Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2000 (10/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de noviembre de 2000

Que, el Centro Nacional de Vialidad del Ministerio de Transportes de MORDAZA y el Director Nacional de Vialidad de MORDAZA, en su calidad de Presidente del Consejo de Directores de Carreteras de Iberia e Iberoamerica, ha convocado al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion para que participe en la VII Reunion del Consejo de Directores de Carreteras de Iberia e Iberoamerica, que se realizara en la MORDAZA de La Habana, MORDAZA, durante los dias 15, 16 y 17 de noviembre del ano 2000; Que, en la citada Reunion se trataran temas relacionados a la elaboracion de catalogos de deterioro de pavimentos flexibles y rigidos; sistemas de transporte inteligente; aplicacion de la informatica en la tecnologia de carreteras, pesos por eje y dimensiones de vehiculos de carga, transportes especiales y cargas peligrosas; mapa de ideas para una red continental integrada y legislacion y normatividad ambiental; asimismo, se elegira la nueva Junta Directiva del Consejo de Directores de Carreteras de Iberia e Iberoamerica; Que, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, teniendo en consideracion lo senalado precedentemente, ha designado a los funcionarios que participaran en la VII Reunion del Consejo de Directores de Carreteras de Iberia e Iberoamerica, debiendo expedirse el acto administrativo del caso; De conformidad con la Ley Nº 27212, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 07485-PCM, 011-88-PCM, 031-89-EF y 135-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje de los siguientes funcionarios del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, a la MORDAZA de La Habana, MORDAZA, durante los dias 14 al 17 de noviembre del ano 2000, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolucion: - Ingeniero MORDAZA MORDAZA Montti MORDAZA, Directora Ejecutiva de la Direccion General de Caminos. - Ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Ejecutivo del Sistema Nacional de Mantenimiento de Carreteras -SINMAC. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente sera con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes US$ 949.64 - Viaticos US$ 1,600.00 - Tarifa por uso de Aeropuerto US$ 50.00 Articulo 3º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA BEDOYA CAMERE Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 12955

Vistas, las solicitudes formuladas por el CENTRO DE COMUNICACION PARA EL DESARROLLO EDUCATIVO, para operar una estacion de radiodifusion por Television educativa, ubicada en el distrito, provincia y departamento de Ica; para la disminucion de potencia y para el cambio de ubicacion de dicha estacion; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nº 193-97-MTC/15.19, publicada el 24 de MORDAZA de 1997, se concedio al CENTRO DE COMUNICACION PARA EL DESARROLLO EDUCATIVO, autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo improrrogable de doce (12) meses, para operar una estacion del servicio de radiodifusion por Television educativa, en el distrito, provincia y departamento de Ica; Que, el tercer parrafo del Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, establece que hasta MORDAZA de sesenta (60) dias previos a la terminacion del periodo de prueba, el titular de la autorizacion debe solicitar se verifique el estado de las instalaciones y practique las pruebas de funcionamiento respectivas; Que, segun el Articulo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para operar un servicio de radiocomunicacion autorizado; Que, el Articulo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion y a merito del informe tecnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion podra expedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Articulo 56º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendran un plazo MORDAZA de diez (10) anos para los servicios de radiodifusion, renovables a solicitud del interesado; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, de conformidad con el Informe Nº 104-2000-MTC/15.19.03.2, senala que habiendose efectuado la inspeccion tecnica a las instalaciones de la referida estacion de radiodifusion por Television educativa, se constato que cuenta con el equipamiento necesario y que han sido satisfactorias las pruebas de funcionamiento, por lo que emite su conformidad tecnica para que se le otorgue autorizacion para operar la estacion del servicio de radiodifusion, incluyendose la disminucion de potencia, el cambio de ubicacion y del MORDAZA de estacion de dicha estacion; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 254-2000-MTC/15.19.01, senala que es procedente autorizar la operacion de la citada estacion de radiodifusion por el plazo de diez (10) anos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 193-97-MTC/15.19; asi como tambien es procedente autorizar la disminucion de potencia, el cambio de ubicacion y de MORDAZA de estacion de dicha estacion; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 01393-TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 024-98MTC; 002-99-MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos al CENTRO DE COMUNICACION PARA EL DESARROLLO EDUCATIVO, la operacion de una estacion transmisora del servicio de radiodifusion por Television educativa, ubicada en el distrito, provincia y departamento de Ica, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas:

Autorizan al Centro de Comunicacion para el Desarrollo Educativo la operacion de estacion transmisora del servicio de radiodifusion por television en la provincia de Ica
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 398-2000-MTC/15.03 MORDAZA, 13 de octubre de 2000

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