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
FE DE ERRATAS RESOLUCION Nº 062-2000-JEF/RENIEC Mediante Oficio Nº 79-2000-JEF/RENIEC, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Nº 062-2000-JEF/RENIEC, publicada en nuestra edicion del dia sabado 11 de marzo del ano 2000, en la pagina 184555. En la parte de Vistos.DICE: "... Informe Nº 034-2000-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha "

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