Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2000 (10/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, viernes 10 de noviembre de 2000

NORMAS LEGALES

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Secretaria General de la Oficina de Control de la Magistratura, se giraron cheques en forma indebida a trabajadores que habian renunciado, por un monto de S/. 69,945.51, de los descargos efectuados por los citados ex funcionarios, asi como de los documentos cursados por la Supervision de Tesoreria se ha podido establecer que de dicha suma se ha cobrado injustificadamente cheques por un monto de S/. 10,616.58, no determinandose el destino de los cheques girados hasta por un monto de S/. 48,659.20, ascendiendo la suma girada indebidamente a S/. 59,275.78, de lo que se deduce y concluye que los ex funcionarios y ex servidores MORDAZA citados han incurrido en responsabilidad administrativa y pecuniaria, al haber incumplido sus funciones de acuerdo al inciso e) del Articulo 29º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Gerencia General del Poder Judicial, aprobado por Resolucion Administrativa Nº 015-94-CE-PJ del 28 de enero de 1994, y el inciso 2-g) del Capitulo II, Funciones Generales, y numeral 5.5.3, inciso d), Manual de Organizacion y Funciones de la Oficina General de Personal del Poder Judicial, aprobado por R.D. Nº 1050-93-OGP-PJ del 29 de setiembre de 1992, determinandose negligencia en el desempeno de sus funciones, siendo de aplicacion lo que dispone el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM que reglamenta el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, siendo pasibles de sancion, por existir responsabilidad administrativa y civil por los hechos ocurridos en sus respectivas areas durante el periodo de su gestion; Que, la Comision Especial de Procesos Administrativos del Poder Judicial, ha efectuado las acciones de investigacion y de pruebas documentales, que sirven de sustento al MORDAZA administrativo disciplinario aperturado, y habiendo merituado las pruebas instrumentales que obran en autos y analizados los descargos efectuados por los ex funcionarios procesados; la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Poder concluyo, por la acreditacion de la responsabilidad administrativa y civil en lo que corresponda, de los ex funcionarios: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Tonder MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Capurro, MORDAZA MORDAZA Ancharaico, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Marthita del MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zaconeta, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Parihuana MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Mollares, MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respecto al periodo y cargo ejercido, hallandose su falta de caracter disciplinario tipificada en los incisos a), d) y l) del Articulo 28º, concordantes con los incisos a) y b) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, por lo que con su Informe Nº 0032000-CEPAD/PJ, remitido con Oficio Nº 063-2000-PCEPAD/PJ de fecha 25 de agosto del presente ano, dirigido al senor Secretario Ejecutivo, Titular del Pliego del Poder Judicial, y dentro del plazo establecido por el Articulo 163º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; recomienda la aplicacion de sanciones administrativas que corresponden a los ex funcionarios procesados y la autorizacion a la Procuraduria Publica a cargo de los asuntos del Poder Judicial, para que inicie las acciones legales correspondientes, con la finalidad de lograr el recupero de los montos indebidamente girados y cobrados, y, que ascienden a la suma de S/. 336,320.21; Que, con Memorando Nº 209-2000-PJ-SE de fecha 29 de agosto del 2000 y recibido el 1 de setiembre del presente ano, adjuntando el Memorandum Nº 2002000-PJ-SE-AS del senor Asesor Legal de la Secretaria Ejecutiva, el Titular del Pliego devuelve a la Comision Especial de Procesos Administrativos el expediente y antecedentes del MORDAZA administrativo aperturado, con el Proyecto de Resolucion Administrativa e informe, analisis y recomendaciones de sanciones que fue presentada por la MORDAZA indicada comision con Oficio Nº 063-2000-P-CEPAD/PJ de fecha 25 de agosto del presente ano, y dentro del periodo de 30 dias habiles que establece para ejecutar el MORDAZA administrativo, para que se tenga en cuenta lo indicado en el Memorandum

Nº 200-2000-PJ-SE-AS; periodo en que se produce la caducidad del MORDAZA en concordancia con el Articulo 163º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que reglamenta el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico, mas no asi la prescripcion, como lo establece el Articulo 173º de esta misma MORDAZA, por lo que corresponde al Titular del Pliego determinar la caducidad del MORDAZA eximiendo a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de responsabilidad por tal hecho y autorizar a la Procuraduria encargada de los asuntos del Poder Judicial a iniciar las acciones legales para el recupero de los pagos y giros indebidos, encausando a los responsables de tales hechos; Que, asimismo mediante Resolucion Administrativa Nº 233-SE-TP-CME-PJ del 11 de MORDAZA del 2000, se recomendo remitir MORDAZA de los actuados al Gerente General del Poder Judicial, para que de conformidad con el Reglamento Interno del Poder Judicial, emita pronunciamiento respecto del senor MORDAZA Goicochea MORDAZA, Supervisor de Tesoreria del Poder, debiendo tener en cuenta sus antecedentes administrativos y por ser personal comprendido en el regimen laboral de la actividad privada del Decreto Legislativo Nº 728 y sus normas conexas; Que, los senores MORDAZA MORDAZA Tonder MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y otros, han presentado expedientes solicitando se declare la caducidad del MORDAZA, pedidos que de acuerdo a las normas vigentes son procedentes y atendibles; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26546, modificadas, ampliadas y prorrogadas por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, y las Resoluciones Administrativas Nºs. 018-CME-PJ, 032CME-PJ y 029-99-SE-TP-CME-PJ, y los Articulos 163º y 173º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y con recomendacion de la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Poder Judicial; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARAR LA CADUCIDAD del MORDAZA Administrativo Disciplinario instaurado mediante la Resolucion Administrativa Nº 233-SE-TPCME-PJ a los ex funcionarios y ex servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director General de Personal y ex Gerente de Personal y Escalafon, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefa de la Unidad de Personal y ex Directora Ejecutiva de Remuneraciones y Pensiones, MORDAZA MORDAZA Capurro, MORDAZA MORDAZA Tonder MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Ancharaico, ex Directores Ejecutivos de Personal y Recursos Humanos, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Planillas, y los ex Delegados Administrativos: Marthita del MORDAZA MORDAZA de MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Zaconeta de la Corte Superior de Justicia de Ica, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de Amazonas, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte, MORDAZA MORDAZA Parihuana MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de TacnaMoquegua, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de Cusco-Madre de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Mollares de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, MORDAZA MORDAZA de la MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Secretaria General de la Oficina de Control de la Magistratura, y eximir a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios de responsabilidad por la caducidad incurrida, por los fundamentos senalados en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Poder Judicial a iniciar las acciones legales correspondientes, con la finalidad de

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