Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2000 (18/03/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de marzo de 2000

MTC
Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 073-2000-MTC/15.02 MORDAZA, 7 de febrero de 2000 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 00614011 y 01628011, Informes Nºs. 686, 688 y 1123-99-MTC/15.18.05.3 elaborados por la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir y el Informe Legal Nº 004-2000-MTC/15.18.05.AL. CONSIDERANDO: Que, las Comisarias de Huaral y MORDAZA Caller de la Policia Nacional del Peru mediante los Oficios Nºs. 107-JPPPNP-CH-SIAT y 665-ST-CLCI-LOS, han remitido las Licencias de Conducir Nºs. G-179242/2E, A-014289/2D y A-020213/ 2E a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial para la verificacion correspondiente; Que, la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial ha procedido a revisar a traves de la Base de Datos del Centro de Computo, Antecedentes Registrales y Padron General a su cargo, la autenticidad de las licencias de conducir presentadas por las siguientes personas: APELLIDOS Y NOMBRES 01. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Venustiano 02. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA 03. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA LICENCIAS G-179242 A-014289 A-020213 Cat. 2-E 2-D 2-E

dientes contra las personas citadas en la parte considerativa de la presente resolucion y los que resulten responsables por los hechos descritos precedentemente, debiendo la Direccion General de Circulacion Terrestre remitirle los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 3148

Amplian alcances de la Directiva Nº 004-99-COFOPRI a la provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA
COMISION DE FORMALIZACION DE LA PROPIEDAD INFORMAL RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL Nº 048-2000-COFOPRI/GG MORDAZA, 13 de marzo de 2000 CONSIDERANDO: Que, el literal d) del Articulo 3º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, establece que son funciones de COFOPRI el asumir de manera exclusiva y excluyente, las competencias correspondientes a la formalizacion de la propiedad hasta el otorgamiento de los titulos de propiedad; para ejercer sus competencias, COFOPRI dictara directivas que seran de obligatorio cumplimiento para todas las entidades del Estado vinculadas al MORDAZA de formalizacion de la propiedad, desde que MORDAZA notificadas; Que, el Articulo 27º de la precitada MORDAZA, senala que COFOPRI asumira competencia a traves del citado Programa de Formalizacion de la Propiedad, que se pondra en funcionamiento progresivamente en todo el MORDAZA, de acuerdo a un cronograma que establecera COFOPRI mediante Directiva; Que, segun lo establece el literal m) del Articulo 8º del Estatuto de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-98-MTC, el Presidente de COFOPRI esta facultado para aprobar Directivas, que establezcan el cronograma de aplicacion progresiva del Programa de Formalizacion de la Propiedad en todo el MORDAZA, conforme a lo dispuesto por el Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 803; Que, el literal y) del referido articulo, faculta al Presidente de COFOPRI a delegar sus facultades; Que, en tal sentido, mediante Resolucion de Presidencia Nº 045-98-COFOPRI/PC de fecha 23 de setiembre de 1998, se delego en el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Gerente General de COFOPRI, la facultad de aprobar las Directivas mediante las cuales se establezca el cronograma de aplicacion progresiva del Programa de Formalizacion de la Propiedad en todo el MORDAZA, con cargo a dar cuenta a la presidencia de la institucion;

Que, conforme se aprecia en los informes que sustentan esta resolucion, la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial ha detectado que los numeros de las licencias de conducir presentadas por los sujetos MORDAZA mencionados corresponden a otras personas que resultan ser los verdaderos titulares, por lo tanto se ha determinado que aquellas son falsas; Que, los hechos descritos constituiran delito contra la fe publica conforme lo tipifica el Codigo Penal, resultando pertinente autorizar al Procurador Publico de este Ministerio para que inicie las acciones legales correspondientes contra las personas referidas en el MORDAZA considerando de esta resolucion y los que resulten responsables; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 y 25862; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Procurador Publico de este Ministerio a iniciar las acciones legales correspon-

MINISTERIO DE PESQUERIA
RESOLUCIONES EXPEDIDAS POR EL VICEMINISTRO DE PESQUERIA EL 8 DE MARZO DE 2000

R.V.M. Nº 062-2000-PE R.V.M. Nº 063-2000-PE R.V.M. Nº 064-2000-PE

Declara fundado el recurso de apelacion interpuesto por Pescamar S.R.L. contra la R.C.S. Nº 362-99-PE/CS. Declara inadmisible la reclamacion interpuesta por MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA de MORDAZA contra la R.C.S. Nº 365-99-PE/CS. Declara infundado el recurso de apelacion interpuesto por el senor MORDAZA MORDAZA Nunez De los MORDAZA contra la R.C.S. Nº 552-99-PE/CS.

Nota: Las notificaciones a los interesados se efectuaran conforme a lo dispuesto por el Articulo 81º del D.S. Nº 02-94-JUS. 3150

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