Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2000 (03/11/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de noviembre de 2000

Articulo 2º.- Los montos aprobados en el Anexo que se senala en el articulo precedente, se desagregan a nivel de Pliego, Unidad Ejecutora, Funcion, Programa, Grupo Generico de Gastos y MORDAZA de Financiamiento de acuerdo a los reportes que forman parte del Calendario de Compromisos del mes de noviembre del ano fiscal 2000. Registrese y comuniquese.

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA S. Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educacion 12647

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General Direccion Nacional del Presupuesto Publico
ANEXO DE LA RESOLUCION DIRECTORAL Nº 041-2000-EF/76.01 CALENDARIO DE COMPROMISOS NOVIEMBRE DE 2000

DEFENSA
Aprueban Normas de Practicaje Maritimo y de los Practicos Maritimos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 0472-2000/DCG 18 de octubre de 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 153-86-MA/ DC de fecha 15 MORDAZA 1986, se establecen las condiciones minimas para el desempeno como practico, las cuales estan previstas actualmente en el Reglamento de Capitanias y de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-87/MA de fecha 9 MORDAZA 1987; Que, por Resolucion Directoral Nº 159-86-MA/DC de fecha 21 MORDAZA 1986, se establece las cantidades minimas de practicos para los terminales maritimos a cargo de la Empresa Nacional de Puertos ENAPU S.A.; Que, por Resolucion Directoral Nº 178-86-MA/DC de fecha 27 MORDAZA 1986, se dictaron disposiciones para las actividades de practicaje, las mismas que estan normadas en el mencionado reglamento, asi como las tarifas o los servicios de practicaje que en la actualidad no es competencia de la Autoridad Maritima; Que, con Resolucion Directoral Nº 0311-99/DCG de fecha 13 agosto 1999, se MORDAZA la permanencia de los practicos que laboran en boyas a nivel nacional para garantizar la seguridad de las operaciones; Que, por Resolucion Directoral Nº 0044-93/DCG de fecha 3 marzo 1993, se senalan los requisitos para las empresas administradoras de practicos, incluyendose posteriormente en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-DE/MGP de fecha 10 marzo 2000; Que, la Resolucion A.485 (XII) del 19 noviembre 1981 de la Organizacion Maritima Internacional, aprobo las Recomendaciones sobre la Formacion y Competencia de Practicos que no MORDAZA practicos de altura, asi como los procedimientos operacionales de los mismos; Que, el Articulo 2º, inciso (f) de la Ley Nº 26620, Ley de Control y Vigilancia de las Actividades Maritimas, Fluviales y Lacustres, establecen que el ambito de aplicacion de la presente Ley comprende a las personas naturales y juridicas, cuyas actividades se desarrollen en los ambitos maritimo, fluvial y lacustre, sin perjuicio de las atribuciones que correspondan por ley a otros sectores de la administracion publica; Que, el Articulo A-010201, inciso (18) del citado Reglamento, dispone que corresponde a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas efectuar el control de los servicios de practicaje y pilotaje que se realicen en el territorio nacional; Que, el Articulo A-020201, incisos (d) y (g) del mencionado Reglamento, estatuye que estan bajo la jurisdiccion de la Direccion General de Capitanias y Guardacostas, las naves que se encuentran en aguas nacionales, asi como las empresas y/o personas cuyas actividades se desarrollen en o tengan alcance en el ambito maritimo, fluvial o lacustre; Que, en la Seccion I y II del Capitulo VI de la Parte "A" del precitado Reglamento, se MORDAZA las labores de practicaje y pilotaje, obligatorias en los puertos designados por la Autoridad Maritima, a cargo de practicos calificados y

SECCIONES PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL RECURSOS ORDINARIOS RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS RECURSOS POR OPERAC.OFICIALES DE CREDITO INTERNO RECURSOS POR OPERAC.OFICIALES DE CREDITO EXTERNO DONACIONES Y TRANSFERENCIAS MORDAZA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS RECURSOS ORDINARIOS CANON Y SOBRECANON PARTICIPACION EN RENTAS DE ADUANAS CONTRIBUCIONES A FONDOS RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS DONACIONES Y TRANSFERENCIAS TOTAL GENERAL:

EN NUEVOS SOLES 1200 079 498 889 246 155 121 449 446 15 392 180 699 399 8 669 106 904 619 640 652 439 561 19 317 200 9 002 779 80 894 175 132 807 573 10 158 352 2104 699 138

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EDUCACION
Designan Director General de la Oficina de Formacion de Personal Cientifico y Tecnologico del CONCYTEC
RESOLUCION SUPREMA Nº 168-2000-ED MORDAZA, 2 de noviembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director General de la Oficina (D-6) de la Oficina de Formacion de Personal Cientifico y Tecnologico - OFOPCYT, del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia - CONCYTEC; Que, con la finalidad de garantizar y asegurar la continuidad del servicio, es necesario designar a la persona que ocupara el cargo mencionado en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por Ley Nº 26510 y Decreto Ley Nº 25515 - Nombramiento de Cargo de Confianza; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a partir de la fecha al Dr. MORDAZA Quinones MORDAZA, en el cargo de Director General (Nivel D-6) de la Oficina de Formacion de Personal Cientifico y Tecnologico - OFOPCYT, del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnologia - CONCYTEC.

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