Norma Legal Oficial del día 25 de marzo del año 2000 (25/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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CUADRO (1)

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 25 de marzo de 2000

LIQUIDACION DE OPERACIONES DE OFERTAS PUBLICAS
CONCEPTO OPV COMPRA % 0.0650 VENTA % 0.0400 OBSERVACIONES La tarifa de venta se aplica hasta un monto de $ 500 millones. Sobre el exceso es cero. La tarifa de compra se aplica hasta un monto de $ 500 millones. Sobre el exceso es cero.

OPA,OPC Y OPI (*)

0.0400

0.0650

(*) En el caso de la OPI la tarifa de compra es de cargo del oferente y la de venta del aceptante de la OPI. CUADRO (2) MANTENIMIENTO DE CUENTA DEL PARTICIPANTE INTERVALOS DE VALORIZACION A VALOR NOMINAL EN USD De 1 mas de 10,000,000 mas de 25,000,000 mas de 50,000,000 mas de 100,000,000 mas de 500,000,000 *NOTAS (1) La aplicacion de la tarifa se realizara en forma escalonada sobre los saldos promedios mensuales existentes en la Cuenta Matriz del Participante. (2) Cuota a ser cobrada en 1/12 de tarifa anual sobre los saldos promedios del mes. (3) La tarifa no se aplica sobre la valorizacion de los ADRs. (4) Tarifa queda en suspenso hasta el 30 de junio de 2000. 3403 a a a a a 10,000,000 25,000,000 50,000,000 100,000,000 500,000,000 TARIFA % ANUAL * 0.0145% 0.0072% 0.0036% 0.0018% 0.0009% 0.0005%

CONSUCODE
Disponen disminuir capacidades maximas de contratacion otorgadas a empresas y dejan sin efecto certificados de inscripcion
CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION DE GERENCIA Nº 0555-2000-RNC-CONSUCODE San MORDAZA, 17 de marzo de 2000 Vista la solicitud de RENOVACION DE INSCRIPCION otorgado a la empresa ACUARIO S.A. CONTRATISTAS GENERALES con Registro Nº 1116 mediante Resolucion del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 176-99-TC-S1 del 23.09.99, relacionado con el MORDAZA de Fiscalizacion Posterior. CONSIDERANDO: Que, el 15.1.98 don MORDAZA MORDAZA Camborda, Representante Legal de la empresa ACUARIO S.A. CONTRATISTAS GENERALES, solicito la RENOVACION DE INSCRIPCION de su representada ante el Registro Nacional de Contratistas, solicitud que fue aprobada mediante Resolucion del Tribunal de Contra-

taciones y Adquisiciones del Estado Nº 176-99-TC-S1 del 23.9.99, con una Capacidad MORDAZA de Contratacion de DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL NUEVOS SOLES (S/.19'960,000.00), expidiendosele el Certificado de Inscripcion Nº 2088 con vigencia hasta el 22.9.2000, en razon de haber cumplido con presentar los requisitos legales correspondientes, acreditando como integrantes de su plantel tecnico, a los ingenieros MORDAZA De MORDAZA MORDAZA Yllanes, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alfaro; Que, de la fiscalizacion posterior efectuada a la documentacion recaudada por la empresa ACUARIO S.A. CONTRATISTAS GENERALES, en su referida solicitud, se verifico que uno de los profesionales integrante de su plantel tecnico, el ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cabrera; ha dejado de pertenecer a la misma, conforme es de verse de su carta renuncia presentada ante la referida empresa con fecha 9.2.2000, obrante a fojas 71; Que, el Articulo 20º de la Resolucion Ministerial Nº 043-99-PCM, establece como requisito para estar inscrito en el Registro Nacional de Contratistas, acreditar Capacidad Tecnica; la cual esta dada por la conformacion del plantel tecnico; que para el presente caso es de cuatro ingenieros o arquitectos, en razon que la Capacidad de Contratacion otorgada a la empresa es de DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL NUEVOS SOLES (S/.19'960,000.00); Que, el Articulo 25º de la acotada MORDAZA legal, estipula que los Ejecutores de Obras, estan obligados a comunicar al CONSUCODE dentro de los diez dias siguientes al termino de cada mes, las variaciones de su plantel tecnico; de no hacerlo y ser detectado por CONSUCODE, este de oficio le disminuira la Capacidad de Contratacion o le cancelara la Inscripcion, segun corresponda, publicando la resolucion correspondiente en el Diario Oficial El Peruano; Que, de la revision efectuada, se tiene que la empresa en mencion ha incumplido con comunicar oportunamente la variacion de su plantel tecnico, por lo que siendo asi, en aplicacion de la acotada MORDAZA legal, resulta pertinente disminuir la Capacidad de Contratacion otorgada a la empresa ACUARIO S.A. CONTRATISTAS GENERALES, ante el Registro Nacional de Contratistas, de DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL NUEVOS SOLES (S/.19'960,000.00) a la suma de DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 17'400,000.00), procediendose en consecuencia a emitir de oficio un MORDAZA certificado de Inscripcion a favor de la empresa ACUARIO S.A. CONTRATISTAS GENERALES, con la nueva Capacidad MORDAZA de Contratacion dispuesta por la presente Resolucion, por el termino que resta del certificado anterior; Que, estando a la facultad conferida por Resolucion Nº 069-99-CONSUCODE/PRE, a lo dispuesto por los Articulos 20º y 25º de la R.M. Nº 043-99-PCM, al D.S. Nº 047-98PCM, Articulo 14º incisos c) y h), y a lo informado por el Registro Nacional de Contratistas; SE RESUELVE: 1.- Disminuir la Capacidad MORDAZA de Contratacion a la empresa ACUARIO S.A. CONTRATISTAS GENERALES, a la suma de DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS MIL NUEVOS SOLES (S/. 17'400,000.00), por contar esta con solo tres (3) profesionales como integrantes de su plantel tecnico y no con cuatro (4) como se requiere de acuerdo a ley. 2.- Dejar sin efecto legal, el CERTIFICADO DE INSCRIPCION Nº 2088 del 29.10.99 otorgado a la mencionada empresa. 3.- Emitir de oficio, MORDAZA Certificado de Inscripcion a favor de la empresa ACUARIO S.A. CONTRATISTAS GENERALES, con la nueva Capacidad MORDAZA de Contratacion dispuesta por la presente Resolucion, por el termino que resta del certificado anterior, previa devolucion del Certificado de Inscripcion Nº 2088 del 29.10.99. 4.- Declarar que la empresa ACUARIO S.A. CONTRATISTAS GENERALES, tiene MORDAZA su derecho a solicitar nuevamente el AUMENTO DE CAPACIDAD

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