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Pág. 184826 NORMAS LEGALES Lima, sábado 18 de marzo de 2000 M T C Autorizan a procurador iniciar proceso judicial contra presuntos responsables de la comisión de delito contra la fe pública RESOLUCION MINISTERIAL Nº 073-2000-MTC/15.02 Lima, 7 de febrero de 2000 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 00614011 y 01628011, Informes Nºs. 686, 688 y 1123-99-MTC/15.18.05.3 elaborados por la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir y el Informe Legal Nº 004-2000-MTC/15.18.05.AL. CONSIDERANDO: Que, las Comisarías de Huaral y Laura Caller de la Policía Nacional del Perú mediante los Oficios Nºs. 107-JPP- PNP-CH-SIAT y 665-ST-CLCI-LOS, han remitido las Licen- cias de Conducir Nºs. G-179242/2E, A-014289/2D y A-020213/ 2E a la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial para la verificación correspondiente; Que, la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial ha procedido a revisar a través de la Base de Datos del Centro de Cómputo, Antecedentes Registrales y Padrón General a su cargo, la autenticidad de las licencias de conducir presentadas por las siguientes personas: APELLIDOS Y NOMBRES LICENCIAS Cat. 01.CARRANZA VALENCIA, Abrahan Venustiano G-179242 2-E 02.SILVA PACHAS, Miguel Orlando A-014289 2-D 03.MUÑOZ ENRRIQUEZ, José Luis A-020213 2-E Que, conforme se aprecia en los informes que sustentan esta resolución, la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Dirección de Parque Automotor y Circulación Vial ha detectado que los números de las licencias de conducir presentadas por los sujetos antes mencionados corresponden a otras personas que resultan ser los verdaderos titulares, por lo tanto se ha determinado que aquéllas son falsas; Que, los hechos descritos constituirán delito contra la fe pública conforme lo tipifica el Código Penal, resultando pertinente autorizar al Procurador Público de este Ministe- rio para que inicie las acciones legales correspondientes contra las personas referidas en el segundo considerando de esta resolución y los que resulten responsables; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 47º de la Constitución Política del Perú y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Procurador Público de este Ministerio a iniciar las acciones legales correspon-dientes contra las personas citadas en la parte considerativa de la presente resolución y los que resulten responsables por los hechos descritos precedentemente, debiendo la Dirección General de Circulación Terrestre remitirle los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 3148 Amplían alcances de la Directiva Nº 004-99-COFOPRI a la provincia de Re- quena, departamento de Loreto COMISION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 048-2000-COFOPRI/GG Lima, 13 de marzo de 2000 CONSIDERANDO: Que, el literal d) del Artículo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promoción del Acceso a la Propiedad Formal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, esta- blece que son funciones de COFOPRI el asumir de manera exclusiva y excluyente, las competencias correspondientes a la formalización de la propiedad hasta el otorgamiento de los títulos de propiedad; para ejercer sus competencias, COFO- PRI dictará directivas que serán de obligatorio cumplimien- to para todas las entidades del Estado vinculadas al proceso de formalización de la propiedad, desde que sean notificadas; Que, el Artículo 27º de la precitada norma, señala que COFOPRI asumirá competencia a través del citado Programa de Formalización de la Propiedad, que se pondrá en funciona- miento progresivamente en todo el país, de acuerdo a un cronograma que establecerá COFOPRI mediante Directiva; Que, según lo establece el literal m) del Artículo 8º del Estatuto de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-98-MTC, el Presidente de COFOPRI está facultado para aprobar Directivas, que establezcan el cronograma de aplica- ción progresiva del Programa de Formalización de la Propie- dad en todo el país, conforme a lo dispuesto por el Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 803; Que, el literal y) del referido artículo, faculta al Presiden- te de COFOPRI a delegar sus facultades; Que, en tal sentido, mediante Resolución de Presidencia Nº 045-98-COFOPRI/PC de fecha 23 de setiembre de 1998, se delegó en el doctor Miguel Delgado Barreda, Gerente Gene- ral de COFOPRI, la facultad de aprobar las Directivas mediante las cuales se establezca el cronograma de aplica- ción progresiva del Programa de Formalización de la Propie- dad en todo el país, con cargo a dar cuenta a la presidencia de la institución; MINISTERIO DE PESQUERIA RESOLUCIONES EXPEDIDAS POR EL VICEMINISTRO DE PESQUERIA EL 8 DE MARZO DE 2000 R.V.M. Nº 062-2000-PE Declara fundado el recurso de apelación interpuesto por Pescamar S.R.L. contra la R.C.S. Nº 362-99-PE/CS. R.V.M. Nº 063-2000-PE Declara inadmisible la reclamación interpuesta por Germán Orosco Castro y Felipa Castro de Orosco contra la R.C.S. Nº 365-99-PE/CS. R.V.M. Nº 064-2000-PE Declara infundado el recurso de apelación interpuesto por el señor Juan Manuel Núñez De los Ríos contra la R.C.S. Nº 552-99-PE/CS. Nota: Las notificaciones a los interesados se efectuarán conforme a lo dispuesto por el Artículo 81º del D.S. Nº 02-94-JUS. 3150