Norma Legal Oficial del día 18 de marzo del año 2000 (18/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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POR CUANTO: CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 18 de marzo de 2000

LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO POR CUANTO:

Que el Articulo 191º de la Constitucion Politica del estado establece que las Municipalidades Distritales son organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, es competencia de las municipalidades acordar su regimen de organizacion interior conforme al inciso 1) del Articulo 192º del citado precepto constitucional; Que, mediante Ordenanza Nº 015-MDB de fecha 21 de octubre de 1999, se creo la Unidad de Establecimientos como organo dependiente de la Oficina de Rentas, asumiendo dicha unidad las funciones de emision de Resoluciones de Autorizacion Municipal de Funcionamiento senalados en el inciso f) del Articulo 77º del Acuerdo de Concejo Nº 088-97CDB, que aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Municipalidad de Barranco (ROF - 97); Que, previo al otorgamiento de esta Autorizacion se exige como requisito previo la MORDAZA del Certificado de Compatibilidad de uso para actividades comerciales, en los cuales se verifica que el giro del establecimiento sea compatible con la zonificacion del distrito asi como que el local este debidamente acondicionado para cumplir con dicho giro y otras normas referidas al funcionamiento de establecimientos comerciales; Que dada la naturaleza de la Autorizacion Municipal de Funcionamiento, es necesario que dicho tramite sea evaluado y revisado por el area tecnica correspondiente, a efectos de aplicar correctamente los criterios senalados en el considerando anterior; Que, asimismo, de conformidad con las normas establecidas en la Ley de Simplificacion Administrativa Nº 25035 y su Reglamento D.S. Nº 070-89-PCM la administracion debe procurar la desconcentracion de procesos decisorios y la eliminacion de exigencias y formalidades; Con el visto MORDAZA de la Direccion de Asesoria Juridica, Direccion de Desarrollo MORDAZA, Direccion de Rentas, y la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Computo y en uso de las facultades conferidas la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE DECRETA: Articulo Primero.- Delegar a la Division de Obras Privadas, Unidad Organica dependiente de la Direccion de Desarrollo MORDAZA las funciones de revision y evaluacion de las solicitudes de Autorizacion Municipal de Funcionamiento. Articulo Segundo.- Autorizar a la Direccion de Desarrollo MORDAZA para que mediante Resolucion Directoral autorice y expida los correspondientes Certificados de Autorizacion Municipal de Funcionamiento de los establecimientos comerciales que inicien sus actividades en el distrito. Articulo Tercero.- Modifiquese el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) y el Manual de Organizacion de Funciones (MOF) de la Municipalidad Distrital de Barranco, de conformidad con los cambios introducidos en el presente Decreto de Alcaldia. Articulo Cuarto.- Encargar a Direccion Municipal, Secretaria General, Direccion de Rentas, Direccion de Desarrollo MORDAZA y Oficina de Planificacion, Presupuesto y Computo el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Articulo Quinto.- Encargar a la Secretaria General proponga al Concejo Municipal de Barranco la derogatoria de la Ordenanza Nº 015-MDB de fecha 21 de octubre de 1999. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 3216

Reunido el Honorable Concejo Distrital de Chaclacayo, en Sesion Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia del senor MORDAZA MORDAZA y con el quorum reglamentario; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica, las Municipalidades son los Organos de Gobierno Local, gozando de autonomia politica, economica y administrativa, en los asuntos de su competencia; Que, es politica de gestion del Concejo Municipal de Chaclacayo, otorgar a los Contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones en forma oportuna, en tal sentido se hace necesario ampliar la fecha de vencimiento de MORDAZA y pago del Impuesto Predial; Que, la Oficina de Rentas, ha sugerido que dicha ampliacion debe considerarse hasta el 31 de marzo, fecha que en sesion ha contado con la aprobacion del Concejo Distrital; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el Concejo ha aprobado por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA Articulo 1º.- PRORROGAR el plazo para la MORDAZA y pago del Impuesto Predial correspondiente al presente ejercicio, hasta el 31 de marzo del presente; incluyendo el beneficio dispuesto en la Ordenanza Municipal Nº 14. Articulo 2º.- Encargar a la Oficina de Rentas, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 2674

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Aprueban remuneracion que percibira MORDAZA durante ejercicio presupuestal del ano 2000
ACUERDO DE CONCEJO Nº 005-2000-MDCH Chorrillos, 16 de marzo del 2000 Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 16 de marzo del 2000, el pedido del Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre el monto de la Dieta que percibiran los senores Regidores en el ano 2000. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo prescrito por el Articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853, modificado por la Ley Nº 26317, los Alcaldes y Regidores son rentados, segun lo permita su Presupuesto y la disponibilidad de sus recursos propios; Que, segun Informe Nº 008-2000-OPPyP/MDCH del 15 de marzo del presente ano, existe la disponibilidad presupuestal de recursos propios para el pago de remuneracion del senor MORDAZA correspondiente al presente Ejercicio Presupuestal; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853 y con el MORDAZA en Mayoria del Concejo Municipal; SE ACUERDA: Articulo Primero.- Aprobar la remuneracion que percibira el senor MORDAZA de la Municipalidad de Chorrillos para el Ejercicio Presupuestal del 2000, el mismo que asciende a la suma de S/. 9,100.00, igual al ano anterior, sujeto a las retenciones y deducciones de Ley.

MUNICIPALIDAD DE CHACLACAYO
Prorrogan plazo para MORDAZA y pago del impuesto predial
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 15 Chaclacayo, 29 de febrero del 2000

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