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Pág. 194878 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de noviembre de 2000 Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección de Ren- tas de esta Municipalidad el cumplimiento del presente Decreto. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS BEDOYA DE VIVANCO Alcalde 12935 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO Sancionan con destitución a ex funcionarios y servidores de la mu- nicipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 597-2000-MPH/A Huancayo, 18 de octubre de 2000 Visto, el Informe Nº 017-2000-CEPAD/MPH del 18 de octubre del año 2000 elevado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, sobre proceso administrativo disciplinario contra ex Funcionarios. CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía Nº 518-2000-MPH/ A del 7 de setiembre del presente año, se resuelve aperturar proceso administrativo disciplinario contra ex Funcionarios: Gustavo Eduardo Condezo Mansilla (Director General de Obras), Héctor Rolando Espinoza Huamán (Director General de Asesoría Legal), Mario Lazo Benavides (Director Municipal), Arturo Araujo Porras (Director de Abastecimientos), Leonel Pacheco Vila (Director General de Comercialización), Alfredo Silverio Jiménez Quispe (Director General de Adminis- tración); Que, mediante Informe del Visto, la Comisión Espe- cial de Procesos Administrativos Disciplinarios, en con- cordancia con el Informe Especial Legal Nº 001-2000- OAI/MPH, establece que durante la adquisición de ma- quinarias nuevas, repotenciada y/o usada llevada a cabo en 1995, los miembros de la Comisión de Adjudicaciones han incurrido en los siguientes hechos que constituyen faltas graves de carácter disciplinario: 1. Hubo ocultamiento de información de precio refe- rencial CIF para la elaboración de las bases el cual ascendía a $ 793,414.86 dólares, dichas bases sólo se limitaron a expresar un monto presupuesto de precio referencial de $ 500,000.00 dólares, incumpliendo lo esta- blecido en el Artículo 1.6.5 del RUA. 2. Los documentos presentados por los postores en la adjudicación directa Nº 001-95-MPH, muestran su condi- ción de inhábiles, por lo siguiente: ONTRACK oferta sólo vehículos menores, su actividad económica principal era de Asesoramiento Empresarial, no de venta de vehículos; GRUPO SABY S.A. no presentó escritura pública, sólo un escrito simple donde no se visualiza su capital social; IMPROVEN S.A. se manifestó insolvente en acto público, su capital social sólo era de S/. 10,000.00 nuevos soles, su actividad principal no era la venta de maquinarias, otor- gándose la buena pro a la Empresa IMPROVEN S.A. El comité de adjudicaciones inobservó la disposición del Artículo 4.5.3. del RUA. 3. No se hizo entrega de la letra a favor de la Munici- palidad Provincial de Huancayo para reparación de des- perfectos o mal funcionamiento que garantice un mínimo de un año después de la entrega de la maquinaria, trans- grediendo la cláusula séptima del contrato. 4. La Municipalidad pagó por concepto de desaduanaje el importe de $ 124,498.27 dólares, contraviniendo lacláusula cuarta del contrato que disponía el pago al proveedor $ 817,786.56 dólares, que incluía los conceptos de IGV, desaduanaje, fletes y seguros, puesto en un depósito de la empresa. 5. Los gastos del proceso de adjudicación fueron indebidamente asumidos por la Municipalidad al no haberse descontado a IMPROVEN S.A. los gastos de publicación de la convocatoria, otorgamiento de la bue- na pro, honorarios del notario, cuota inicial de póliza de seguros, gastos de insumo, depósito judicial a favor de IMPROVEN S.A., tasación del Pool de Maquinarias, contraviniendo el Artículo 3.1.8. del RUA. 6. No se hizo el cobro de penalidades y sanciones por la entrega de maquinaria en los plazos y fechas señaladas en el contrato en perjuicio económico de la Municipalidad por $ 529,300.62 dólares, no obstante haberse otorgado un adelanto del 50% del monto total pactado, transgrediendo el Artículo 6.1.2. del RUA y la Cláusula Décimo Tercera del Contrato; Que, en los descargos efectuados por los ex Funciona- rios, Gustavo Condezo Mansilla, Héctor Rolando Espino- za Huamán, Leonel Pacheco Vila y Arturo Araujo Porras no justifican, ni aclaran el motivo o razón legal de la transgresión señalados en el considerando anterior, agra- vándose en los ex Funcionarios Mario Lazo Benavides y Alfredo Silverio Jiménez Quispe quienes no presentaron los descargos de ley, pese a habérseles comunicado en su debida oportunidad; Que, los ex Funcionarios referidos, han transgredi- do las normas legales, las bases administrativas y el contrato para la provisión de maquinarias, vehículos nuevos, repontenciados y/o usados, incumpliendo sus funciones prevista en el Artículo 21º del Decreto Legisla- tivo Nº 276 concordante con los Artículos 126º y 129º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, habiendo incurrido en falta de carác- ter disciplinario establecido en los incisos a), d), f) y j) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, concor- dante con el Artículo 150º del D.S. Nº 005-90-PCM y el Artículo 6.1.5. del RUA; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrati- vos Disciplinarios ha recomendado se aplique la san- ción de destitución de la función pública a los ex Funcio- narios Mario Alberto Lazo Benavides por los numerales establecidos en el segundo considerando (1, 2, 3, 4, 5 y 6), Héctor Rolando Espinoza Huáman (1, 2 y 3), Alfredo Silverio Jiménez Quispe (1, 2, 3, 4, 5 y 6) y Leonel Pacheco Vila (1 y 2), asimismo, destitución de los ex Funcionarios y actuales servidores de la Municipalidad Provincial de Huancayo Arturo Araujo Porras (1, 2, 3 y 5) y Gustavo Eduardo Condezo Mansilla (1 y 2) de conformidad a lo establecido en el inciso d) del Artículo 26º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, Decreto Legis- lativo Nº 276 concordante con el inciso d) del Artículo 155º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; En uso a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, estando a lo recomendado por la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios; y con las visaciones correspondientes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- SANCIONAR por los fundamentos ex- puestos en la parte considerativa, con DESTITUCION de la función pública a los ex Funcionarios; Mario Lazo Benavides, Héctor Rolando Espinoza Huamán, Alfredo Silverio Jimenéz Quispe y Leonel Pacheco Vila. Asimis- mo, aplique la sanción de DESTITUCION a los ex Funcio- narios y actuales Servidores: Arturo Araujo Porras y Gustavo Eduardo Condezo Mansilla. Artículo 2º.- Publicar la presente Resolución de Al- caldía en el Diario Oficial El Peruano para los efectos de Ley. Artículo 3º.- Disponer que la Oficina General de Administración el cumplimiento de la presente Resolu- ción. Regístrese, comuníquese y archívese. DIMAS ALIAGA CASTRO Alcalde 12976