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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2000 (12/05/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 33

Pág. 186543 NORMAS LEGALES Lima, viernes 12 de mayo de 2000 1.053 Por efectuar propaganda electoral en las vías públicas, plazas, parques y jardines declaradas zonas rígidas 300 1.054 Por no borrar o retirar cada uno de los elementos de propagandas electorales dentro del plazo señalado en el Artículo 193º de la Ley Orgánica de Elecciones 300 1.055 Por efectuar pintas, destruir o deteriorar la propaganda electoral colocada por un candidato, organización o agrupación política lista independiente o alianza 300 1.056 Por colocar propaganda electoral que impida u obstaculice la visión de otra previamente colocada 300 1.057 Por pintar o colocar propaganda electoral en calzadas, pistas, sardineles, señales de tránsito, árboles, monumentos, sobre publicidad autorizada con fines comerciales en postes de energía eléctrica, telefónica y de televisión por cable 300 1.058 Utilización de publicidad electoral sonora tales como: equipos de sonido, claxon, megáfonos, alarmas, etc., fuera del horario establecido. En caso de reincidencia se procederá al decomiso de los mismos 300 1.059 Por uso de equipos en deterioro para el traslado y manipulación de gas licuado de petróleo 1160 1.060 Por venta de combustible de gas licuado de petróleo y derivados en locales públicos y privados sin implementar y cumplir las medidas de seguridad establecidas 5800 2- DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA URBANA 2.001 Por efectuar las empresas públicas o instituciones, sin autorización municipal trabajos que destruyan las pistas, veredas y/o sardineles, o por reparar deficientemente las mismas sin perjuicio de reponer el daño 2900 2.002 Por construcción de gibas, rompemuelles u otros obstáculos en las pistas, sin perjuicio del retiro y la reposición a su estado anterior por cuenta del infractor 2900 2.003 Por modificar y señalizar zonas rígidas en vía pública sin autorización, sin perjuicio de volver a su estado original por cuenta del infractor 1160 2.004 Por realizar construcciones, remodelaciones y modificaciones sin contar con la respectiva autorización municipal 3% V.O. Mínimo 580 2.005 - Por realizar obras de demolición sin Autorización Municipal 140 x m2 - Por efectuar excavaciones sin Autorización Municipal 140 x m3 Mínimo 290 2.006 Por provocar daños, deterioro o fallas estructurales por deficiencias en las instalaciones de servicios afectando a otros predios o vía publica, sin perjuicio de la reparación correspondiente 1450 2.007 Por construir habitaciones precarias o provisionales en azoteas o en los inmuebles (por m²) sin perjuicio de la demolición respectiva 290 x m² Mínimo 1450 2.008 Por hacer caso omiso a la orden municipal de paralización de la obra de construcción, remodelación, refacción, ampliación, modificación, demolición y/o excavación 5800 2.009 Por efectuar la redistribución de ambientes del inmueble, diferente a los planos aprobados, (sin perjuicio de regularización) 1450 2.010 Por construir mayor área a la autorización en la Licencia respectiva 10% valor de la obra sin perjuicio de la demolición Mínimo 580 2.011 Por realizar obras de acondicionamiento y refacción sin comunicación previa al municipio del inicio de dichas obras 580 2.012 Por no comunicar al municipio con la debida anticipación (5 días hábiles) la programación de obra en sus 3 etapas para realizar la supervisión respectiva 580 2.013 Por reiniciar obra sin haber levantado las observaciones de la Comisión Supervisora de Obras o del área de Control Urbano 1450 2.014 Por no cercar, cercar en forma inadecuada o no conservar en buen estado el cerco de terrenos sin construir. Sin perjuicio de la obligación de cercar el terreno. Por metro lineal 300 2.015 Por incumplir con el tarrajeo hacia lotes colindantes y/o vía pública, sin perjuicio de la obligación de realizar el mismo 1450 2.016 Por efectuar obras de construcción y/o demolición sin adoptar las medidas de seguridad pertinentes, a fin de evitar causar daños a las personas, muebles, inmuebles colindantes y/o vía pública 1885 2.017 Por efectuar obras de excavació n sin adoptar las medidas de seguridad pertinentes causando daños a los inmuebles colindantes y/o vía pública, sin perjuicio de reponer el daño 2900 2.018 Por carecer de numeración el predio y/o asignarse número sin autorización municipal por cada número 580 2.019 Por almacenar materiales de construcción en la vía pública impidiendo el tránsito vehicular y/o peatonal, o en azoteas y áreas comunes 580 2.020 Por efectuar conexiones clandestinas de redes públicas eléctricas y/o de agua hacia el predio 1450 2.021 Por no estar bien ubicado o por no conservar en buen estado el cerco de una obra. Por cada metro lineal 300 2.022 Por incumplimiento de compromiso realizado 1450 2.023 Por provocar molestias y perjuicios al vecindario con chimeneas, ductos de ventilación o extractores de aire defectuosos o con altura antirreglamentaria 1450 2.024 Por ocupación, uso y/o apropiación indebida de áreas y aires comunes (Edificios, quintas y otros) 580 x m² Mínimo 870 2.025 Por desacato a la orden de reparación de daños materiales a vecinos 1450 2.026 Por falsear información al presentar un expediente de queja 870 2.027 Por variar la fachada mediante añadidos, perforaciones y otros, sin perjuicio de reponer a su estado anterior 1450 2.028 Por no acatar las disposiciones de ornato, sobre colores de fachadas y tratamiento exterior de las mismas 1450 2.029 Por funcionar sin la Autorización de Apertura y del Certificado de Autorización Municipal de Funcionamiento - Locales de - 120 m² 2900 - Locales de + 120 m² 5800 2.030 Por ampliar y/o cambiar de giro sin la respectiva autorización municipal, locales comerciales 870 2.031 Por cambiar de nombre, denominación o razón social sin la respectiva autorización de apertura de funcionamiento 580 2.032 Por no realizar el cese de actividades (temporal o definitivo) 300 2.033 Por alterar texto del Certific ado de Autorización Municipal de Funcionamiento (sin perjuicio de la denuncia penal correspondiente) 2900 2.034 Por desacato a la orden de clausura Locales de –120m² 5800 Locales de + 120m² 11600 2.035 Por ocupación de la vía pública y/o retiro municipal, pasadizos de libre circulación y/o pasajes comunes con fines comerciales y sin Autorización Municipal sin perjuicio del decomiso 1450 2.036 Por instalar anuncios y/o publicidad comercial sin autorización municipal, o no renovarla, sin perjuicio del retiro del anuncio 300 (por m²) 2.037 Por instalar anuncios y/o publicidad comercial antes de obtener autorización municipal con expediente o solicitud en trámite 300 (por m² ) 2.038 Por instalar anuncios cuyas solicitudes de autorización o renovación hayan sido denegadas, sin perjuicio del retiro del anuncio 300 (por m² ) 2.039 Por instalar anuncios y/o publicidad comercial en forma distinta a la autorizada sin perjuicio del retiro (por m² ) 300 2.040 Por pintar directamente sobre la fachada o puertas de ingreso, lemas o propaganda comercial 870 2.041 Por mantener en mal estado los soportes, elementos y anuncios de Publicidad exterior (por elemento y/o m2) 300 2.042 Por no retirar el elemento de publicidad exterior, a la caducidad de la autorización respectiva, sin el perjuicio del retiro del mismo ( por elemento y/o m2) 300