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Pág. 194826 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de noviembre de 2000 O N P E Aprueban diseño de cédula de sufra- gio que se utilizará en consulta popu- lar de revocatoria del mandato de au- toridades municipales convocada para el 17 de diciembre RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 320-2000-J/ONPE Lima, 8 de noviembre de 2000 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 1237-2000-JNE, el Jurado Nacio- nal de Elecciones ha convocado a consulta popular de revoca- toria del mandato de autoridades municipales de la Repúbli- ca, para el día domingo 26 de noviembre del presente año; Que, por Resolución Nº 1269-2000-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones modificó la fecha de realización de la consulta popular referida en el Considerando preceden- te para el día domingo 17 de diciembre del presente año; Que, corresponde a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, entre otras funciones, organizar los procesos de consulta popular, así como la elaboración del diseño de la cédula de sufragio, de acuerdo a lo prescrito en el Artículo 182º de la Constitución Política y el Artículo 165º de la Ley Nº 26859 - Orgánica de Elecciones; En uso de las atribuciones conferidas por la Carta Fundamental y la Ley Orgánica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el diseño de la cédula de sufra- gio, cuyos formatos aparecen en los Anexos Nº 001 y Nº 002, que forman parte de la presente Resolución; los mismos que se utilizarán según corresponda, en la consul- ta popular de revocatoria del mandato de autoridades municipales de la República convocada para el 17 de diciembre del año en curso. Artículo 2º.- Los formatos de cédula de sufragio a que se refiere el artículo precedente, tienen un ancho de ocho un cuarto (8 1/4) pulgadas; y un alto de, seis (6) pulgadas para aquellas jurisdicciones electorales en que las autori- dades municipales, comprendidas en la consulta popular referida en el artículo precedente, sean de una (1), dos (2) o tres (3) y, ocho cinco octavos (8 5/8) pulgadas para aquellas jurisdicciones electorales en que las autoridades municipales, comprendidas en la consulta popular referi- da en el artículo precedente sean cuatro (4), cinco (5) o seis (6); tienen las características siguientes: I.- ANVERSO: Fondo con tramado de seguridad en tono de color crema, que decolora de izquierda a derecha, con las siglas inclinadas continuas OFICINA NACIONAL DE PRO- CESOS ELECTORALES. PARTE SUPERIOR: Impresión de texto centrado SISTEMA ELECTORAL (ONPE – JNE - RNIEC) Se imprime el Escudo de la República del Perú y seguidamente el texto centrado: CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DEL MANDATO DE AUTORIDADES MUNICIPALES - AÑO 2000 PARTE INFERIOR: Texto centrado: CÉDULA DE SUFRAGIO Firma obligatoria del Presidente de Mesa y op- cional de los Personeros que se encuentren presen- tes en el Acto de Instalación. A continuación, lleva impresa una línea horizontal centrada, que al pie lleva la notación FIRMA DEL PRE- SIDENTE. Seguidamente se imprimen líneas paralelas dispues- tas en forma ad hoc, y sirven para los personeros que deseen firmar. II.- REVERSO: Consta de una sección destinada a los votos por cada autoridad comprendida en la consulta popular de revocatoria de mandato de autoridades municipales, tiene un fondo con tramado de seguridad en tono de color crema, que decolora de izquierda a derecha, con siglas inclinadas continuas: OFICI- NA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES. PARTE SUPERIOR: Se imprimen las siguientes notaciones centradas: CONSULTA POPULAR DE REVOCATORIA DEL MANDATO DE AUTORIDADES MUNICIPALES – AÑO 2000 CONCEJO DISTRITAL DE “.....” PROVINCIA DE “.....” Texto impreso en recuadro: Para votar, lea las pre- guntas y luego marque una cruz (+) o un aspa (x) sobre las respuestas de su preferencia. PARTE INFERIOR: Consta de espacios interlineados de 22 mm., en los que se consignan el número de pregunta, los nombres de la autoridad comprendida en la consulta popular, la pregun- ta correspondiente y los recuadros que contienen las respuestas SI y NO. Característica general.- Los nombres de las autorida- des comprendidas en la consulta popular se imprimen con tipo de letra Times New Roman MT Extra Bold. 13.5. LADO IZQUIERDO: Consta de la notación centrada: PREGUNTAS A continuación se insertan, en los interlineados según corresponda, los textos siguientes: 1 Don (Apellidos y Nombres del Alcalde) ¿Debe dejar el cargo de Alcalde? 2 Don (Apellidos y Nombres del Regidor) ¿Debe dejar el cargo de Regidor? LADO DERECHO: Consta de la siguiente notación centrada: RESPUESTAS A continuación se insertan, en los interlineados según corresponda, la impresión de dos recuadros alineados de 18 x 18 mm. por cada autoridad comprendida en la consulta popular; el primer recuadro, comenzando por el lado izquierdo, tiene un fondo en tono de color verde con la palabra SI, seguidamente, el segundo recuadro tiene un fondo de color celeste con la palabra NO. Artículo 3º.- El procedimiento de ubicación en la cédula de sufragio, del nombre de las Autoridades Muni- cipales comprendidas en la consulta popular de revocato- ria será el siguiente: a) La primera pregunta estará referida al Alcalde del Concejo Distrital, según corresponda. b) La segunda pregunta y siguientes, estarán referi- das a los Regidores, en el mismo orden observado en las Resoluciones Nº 1237-2000-JNE, Nº 1263-2000-JNE y Nº 1295-2000-JNE, expedidas por el Jurado Nacional de Elecciones. Artículo 4º.- Transcribir la presente resolución al Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. GODOFREDO DAVILA ORIHUELA Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (e)