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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2000 (10/11/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 12

Pág. 194822 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de noviembre de 2000 233-SE-TP-CME-PJ, del 11 de julio del 2000; el Oficio Nº 063-2000-P-CEPAD/PJ de fecha 25 de agosto del 2000, remitiendo el Informe Nº 003-2000-CEPAD/PJ, el Oficio Nº 072-2000-CEPAD/PJ, los descargos y demás actuados relacionados con el Proceso Administrativo aperturado a los ex funcionarios y ex servidores del Poder Judicial por su gestión del período 1992 - 1995 y que se indican en la presente resolución; CONSIDERANDO: Que, en mérito de la Resolución Administrativa del Titular del Pliego Nº 233-SE-TP-CME-PJ de fecha 11 de julio del 2000 y de conformidad con lo opinado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Discipli- narios del Poder Judicial, se instauró Proceso Adminis- trativo Disciplinario contra los siguientes ex funciona- rios: José Santos Córdova Gamarra (ex Director Gene- ral de Personal y ex Gerente de Personal y Escalafón); Hilda Guzmán Marroquín (ex Jefa de la Unidad de Personal y ex Directora Ejecutiva de Remuneraciones y Pensiones); Luis Humberto Tonder Sánchez, Fernanda Vera Capurro, Wilfredo Gutiérrez Ancharaico, ex Di- rectores Ejecutivos de Personal y Recursos Humanos, Rafael Arcadio Mantilla Robles, ex Jefe de la Unidad de Planillas; y, los ex Delegados Administrativos: Marthi- ta del Rosario Montero de Silva de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, César Augusto Mantari Zacone- ta de la Corte Superior de Justicia de Ica; Walter Burgos Vera de la Corte Superior de Justicia de Ama- zonas; Manuel Gerardo Gonzáles Celi de la Corte Supe- rior de Justicia del Cono Norte; Francisca Flora Pari- huana Serrano de la Corte Superior de Justicia de Tacna-Moquegua; Rene Carbajal Lovatón de la Corte Superior de Justicia de Cusco-Madre de Dios; Héctor Raúl Pérez Galarza de la Corte Superior de Justicia de Junín; Juan Mendoza Mollares de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica; Eulogio Méndez de la Cruz de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho; José Padilla Hidalgo de la Corte Superior de Justicia de San Martín; Raúl Ocampo Gonzáles de la Corte Superior de Justicia de Apurímac; Claudio Arias Rojas de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, y de la señora Isabel Quispe Porras, ex Secretaria General de la Ofi- cina de Control de la Magistratura, actuados que fue- ron remitidos a la Comisión Especial de Procesos Administrativos del Poder Judicial y notificados los procesados a través del Diario Oficial El Peruano el 11 de julio del 2000; Que, la observación formulada por el Órgano de Control Interno Institucional menciona que durante el período de gestión de los señores José Santos Córdova Gamarra, ex Director General de Personal y ex Gerente de Personal y Escalafón, Hilda Guzmán Marroquín, ex Jefa de la Unidad de Personal y ex Directora Ejecutiva de Remuneraciones y Pensiones, Luis Humberto Ton- der Sánchez, ex Director Ejecutivo de Personal y Recur- sos Humanos, y Rafael Arcadio Mantilla Robles, ex Jefe de la Unidad de Planillas; los citados funcionarios efectuaron pagos a personal que ya había fallecido por un monto de S/. 215,510.88; sin embargo, de los descar- gos efectuados por los citados ex funcionarios, así como de los documentos cursados por la Supervisión de Teso- rería se ha podido establecer que, de dicha suma, no habrían sido cobrados S/. 72,995.66, en razón a que los cheques fueron anulados, no obstante; se determina que han sido cobrados injustificadamente cheques por un monto de S/. 25,281.55, no habiéndose determinado con documentos sustentatorios el destino de cheques por la suma de S/. 117,233.67, por cuanto la informa- ción que remitió la Oficina de Inspectoría General y la Supervisión de Tesorería resultó insuficiente, de lo que se deduce que el monto girado indebidamente y no recuperado asciende a la suma de S/. 142,515.22 cuya responsabilidad administrativa y pecuniaria recae en los antes indicados ex funcionarios y ex servidores, por incumplimiento de sus funciones, falta de control, falta de información oportuna de las bajas de fallecimiento, deficiente supervisión y no tener en cuenta los reportes de bajas para su inclusión en planillas, incurriendo en negligencia e incumplimiento de sus funciones y res- ponsabilidades de acuerdo con lo que establece el inciso e) del Artículo 29º del Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia General del Poder Judicial, aprobada por Resolución Administrativa Nº 015-94- CE-PJ del 28 de enero de 1994, y el inciso 2-g) del Capítulo II, Funciones Generales, y numeral 5.5.3, inciso d), del Manual de Organización y Funciones de la Oficina General de Personal del Poder Judicial, aproba- da por Resolución Directoral Nº 1050-93-OGP-PJ del 29 de setiembre de 1992, por lo que en este extremo existe responsabilidad administrativa y civil de los menciona- dos ex funcionarios por lo ocurrido en sus respectivas áreas, durante el período de gestión, siendo pasibles de sanción, de acuerdo a lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 005-90-PCM, que reglamenta el Decreto Legisla- tivo Nº 276; Que, así mismo el Órgano de Control Interno Institu- cional formula otra observación, manifestando que du- rante el período de gestión de los señores José Santos Córdova Gamarra, ex Director General de Personal y ex Gerente de Personal y Escalafón, Luis Humberto Ton- der Sánchez, ex Director Ejecutivo de Personal y Recur- sos Humanos, Hilda Guzmán Marroquín, ex Directora Ejecutiva de Remuneraciones y Pensiones, y Rafael Arcadio Mantilla Robles, ex Jefe de la Unidad de Plani- llas, se efectuaron pagos simultáneos de remuneracio- nes y pensiones a ex servidores del Poder Judicial hasta por un monto de S/. 169,736.16; de los descargos efec- tuados por los citados ex funcionarios, así como de los documentos cursados por la Supervisión de Tesorería se ha podido establecer que del monto antes indicado, no han sido cobrados cheques hasta por un monto de S/ . 35,206.95, en razón que los cheques fueron anulados, determinándose que habrían cobrado cheques hasta por un monto de S/. 50,832.55, no habiéndose demostra- do con documentos sustentatorios el destino de la dife- rencia del monto girado por S/. 83,696.66, por lo que la suma girada indebidamente asciende a S/. 134,529.21, cuya responsabilidad administrativa y pecuniaria re- cae en los antes indicados ex funcionarios, al haber incurrido en incumplimiento de sus funciones, como lo señala el inciso e) del Artículo 29º del Reglamento de Organización de la Gerencia General del Poder Judi- cial, aprobado por Resolución Administrativa Nº 015- 94-CE-PJ de fecha 24 de enero de 1994, y el inciso 2-g) del Capítulo II, Funciones Generales, y numeral 5.5.3, inciso d), Manual de Organización y Funciones de la Oficina General de Personal del Poder Judicial, aproba- da por Resolución Directoral Nº 1050-93-OGP-PJ del 29 de setiembre de 1992, determinándose negligencia en el cumplimiento de sus funciones, al no efectuar el control, superior y previsión en los hechos materia de esta resolución, por lo que han incurrido en faltas de carácter disciplinario como lo establece el Decreto Su- premo Nº 005-90-PCM, que reglamenta el Decreto Le- gislativo Nº 276, por lo que en este extremo existe responsabilidad pecuniaria, administrativa y civil de los mencionados ex funcionarios por lo ocurrido en sus respectivas áreas durante el período de su gestión, siendo pasibles de ser sancionados; Que, en el mismo Informe del Órgano de Control Interno Institucional, existe una observación que esta- blece que durante el período de gestión de los señores José Santos Córdova Gamarra, ex Director General de Personal y ex Gerente de Personal y Escalafón; Fernan- da Vera Capurro, Luis Humberto Tonder Sánchez y Wilfredo Gutiérrez Ancharaico, ex Directores Ejecuti- vos de Personal y Recursos Humanos; y, de los Delega- dos Administrativos Marthita Montero de Silva de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, César Man- tari Zaconeta de la Corte Superior de Justicia de Ica, Walter Burgos Vera de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, Manuel González Celi de la Corte Superior de Justicia del Cono Norte, Francisca Parihuana Serra- no de la Corte Superior de Justicia de Tacna-Moque- gua, Rene Carbajal Lovatón de la Corte Superior de Justicia de Cusco-Madre de Dios, Héctor Pérez Galarza de la Corte Superior de Justicia de Junín, Juan Mendo- za Mollares de la Corte Superior de Justicia de Huan- cavelica, Eulogio Méndez de la Cruz de la Corte Supe- rior de Justicia de Ayacucho, José Padilla Hidalgo de la Corte Superior de Justicia de San Martín, Raúl Ocampo González de la Corte Superior de Justicia de Apurímac y Claudio Arias Rojas de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica y de la señora Isabel Quispe Porras, ex