Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2000 (25/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 25 de marzo de 2000

Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 3433
M-05

conformidad a lo establecido por el Articulo 55º del Decreto Ley Nº 26102, Codigo de los Ninos y Adolescentes. Modificar la ruta autorizada, salvo indicacion expresa de la policia o por motivos de fuerza mayor. Prestar servicios sin tener los precios de los pasajes en un lugar visible. No recoger escolares, ancianos o minusvalidos, teniendo capacidad el vehiculo. Aprovisionarse de combustible estando con pasajeros. Interrumpir o abandonar el servicio por 48 horas, sin comunicacion fundamentada a la Autoridad Administrativa. Maltratar verbal o fisicamente a los pasajeros por parte del conductor y/o cobrador. Dejar o tomar pasajeros en el centro de la calzada o en lugares que atentan contra su integridad fisica. Permitir que los pasajeros viajen colgados del vehiculo en el estribo o sobresaliendo alguna parte del cuerpo. No expedir boleto u expedir uno que no corresponda al MORDAZA de pasajero del usuario. Incrementar, disminuir o sustituir vehiculos sin la autorizacion correspondiente. Permitir que un vehiculo de flota no llegue a los paraderos inicial o final. No conservar en buen estado de aseo el area aledana a los paraderos iniciales o finales. No realizar el cursillo de educacion vial. Prestar el servicio sin tener concesion o concesiones vencidas o canceladas. Utilizar vehiculos no habilitados, para la prestacion del servicio. 15% UIT

M-06

10% UIT

Modifican ordenanza sobre infracciones y sanciones relativas al Reglamento Nacional del Servicio Publico de Transporte MORDAZA e Interurbano de Pasajeros
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 000003 Callao, 28 de febrero de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Concejo Municipal Provincial del Callao, en Sesion fecha 28 de febrero del 2000; aprobo la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL: Articulo Unico.- Modifiquese los Articulos Nueve y Decimo MORDAZA de la ORDENANZA CODIFICATORIA DE INFRACCIONES, PROCEDIMIENTO DE MULTAS Y SANCIONES REFERIDAS AL REGLAMENTO NACIONAL DE SERVICIO PUBLICO DE TRANSPORTE MORDAZA E INTERURBANO DE PASAJEROS PARA LA PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO, Nº 000007, los que quedan redactados en los siguientes terminos: Articulo Noveno.- La concesionaria cancelara la papeleta de infraccion en el plazo de diez (10) dias utiles siguientes a la imposicion o notificacion de la MORDAZA para efecto de cancelar la multa que corresponda, pudiendo obtener una reduccion del 50% del monto que corresponda si el pago lo efectua dentro de los cinco dias habiles de impuesta la sancion o de notificada la misma. Transcurrido el plazo de diez (10) dias mencionado en el parrafo precedente, si esta no fuera cancelada, la Direccion General de Transporte MORDAZA ordenara se efectue la cobranza por la via coactiva, sin perjuicio que el Ejecutor Coactivo ordene como medida cautelar la captura e internamiento del vehiculo en el Deposito Oficial de Vehiculos. Articulo Decimo Quinto.- La Concesionaria sera sancionada por las siguientes acciones u omisiones, con: CODIGO INFRACCIONES
M-01 Permitir la conduccion del omnibus a conductores que no posean licencia de conducir o cuya categoria no corresponda al vehiculo que conducen, o se encuentran con la misma, suspendida o cancelada. Permitir que el conductor y/o cobrador efectuen el servicio bajo el efecto del alcohol y/o drogas. No mantener vigentes las polizas de seguros para pasajeros, terceros, conductor y/o cobrador. Colocar como cobrador a menores de edad que carezcan de la autorizacion correspondiente, otorgada por la autoridad administrativa de trabajo o por la autoridad municipal de

M-07

15% UIT

M-08

15% UIT

M-09

15% UIT

M-10

10% UIT

M-11

10% UIT

M-12

10% UIT

M-13

5% UIT

M-14

5% UIT

M-15

5% UIT

M-16

5% UIT

M-17 M-18

5% UIT 30% UIT

M-19

20% UIT

Para la aplicacion de estas dos ultimas infracciones se requiere la presencia de la Autoridad Administrativa o su delegado quien dispondra el internamiento de los vehiculos en el Deposito Oficial. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 3427

MULTA
50% UIT

M-02

30% UIT

M-03

20% UIT

Prorrogan plazo para pago de impuestos predial y vehicular, arbitrios municipales y tasa de habilitacion de servicio de transporte publico
DECRETO DE ALCALDIA Nº 000006 Callao, 22 de marzo de 2000

M-04

20% UIT

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