Norma Legal Oficial del día 16 de marzo del año 2000 (16/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 16 de marzo de 2000
DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO BASE

NORMAS LEGALES
REQUISITOS

Pag. 184767
Autoridad que aprueba el Tramite Autoridad que Resuelve el Recurso Impugnativo



LEGAL
laboracion empresarial respecto de las actividades por las que se solicita Autorizacion Expresa, o con las que tienen cualquier MORDAZA de negocio por el que obtienen ingresos; 9. Presentar la informacion que sea requerida a efectos de llevar a cabo la investigacion a que se hace referencia en el articulo 15 de la Ley Nº 27153 y articulo 20 de su Reglamento. 10. MORDAZA de pago por derecho de tramite 67 Recuperacion de bienes comisados D.S. 001-2000 Solicitud en original y MORDAZA dirigida a la Direccion NacioITINCI Art. 54 nal de Turismo indicando sus generales de ley y adjun(07-01-2000) tando: 1. La acreditacion de la propiedad de los bienes comisados 2. MORDAZA del pago por la multa impuesta y por los gastos ocasionados, de ser el caso 3. MORDAZA de pago por derecho de tramite

EVALUACION DERECHO PREVIA Dependencia DE Con Aplic. Con Aplic. donde se PAGO Auto- Silen.Adm. Silen.Adm. inicia el matico Positivo Negativo Tramite

20 % UIT

15 dias

Oficina de Tramite Documentario

Direccion Nacional de Turismo

Viceministerio de Turismo

68 Recurso impugnativo de materia tributaria a. Reclamacion

Codigo Tributario D.S.135-99-EF Art. 137º (1808-99)

2.5 % UIT a. Reclamacion Escrito fundamentado firmado por el Deudor Tributario, o su representante legal y abogado adjuntando: -Fotocopia simple del documento de identidad del deudor tributario o representante legal -Poder otorgado al representante legal del deudor tributario de ser el caso Indicar en el escrito de reclamacion: 1. La Resolucion u Orden de Pago que se impugna. 2. Acreditar el pago de la deuda tributaria en los casos senalados en el articulo 137 y siguientes del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, adjuntando al escrito de Reclamacion fotocopia simple del recibo de pago. Nota: Son objeto de Reclamacion la Resolucion de Determinacion, la Orden de Pago , la Resolucion de Multa, la Resolucion Ficta sobre asuntos no contenciosos y los actos que tengan relacion directa con la determinacion de la deuda tributaria

6 meses

Oficina de Tramite Documentario

Direccion Nacional de Turismo

Tribunal Fiscal

b. Elevacion de la Apelacion en materia tributaria

Codigo Tributario D.S.135-99-EF Art. 146º y siguientes (1808-99)

b. Elevacion de la Apelacion en materia tributaria 2.5 % UIT Escrito fundamentado firmado por el deudor tributario o su representante legal y abogado adjuntando: -Fotocopia simple del documento de identidad del deudor tributario -Poder otorgado al representante legal del deudor tributario de ser el caso - Fotocopia simple de las resoluciones u ordenes de pago impugnadas Tratandose de Apelaciones de Puro Derecho, no debera existir Reclamacion en tramite sobre la misma Resolucion u Orden de Pago que se pretende impugnar. En el caso de sanciones de cierre temporal de establecimiento o las sanciones que lo sustituyen presentar ademas : - Fotocopia simple del acta probatoria. Tratandose de apelaciones de puro derecho o las relativas a Resoluciones que resuelvan un recurso de Reclamacion , que hayan sido presentadas luego del plazo senalado para ello, ademas debera cumplirse con: -Acreditar el pago de la totalidad de la deuda tributaria actualizada hasta la fecha de pago, adjuntandose el recibo de pago. - Presentar la Apelacion dentro del plazo de seis (6) meses contados a partir del dia siguiente a aquel en que se efectuo la notificacion certificada.

30 dias habiles

Oficina de Tramite Documentario

Direccion Nacional de Turismo

Tribunal Fiscal

(1)

El titular de una autorizacion podra solicitar su renovacion con cuatro meses de anticipacion a la fecha de vencimiento de la autorizacion.

(2) Condiciones previas a la solicitud de autorizacion expresa para la explotacion de juegos de casino - La explotacion de juegos de casino solo se puede realizar en establecimientos ubicados en los distritos autorizados mediante Resolucion Suprema. - Puede instalarse MORDAZA para la explotacion de juegos de casino en: 1. Hoteles de 4 (cuatro) o 5 (cinco) estrellas, incluso inmuebles declarados monumentos historicos por el Instituto Nacional de Cultura, debidamente acondicionado. 2. Restaurantes de 5 (cinco) tenedores turisticos. (3) Condiciones previas a la solicitud de autorizacion expresa para la explotacion de juegos de maquinas tragamonedas Puede instalarse MORDAZA para la explotacion de juegos de maquinas tragamonedas en: - Hoteles de 4 (cuatro) o 5 (cinco) estrellas en las provincias de MORDAZA y Callao. - Hoteles de 3 (tres) o mas estrellas en otras provincias distintas a las de MORDAZA y Callao y en los lugares autorizados para la explotacion de juegos de casino. (4) Publicacion de la solicitud de autorizacion expresa para la explotacion de juegos de casino y maquinas tragamonedas La publicacion de la solicitud en el Diario Oficial El Peruano, debera efectuarse dentro de los cinco (5) dias de recibida la notificacion de su admision, debiendo el solicitante presentar a la Direccion Nacional de Turismo - DNT un ejemplar de cada una de ellas dentro de los tres (3) dias siguientes a su publicacion. Vencidos los plazos MORDAZA senalados, sin que la DNT reciba los ejemplares de las publicaciones, esta declarara el abandono de la solicitud.

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