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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 (03/11/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 21

Pág. 194627 NORMAS LEGALES Lima, viernes 3 de noviembre de 2000 RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar infundada la solici- tud presentada por los señores Juvenal Rigoberto Cha- chi Tazza, Alfredo Sánchez Neyra y Leonidas Gaudencio Orosco Castro, sobre declaratoria de vacancia del cargo de alcalde del señor Elías Toledo Espinoza, en el concejo distrital de Santa Eulalia, e improcedente la solici- tud de vacancia en contra de los cargos de regidores de los señores Aristides Manuel Córdova Trujillo, Udelia Livia de Robles y Zenón Emiliano Quinto Romaní en el referido concejo, al no haberse presentado pruebas escri- tas suficientes que acrediten la solicitud planteada en el primer caso; y en el segundo, por no ajustarse el pedido a ley. Artículo Segundo.- Declarar infundado el recurso de revisión interpuesto por los ciudadanos antes mencionados, en contra del Acuerdo de Concejo Nº 026- 2000 MDSE, del concejo distrital de Santa Eulalia, de fecha 9 de agosto del 2000 por haberse suscrito el referido acuerdo con arreglo a ley. Artículo Tercero.- Declarar que el señor Elías To- ledo Espinoza continúa en el ejercicio del cargo de alcalde del concejo distrital de Santa Eulalia, y los señores Aristides Manuel Córdova Trujillo, Udelia Livia de Ro- bles y Zenón Emiliano Quinto Romaní, en el ejercicio de los cargos de regidores en el referido concejo, elegidos para el periodo municipal 1999 - 2002. Artículo Cuarto.- Solicitar a la Fiscalía Penal del Cono Este de Lima, informe a este órgano electoral, el resultado de la denuncia penal, interpuesta el 4 de julio del 2000, por los señores Alfredo Sánchez Neyra y Leonidas Gaudencio Orosco Castro, en contra del señor Elías Toledo Espinoza, por presunto delito de peculado y otros, en agravio del concejo distrital de Santa Eulalia. Artículo Quinto.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías necesarias para el cumpli- miento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BRINGAS VILLAR SOTO VALLENAS VELA MARQUILLO DE VALDIVIA CANO TRUJILLANO, Secretario General 12633 Declaran que regidor del Concejo Provincial de Huancayo continúa en ejercicio del cargo RESOLUCIÓN Nº 1300-2000-JNE Lima, 2 de noviembre de 2000 VISTOS: El recurso de revisión y escrito recibidos el 18 y 26 de octubre del 2000, interpuestos por Diego Franco Véliz Duarte, regidor del concejo provincial de Huancayo, departamento Junín, contra el acuerdo de concejo muni- cipal Nº 034-2000-MPH/CM de fecha 11 de octubre del 2000, que declaró la vacancia de su cargo; Los escritos recibidos el 18 y 24 de octubre del 2000, remitidos por Dimas Rudy Aliaga Castro, alcalde del concejo provincial de Huancayo, comunicando la declara- toria de vacancia del cargo de regidor correspondiente a Diego Franco Véliz Duarte, por estar incurso en la causal establecida en el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; solicitando se nombre al reemplazante conforme a ley; Oídos los informes solicitados; CONSIDERANDO: Que, el ciudadano Miguel Menendez Espinal por solicitud presentada ante el concejo provincial de Huan-cayo el 11 de septiembre del 2000, pidió se declare la vacancia del cargo de regidor correspondiente a Diego Franco Véliz Duarte, afirmando que tiene una relación cercana con EMSEL SERVICE E.I.R.L., empresa que obtuvo por adjudicación directa la concesión de dicha municipalidad para efectuar la inspección de transporte urbano e interurbano en la ciudad de Huancayo y en su calidad de presidente de la comisión de transportes y policía municipal, autorizó fotochecks acreditando a diversos ciudadanos por parte de la citada empresa concesionaria como inspectores de la dirección de trans- portes de la municipalidad en mención, conforme apare- ce de la copia que obra de fojas 208 a 210; Que, el concejo provincial de Huancayo sesión ordina- ria de fecha 3 de octubre del 2000, con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de sus miembros; ocho (8) votos a favor de la vacancia, un (1) voto en contra y tres (3) abstenciones, de un total de catorce (14) integrantes, acordó declarar la vacancia del cargo de regidor corres- pondiente a Diego Franco Véliz Duarte, por estar incurso en la causal de vacancia establecida en el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, cuya copia corre de fojas 87 a 89; asimismo, por acuerdo de concejo municipal Nº 034-2000-MPH/CM de fecha 11 de octubre del 2000, también se ratificó la declaratoria de la mencio- nada vacancia, como aparece a fojas 205 y 206; Que, del análisis de autos se aprecia que: a) el regidor Diego Franco Véliz Duarte no es accionista ni desempe- ña cargo directivo o apoderado de la empresa EMSEL SERVICE E.I.R.L., empresa que por adjudicación direc- ta de la municipalidad de Huancayo, obtuvo la concesión para efectuar la inspección de transporte urbano e inter- urbano en la provincia de Huancayo, conforme se aprecia de la copia de la ficha registral otorgada por el Registro Público de Huancayo que obra a fojas 58; tampoco intervino en la suscripción del contrato de la mencionada empresa y dicho municipio, cuya copia corre de fojas 52 a 56; b) el regidor Diego Franco Véliz Duarte fue nombra- do presidente de la comisión de transporte y policía municipal, para el período 2000, por resolución de conce- jo municipal Nº 001-2000-CM/MPH, cuya copia obra a fojas 28 y 29; posteriormente, dicho concejo teniendo el proyecto elaborado por la comisión en mención, expide la ordenanza municipal Nº 010-MPH/CM, mediante el cual se aprueba el reglamento del servicio público de trans- porte urbano e interurbano de pasajeros para la provin- cia de Huancayo, norma que su cuarta disposición final encarga a la citada comisión como órgano gestor y resolutivo del manejo del transporte en dicha provincia; c) la comisión de transporte y policía municipal autorizó el uso de rutas en la provincia de Huancayo, este hecho no constituye un exceso de atribuciones ni de la comisión ni la de su integrante el regidor Diego Franco Véliz Duarte, toda vez que, proceden conforme a la delegación de facultades establecida en la cuarta disposición final de la ordenanza en mención; además, la autorización de fotochecks acreditando inspectores de la dirección de transportes de la municipalidad, constituye un acto regular del regidor Diego Franco Véliz Duarte, al haber actuado conforme a la citada ordenanza y la cláusula séptima del contrato de concesión, debido a que, corres- ponde autorizar al concejo municipal al personal de la referida empresa; en otro extremo, si bien en autos se tiene a la vista diversas cartas dirigidas al director de transportes por el citado regidor, estos son pedidos o recomendaciones que no constituyen tienen carácter de obligatorio cumplimiento, no constituyendo actos ejecu- tivos inherentes a las funciones del cargo de director de transportes; Que, la causal de vacancia establecida en el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, se refiere a que, los regidores sean nombrados para desem- peñar cargos establecidos en el cuadro de asignación personal, sean de carrera o de confianza, ocupen cargos de miembros de directorio, gerente u otro, en la misma municipalidad o en las empresas municipales o de nivel municipal de su jurisdicción. Que, dichos presupuestos no se han cumplido en el caso del regidor Diego Franco Véliz Duarte; por tanto, no se encuentra incurso en la causal de vacancia establecida en el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853;