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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MARZO DEL AÑO 2000 (18/03/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

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DIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de marzo de 2000 AÑO XVIII - Nº 7208 Pág. 184819 Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe "AÑO DE LA LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR" P C M Dan fuerza de Decreto Supremo a la R.M. Nº 027-2000-PCM DECRETO SUPREMO Nº 005-2000-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, la Primera Disposición Complementaria y Final del Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2000-PCM con el voto aprobatorio del Consejo de Minis- tros, autoriza a dictar por Resolución Ministerial del Titular del Pliego disposiciones complementarias para el mejor cumplimiento de dicha norma; Que, en virtud de dicha autorización se expidió la Reso- lución Ministerial Nº 027-2000-PCM siendo necesario el refrendo del Ministro de Economía y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1º.- Dése fuerza de Decreto Supremo a la Resolución Ministerial Nº 027-2000-PCM que como Anexo forma parte integrante de la presente norma. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecisiete días del mes de marzo del año dos mil. ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas 3227 AGRICULTURA Autorizan viaje del Viceministro de Agri- cultura a Ecuador, para participar en la V Reunión del Comité Andino Agropecuario RESOLUCION SUPREMA Nº 032-2000-AG Lima, 15 de marzo del 2000 CONSIDERANDO: Que, los días 16 y 17 de marzo del 2000, se realizará la "V Reunión del Comité Andino Agropecuario", en la ciudad de Guayaquil, Ecuador, en la que participan los Ministros de Agricultura de la Comunidad Andina, evento que tiene comoAgenda: Propuesta sobre Política Agropecuaria Común An- dina, el cual se llevará a cabo en el marco de la Propuesta 33 de la Secretaría General de la Comunidad Andina, sobre Política Agropecuaria Común Andina, Estrategia y Plan de Acción; Que, resulta necesario autorizar el viaje del Ing. Carlos Luna Conroy, Viceministro de Agricultura, para participar en dicha Reunión, como representante del Ministerio de Agricultura; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27212, Decreto Ley Nº 25902 y los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85-PCM, 031-89-EF y 135-90-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. CARLOS LUNA CONROY, Viceministro de Agricultura, del 15 al 18 de marzo del 2000, para participar como representante del Ministerio de Agricultura en la "V Reunión del Comité Andino Agrope- cuario", que se realizará en la ciudad de Guayaquil, Ecuador. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto para el 2000 del Pliego 013 Ministerio de Agricultura, los mismos que ascienden a la suma de: Pasajes US$ 330.40, Viáticos US$ 800.00, Tarifa Corpac US$ 25.00. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Artículo 4º.- El mencionado funcionario, dentro de los quince días posteriores a su retorno al país deberá presentar un informe al Ministro de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 3228 Aprueban plan anual de adquisiciones y contrataciones del Proyecto Espe- cial Titulación y Catastro Rural, para el año 2000 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0109-2000-AG Lima, 6 de marzo de 2000 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 7º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado, dispone que cada entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el mismo que deberá ser aprobado por la máxima autoridad administrativa de la entidad; Que, en cumplimiento de la citada disposición, la Direc- ción de Administración ha elaborado el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Proyecto Especial Titu- lación y Catastro Rural - PETT, consolidando la información relativa a las Licitaciones, Concursos y Adquisiciones Direc- tas que se realice en el año 2000, siendo procedente su aprobación; De conformidad con el Artículo 7º de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Artículo 3º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-