Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2000 (18/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de marzo de 2000

DIRECTIVA Nº 004-2000-CONSUCODE/PRE PROCEDIMIENTO PARA LA EXPEDICION DE CONSTANCIAS DE NO ESTAR INHABILITADOS PARA CONTRATAR CON EL ESTADO PARA USUARIOS DE TODO EL MORDAZA I. FINALIDAD La presente Directiva establece el procedimiento para la verificacion, expedicion y entrega de la MORDAZA de No estar Inhabilitado para Contratar con el Estado (LA CONSTANCIA) para los usuarios de todo el pais. II. OBJETO Es objeto de la presente Directiva garantizar una adecuada verificacion, expedicion y entrega oportuna de LA CONSTANCIA. III. BASE LEGAL Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (26850), su Reglamento (Decreto Supremo Nº 039-98-PCM), Reglamento del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (Decreto Supremo Nº047-98-PCM), Resolucion Ministerial Nº 043-99-PCM, Reglamento del Registro Nacional de Contratistas y del Registro de Inhabilitados para Contratar con el Estado. IV. DEL PROCEDIMIENTO 4.1 Los requisitos para solicitar LA MORDAZA para los usuarios de MORDAZA Metropolitana y Callao son:

Articulo 1º.- Autorizar el viaje, del 2 al 20 de MORDAZA del ano 2000, de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Analista de la Gerencia de Investigacion y Desarrollo, de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, para asistir a la "SEC's Tenth Annual International Institute for Securities Market Development", que se realizara en MORDAZA D.C. - USA. Articulo 2º.- El gasto que irrogue el cumplimiento de la presente resolucion, sera asumido por el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, y por la propia funcionaria, cuyo viaje se autoriza, no significando gasto alguno con cargo al presupuesto de la Institucion. Articulo 3º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominacion a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 3146

CONSUCODE
Aprueban Directiva que establece procedimiento de expedicion de constancias de no estar inhabilitado para contratar con el Estado
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 064-2000-CONSUCODE/PRE San MORDAZA, 14 de marzo de 2000 CONSIDERANDO: Que, para el cumplimiento de las funciones encomendadas mediante la Ley Nº 26850 de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM, es necesario establecer el procedimiento para la expedicion de la MORDAZA de No estar Inhabilitado para Contratar con el Estado para los usuarios del MORDAZA y aprobar el modelo de la misma; Que, para dar cumplimiento a lo expuesto en el considerando precedente, se ha formulado la Directiva correspondiente, la misma que requiere ser aprobada; De conformidad con lo establecido por los Decretos Supremos Nºs. 047-98-PCM y 043-99-PCM, y con las visaciones de la Gerencia de Registro y de la Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 004-2000CONSUCODE/PRE que establece el Procedimiento para la expedicion de las Constancias de No estar Inhabilitado para Contratar con el Estado para los usuarios del MORDAZA, la misma que con las visaciones correspondientes es parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Aprobar el formato denominado: "Modelo de Solicitud para obtener la MORDAZA de No estar Inhabilitado para contratar con el Estado", asi como el "Modelo de MORDAZA de No estar Inhabilitado para Contratar con el Estado", que en anexos forman parte de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Dejar sin efecto las Resoluciones Nº 002-98-CONSUCODE/P; 031-99-CONSUCODE/PRE y el COMUNICADO Nº 006-99(PRE) en la parte que se oponga a la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. PIN MORDAZA Presidente

§ Solicitud dirigida al Gerente de Registros, (FORMATO Nº 1). § MORDAZA simple de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano o documento emitido por la Entidad que acredite el otorgamiento de la buena pro indicando el MORDAZA de MORDAZA de Seleccion, objeto, numero, siglas, valor referencial y monto otorgado. § Comprobante de pago de la tasa que asciende a 0.025% de una (1) UIT, que debera abonarse en la Tesoreria del CONSUCODE. § El usuario presentara la documentacion indicada en el articulo precedente a la Gerencia de Registros del CONSUCODE sito en la Av. MORDAZA MORDAZA Oeste 2340, de lunes a viernes en el horario de 09:00 a.m. a 16:00 p.m. la que en el plazo de 30 minutos expedira LA CONSTANCIA.
4.2 Los requisitos para solicitar LA MORDAZA para el caso de los demas usuarios del MORDAZA son:

§ Solicitud dirigida al Gerente de Registros, (FORMATO Nº 1). § MORDAZA simple de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano o documento expedido por la Entidad que acredite el otorgamiento de la buena pro indicando el MORDAZA de MORDAZA de Seleccion, objeto, numero, siglas, valor referencial y monto otorgado § Comprobante de pago de la tasa que asciende a 0.025% de una UIT, la que se podra abonar en las siguientes entidades bancarias:
BANCO BANCO CONTINENTAL BANCO WIESE SUDAMERIS BANCO DE CREDITO BANCO DE LA NACION BANCO INTERBANK CTA.CTE Nº 0011 - 0182 - 32 - 0100017211 Nº 071 - 3967778 Nº 193 - 1071870 - 0 - 68 Nº 00 - 000 - 261270 Nº 100 - 001 - 0195278

4.3 Los documentos indicados en el articulo precedente se remitiran al COSUCODE via facsimil a la linea Nº (01) 261-53-53. 4.4 La Gerencia de Registros remitira al usuario MORDAZA de LA MORDAZA, via facsimil, dentro del dia siguiente de recepcionada la solicitud. 4.5 Una vez recepcionados los documentos originales, la Gerencia de Registros procedera a remitir LA MORDAZA original. 4.6 En aplicacion del articulo 37º del Reglamento de los Registros, para el caso de las Entidades del Estado que contraten por montos inferiores a cinco (5) UIT los ganadores de la buena pro presentaran la Declaracion Jurada de no tener sancion vigente en el Registro de Inhabilitados para contratar con el Estado, correspondiendo a la Entidad su verificacion ante el CONSUCODE.

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