Norma Legal Oficial del día 12 de mayo del año 2000 (12/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de MORDAZA de 2000
1450 2900 1450 580 2900 1450 5800 11600 2900 5800 1450 300 580 5800 5800 5800 1450 2900 8700 1450 1450 590 1450 150 5800 150 2030 2900

Por instalar elementos o soportes de publicidad exterior sin contar con las medidas de seguridad requerida o contraviniendo el R.N.C. 2.044 Por no adecuar convenientemente los elementos de publicidad exterior existentes en el plazo senalado. 2.045 Por no comunicar oportunamente el cambio de leyenda en los elementos de publicidad exterior. 2.046 Por carecer de autorizacion para instalacion o retiro de postes para tendido de redes aereas (por cada poste). Sin perjuicio del retiro por cuenta del infractor de ser el caso 2.047 Por instalacion o retiro de postes para tendido de redes aereas, sin adoptar las medidas de seguridad pertinentes, a fin de evitar causar danos a personas, muebles, inmuebles colindantes y/o via publica (por cada poste) 2.048 Por carecer de autorizacion para la instalacion o retiro, de cabinas telefonicas o similares en la via publica o establecimientos comerciales (por cada cabina, aparato telefonico o similares) 2.049 Por instalacion de antena tubular, o de estructura liviana, sobre base de estructura metalica, parabolica y otros, sin contar con la debida Autorizacion Municipal: Hasta 10 mt de altura Mas de 10 mt. de altura 2.050 Por efectuar instalaciones de antena tubular sobre base de estructura metalica, parabolica u otros en forma distinta a la autorizacion sin perjuicio de retirar la antena, adecuarla a la autorizacion o regularizar la nueva autorizacion de ser el caso. 2.051 Por efectuar instalaciones de antenas tubulares, sobre base de estructura metalica, parabolicas u otras, sin adoptar las medidas de seguridad pertinentes, a fin de evitar causar danos a personas, muebles, inmuebles colindantes y/o via publica 2.052 Por no comunicar oportunamente las empresas de servicio publico de electricidad a la Municipalidad, las obras de instalacion de postes para el tendido de redes aereas o subterraneas (por cada poste) 2.053 Por no comunicar oportunamente las empresas de servicio publico de electricidad a la Municipalidad, las obras de instalacion (tendido) de redes aereas o subterraneas (por metro lineal) 2.054 Por carecer de autorizacion para efectuar las instalaciones (tendido) de redes aereas o subterraneas (por metro lineal). 2.055 Por instalacion (tendido) de redes aereas y/o subterraneas, sin adoptar las medidas de seguridad pertinentes, a fin de evitar causar danos a personas, muebles, inmuebles colindantes y/o via publica 2.056 Por carecer de autorizacion para la construccion o demolicion de camaras de registro o subestaciones subterraneas (por cada unidad) 2.057 Por realizar construcciones o demoliciones de camaras de registro o subestaciones subterraneas, sin adoptar las medidas de seguridad pertinentes, a fin de evitar causar danos a personas, muebles, inmuebles colindantes y/o via publica 2.058 Por carecer de autorizacion para construccion de buzones en la via publica (por buzon) 2.059 Por construccion de buzones en la via publica; sin adoptar las medidas de seguridad pertinentes, a fin de evitar causar danos a personas, muebles, inmuebles colindantes y/o via publica 2.060 Por cortes o deficiencia del fluido electrico sin que medie comunicacion previa a la municipalidad y que no obedezca a causas fortuitas o fuerza mayor debidamente acreditada, que atente contra la Seguridad Ciudadana 2.061 Por deficiencias en el funcionamiento de las instalaciones y en el mantenimiento de luminaria (equipo, lampara y difusor), estructura, cables y otros, que produzcan disminucion o cortes de fluido, desprendimiento de cables, descargas electricas, caida de poste o similares que atenten contra la Seguridad Ciudadana (por unidad) 2.062 Por instalar postes que no se adecuen al diseno MORDAZA (ubicaciones, distancias, caracteristicas o similares; adecuadas) establecido por la Municipalidad (por unidad). Sin perjuicio del retiro del poste por cuenta del infractor 2.063 Por funcionar en mayor area que la autorizada 2.064 Por mantener un inmueble en estado de abandono, sucio, con desmonte y desperdicios (sin perjuicio del cercado y bloqueo de las puertas de ingreso y ventanas) 2.065 Por no presentar declaracion jurada de permanencia en el padron de Autorizacion Municipal de Funcionamiento en el plazo indicado 2.066 Por venta, almacenamiento de gas licuado de petroleo, sustancias inflamables, toxicos, balones de gas y derivados sin las medidas de seguridad 2.067 Por acumulacion de basura y articulos comestibles y/o otros en techos 2.068 Por no mantener las medidas de seguridad en locales publicos y privados 2.069 Por no contar con la MORDAZA de seguridad (espectaculos actividades sociales y/o deportivas, clubs, instituciones publicas y privadas, cines, teatros, centros educativos, comercio, ferias y otros) 3.- DIRECCION DE PROMOCION Y SERVICIOS COMUNALES 3.001 Por expender productos, comidas y bebidas no aptas para el consumo humano. Sin perjuicio de la denuncia a la autoridad competente y el pago del valor de los analisis bromatologicos realizados (la reincidencia clausura definitiva) 3.002 Por encontrarse comercializando medicamentos no autorizados y/o con fecha vencida, sin perjuicio del decomiso y de la denuncia penal correspondiente 3.003 Por no proteger o conservar de acuerdo a las normas sanitarias los alimentos o mercaderia que se expenden para el consumo del publico, al transportarlos o almacenarlos, sin perjuicio del decomiso 3.004 Por reutilizar envases descartables en el expendio de alimentos y bebidas 3.005 Por tener el servicio de agua y desague en malas condiciones y/o falta de salubridad, en lugares que venden o expenden alimentos. Sin perjuicio de la clausura del local 3.006 Por carecer de depositos y/o envases con tapa para los desperdicios solidos y liquidos 3.007 Por comercializar productos toxicos o quimicos (detergentes a granel), insecticidas, desinfectantes, otros en el ambiente destinado a los alimentos con riesgo de contaminacion 3.008 Por tener los tanques, cisternas y piscinas infectados, contaminados o sucios y/o carecer del Certificado de Saneamiento Ambiental 3.009 Por tener vajilla, cubiertos, equipos, maquinarias y/o utensilios de cocina en mal estado de conservacion e higiene 3.010 Por no usar los trabajadores, las vestimentas o uniformes adecuados, asi como no observar las reglas de higiene, para la manipulacion directa de alimentos 3.011 Por carecer del Certificado de Saneamiento Ambiental (fumigacion o desinfeccion) en los lugares publicos 3.012 Por carecer de carne sanitario, los propietarios y empleados para la manipulacion de alimentos 3.013 Por falta de limpieza en el local y presentar deterioros en su infraestructura que imposibilita las adecuadas condiciones de higiene 3.014 Por ejercer el Comercio Transitorio modificando el modelo del modulo autorizado (con decomiso del modulo) 3.015 Por conducir el modulo, persona diferente al titular, sin autorizacion - Puestos de MORDAZA, Comercio Transitorio Autorizado ( sin perjuicio del retiro del modulo) 3.016 Por arrojar desperdicios en las redes de alcantarillado y/o MORDAZA de regadio 3.017 Por realizar el servicio de desinfeccion u otros, en horas laborables 3.018 Por no exhibir los precios en la pizarra o similares, indicando la clasificacion del producto (de las carnes, pescados y otros) 3.019 Por no contar con la documentacion sustentatoria de la procedencia de las carnes 3.020 Por ingresar o retirar mercaderia, en horario y/o por puertas del MORDAZA no autorizadas 3.021 Por no contar con el botiquin de primeros auxilios y los medicamentos basicos 3.022 Por contravenir las condiciones en la venta de alimentos frios al paso establecidas en el D.A. Nº 020-96/MJM 3.023 Por no solicitar permiso para ayudante del puesto de MORDAZA 3.024 Por MORDAZA de arboles sin la autorizacion municipal

2900 2900 580 300 580 150 580 580 300 150 300 150 300 150 200 200 300 150 300 300 150 580 50 x permiso 2900

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