Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 (10/11/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 2

Pág. 194812 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de noviembre de 2000 De conformidad con lo establecido en el Artículo 155º del Texto Unico Ordenado del Código Tributario, aproba- do por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar IMPROCEDENTE el Recur- so de Queja interpuesto por la señora María Exebio Bances contra la Resolución del Tribunal Fiscal Nº 140-5-99. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas 12951 Precios FOB de referencia para la apli- cación de los derechos específicos correspondientes a la importación de productos agropecuarios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 157-2000-EF/15 Lima, 8 de noviembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 0016- 91-AG, cuya vigencia fue restituida por el Decreto Ley Nº 25528 y modificatorias, la importación de ciertos produc- tos agropecuarios está sujeta a la aplicación de derechos específicos variables; Que, por Decreto Supremo Nº 114-93-EF y normas modificatorias, se actualizaron las tablas aduaneras apli- cables a las importaciones de los productos a que se refiere el considerando anterior; Que, corresponde publicar los precios FOB de referen- cia para la semana comprendida entre el 23 y el 29 de octubre del 2000 para el caso del maíz, arroz y azúcar y del 16 al 29 de octubre del 2000 para los productos lácteos; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 133-94-EF y el Decreto Supremo Nº 039-2000-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Publíquese los precios FOB de refe- rencia para la aplicación del derecho específico variable a que se refiere el Decreto Supremo Nº 133-94-EF: PRECIOS FOB DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 133-94-EF) US$ por T.M. Fecha Maíz Arroz Azúcar CORN/WLD01 CREED RICE MR SUGRCSCS Del 23/10/2000 al 29/10/2000 84 180 233 PRECIOS FOB DE REFERENCIA DE PRODUCTOS LACTEOS (DECRETO SUPREMO Nº 133-94-EF) (PROMEDIO QUINCENAL) US$ por T.M. Fecha Leche Entera en Polvo ¹_/ Del 16/10/2000 al 29/10/2000 2,150 ¹_/ Cotización superior obtenida del reporte 43 del Dairy Market News del 27-10-2000 Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas 12953 Constituyen Base de Datos relaciona- da con información del Personal Acti- vo y Pensionistas de las Unidades Eje- cutoras del Presupuesto del Sector Público, utilizada en la elaboración de Planillas de Pago RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 164-2000-EF/77 Lima, 9 de noviembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, es competencia del Ministerio de Economía y Finanzas, entre otros, planear, dirigir y controlar los asuntos relativos al presupuesto y tesorería; Que, el inciso f) del numeral 3.1 del Artículo 3º del Decreto de Urgencia Nº 058-2000, ha dispuesto que el pago de planillas del personal activo y cesante de cada Pliego debe considerar únicamente a sus funcionarios, servidores y pensionistas registrados nominalmente en la Planilla Unica de Pagos; Que, en tal sentido es indispensable organizar y mantener una Base de Datos centralizada en el Ministe- rio de Economía y Finanzas relacionada con la elabora- ción y procesamiento de las Planillas de Pagos tanto del personal activo como de los pensionistas de las diferen- tes Unidades Ejecutoras del Presupuesto del Sector Público que, debidamente compatibilizada con la infor- mación registrada en el SIAF SP, permita implementar mecanismos adicionales para optimizar las operacio- nes de tesorería relacionadas y, a la vez, disponer de mayores elementos para el seguimiento de la ejecución del gasto; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Finanzas, modificado por el Decreto Legislativo Nº 325 y en los Artículos 25º y 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo-; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constituir en el Ministerio de Economía y Finanzas una Base de Datos relacionada con la infor- mación del Personal Activo y de Pensionistas de las diferentes Unidades Ejecutoras del Presupuesto del Sec- tor Público que, de acuerdo con los instrumentos técnico- legales formalizados en los niveles institucionales corres- pondientes, es utilizada en la elaboración de las respecti- vas Planillas de Pagos. Artículo 2º.- El Director General de Administración conjuntamente con el funcionario a cargo de la adminis- tración de personal, o quienes hagan sus veces, en cada Unidad Ejecutora, bajo responsabilidad, deberán remitir la información que para los fines de la presente Resolu- ción sea requerida a través de la Dirección General del Tesoro Público, asegurándose su permanente y adecuada actualización. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BOLOÑA BEHR Ministro de Economía y Finanzas 12950 EDUCACIÓN Designan representante del Ministerio de Educación ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Chiclayo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 626-2000-ED Lima, 4 de octubre de 2000