Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2000 (12/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 38

Pág. 186548 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de mayo de 2000 cación Nº 002-2000/UA-MDS, el Artículo 1º del D.S. Nº 037-99- PCM, establece que el Procedimiento de la Adjudicación de Menor Cuantía es aplicable a los Procesos de Adjudicación Directa cuando se declaren desiertos en dos oportunidades, requiriéndose previamente autorización de la más alta auto- ridad de la Entidad o de quien cuente con delegación expresa; Que, el Artículo 2º del D.S. Nº 039-98-PCM, comple- menta de que para efectos de la Ley y el Reglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, se considera como la más alta autoridad al titular de la Entidad, siendo éste de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 6º de la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado; Que, el último párrafo del Artículo 19º de la Ley Nº 26850, establece que las exoneraciones deben hacerse de conoci- miento, bajo responsabilidad de la más alta autoridad presu- puestal o del Directorio, de la Comisión de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la República, del Ministerio de Economía y Finanzas y de la Contraloría General de la República, dentro de los diez días calendario siguientes a la fecha de su aprobación; Que, el Artículo 20º de la Ley Nº 26850, complementa la disposición anterior, estableciendo que dichas adquisicio- nes y contrataciones se realizan mediante el procedimiento de adjudicación directa a que se refiere el último párrafo del Artículo 13º de la Ley Nº 26850 (esto es, mediante adjudica- ción directa de menor cuantía) y se aprobarán mediante resolución de la máxima autoridad de la entidad en el caso de los Gobiernos Locales, debiendo ser publicadas en el Diario Oficial El Peruano; Por estas consideraciones y con el Visto Bueno de la Oficina de Administración, Oficina de Asesoría Jurídica y la Oficina de Planificación, Presupuesto y Racionalización, en el uso de las atribuciones conferidas en el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades, así como las establecidas en la Ley Nº 26850 y el D.S. Nº 039-98-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración de la Adju- dicación Directa con Publicación Nº 002-2000/UA-MDS, para la contratación del servicio de Regadío de las Areas Verdes con Camión Cisterna en el distrito de Surquillo, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Autorizar a la Oficina de Adminis- tración para que disponga a la Unidad de Abastecimientos el inicio del procedimiento de adjudicación de menor cuan- tía para la contratación del servicio Regadío de las Areas Verdes con Camión Cisterna en el distrito de Surquillo contenido en la Cláusula precedente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850 y su Reglamento D.S. Nº 039-98-PCM. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina de Administra- ción y la Oficina de Secretaría General poner en conocimiento de la presente Resolución, a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República, al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República, así como su debida publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. GUIDO CASASSA BACIGALUPO Alcalde 5253 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MARCAPOMACOCHA Designan ejecutor y auxiliar coactivos de la municipalidad (Se publica la presente Resolución de Alcaldía a solicitud de la alcaldía de la Municipalidad Distrital de Marcapomaco- cha, mediante oficio Nº 034-MDM-2000) RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 04-AL/MDM Marcapomacocha, 13 de mayo de 1999 VISTO, el Acta Nº 001-99-CCPM/MDM, de la Comisión de Concurso Público de Méritos de la Municipalidad Distri- tal de Marcapomacocha, respecto al Concurso Público deMéritos Nº 001-99-MDM, para la designación de Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 03-99-AL/ MDM se designó a la Comisión de Concurso Público de Méritos para la designación del Ejecutor y Auxiliar Coacti- vos de la Municipalidad; Que, la Ley Nº 26979, de Procedimiento de Ejecución Coactiva, dispone que las entidades de la Administración Pública, procederán a convocar a Concurso Público de Méritos, para la designación del Ejecutor y Auxiliares coactivos; Que, la Municipalidad de Marcapomacocha, en cumpli- miento de lo dispuesto en la citada Ley, efectuó el Concurso Público de Méritos Nº 001-99-MDM, pronunciándose la Comisión y declarando a los Ganadores para ocupar las Plazas de Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distriral de Marcapomacocha; Que, el proceso de selección terminó el 11 de mayo del presente año, resultando designados para el cargo de Eje- cutor Coactivo el Dr. José Antonio Romero Cánepa y como Auxiliar Coactivo el Sr. Yonel Javier Ortega Osorio. De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26979, de Procedimiento de ejecución coactivo, y ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha en el cargo de EJECUTOR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de Marcapomacocha, al Dr. José Antonio Romero Cánepa con CAL Nº 10476, en el nivel SPA. Artículo Segundo.- Designar a partir de la fecha en el cargo de AUXILIAR COACTIVO de la Municipalidad Dis- trital de Marcapomacocha, al Sr. Yonel Javier Ortega Osorio con L.E. Nº 25693313, en el nivel STA. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección Municipal, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Cuarto.- Las especies embargadas serán deposi- tadas en el lugar que la Municipalidad designe especialmente. Artículo Quinto.- Ofíciese a la Policía Nacional con transcripción de la presente Resolución, a efectos de que presten el auxilio necesario según lo establecen las normas legales pertinentes. Asimismo ofíciese al Ministerio de Economía y Finanzas para los efectos correspondientes. Regístrese, comuníquese a la Corte Superior de Justi- cia, Tribunal Fiscal y demás organismos que compete, cúmplase y archívese. LUIS CAPCHA CONDEZO Alcalde 5249 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 008-2000/MDC Por oficio s/n, la Municipalidad Distrital de Carabayllo solicita se publique fe de erratas de la Ordenanza Nº 008- 2000/MDC y anexos, publicados el 30 de abril de 2000, en la página 186113. En el sexto considerando. DICE: COSTO S/. SERVICIO MENSUAL ANUAL -Limpieza Pública 149,554.03 1'794,648.40 -Parques y Jardines 55,951.90 671,422.80 TOTAL S/. 205,505.93 2'468,071.20 DEBE DECIR: COSTO S/. SERVICIO MENSUAL ANUAL -Limpieza Pública 125,544.50 1'506,534.00 -Parques y Jardines 41,726.00 500,712.00 TOTAL S/. 167,270.50 2'007,246.00