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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (03/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 7

Pág. 193577 NORMAS LEGALES Lima, martes 3 de octubre de 2000 CONSIDERANDO: Que la Secretaría General de la Conferencia de Minis- tros de los Países Iberoamericanos ha fijado la celebración de la XII Conferencia de Ministros de Justicia de los Países Iberoamericanos, en la ciudad de La Habana - Cuba, a partir del 2 al 5 de octubre de 2000; Que se ha designado al doctor Rafael Donaire Otárola, Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Justicia, como miembro integrante de la Delegación Peruana que partici- pará en la citada Conferencia, por lo que es necesario autorizar el viaje del mencionado funcionario y los gastos a efectuarse; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Supremo Nº 163-81-EF, modificado por Decreto Supremo Nº 031- 89-EF y el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al doctor Rafael Donaire Otárola, Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Justicia, del 1 al 5 de octubre de 2000, a la ciudad de La Habana - Cuba, para los fines expuestos en la parte consi- derativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán cubiertos por el Pliego 006 Ministerio de Justicia, de acuerdo al siguiente detalle: -Pasajes US$ 541,82 -Viáticos US$ 1 440,00 -Tarifa CORPAC US$ 25,00 -Tarifa de Aeropuerto de US$ 20,00 La Habana - Cuba Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. Francisco Tudela Primer Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 11291 Encargan funciones de Viceministra de Justicia a la Secretaria General del Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 280-2000-JUS Lima, 29 de setiembre de 2000 CONSIDERANDO: Que a la señora doctora Ana Reátegui Napurí, Vicemi- nistra de Justicia, se le autorizó viajar a la ciudad de La Habana - Cuba, para participar en la XII Conferencia de Ministros de Justicia de los países Iberoamericanos, cuya celebración es a partir del 2 al 5 de octubre de 2000; Que en consecuencia es necesario encargar las funcio- nes de Viceministra de Justicia, mientras dure la ausencia de la titular; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, y el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Orgánica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Encargar, a partir del 2 de octubre de 2000, a la señorita doctora Margarita Milagro Delgado Arroyo, Secretaria General del Ministerio de Justicia, las funciones de Viceministra de Justicia, mientras dure la ausencia de la titular.Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Ministro de Justicia 11255 DEFENSA Precisan el Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú DECRETO SUPREMO Nº 021-DE/MGP EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 005-DE/MGP, de fecha 10 de marzo de 2000, se aprobó la modificación y actuali- zación del "Texto Unico de Procedimientos Administrati- vos de la Marina de Guerra del Perú", TUPAM-15001, Edición 2000; Que, con fecha 29 de mayo de 2000 fue publicado en el Diario Oficial El Peruano, el Texto íntegro de dicha publi- cación, cuyo contenido en las partes "B", "C" y "D" relacio- nadas a diversos procedimientos administrativos de la Dirección de Hidrografía y Navegación, Dirección General de Capitanías y Guardacostas, y Dirección General del Material de la Marina; no guardan relación con los montos expresados en UIT contenidos en la columna "Derecho de Pago" del Texto original aprobado; que afectan indistinta- mente a los intereses de los Usuarios o de las referidas Direcciones, que amerita precisar; Que, esta adecuada concordancia entre los procedi- mientos administrativos que brinda la Marina de Guerra con los montos expresados permitirá la racionalización de los servicios y la rapidez en los mismos en beneficio de los usuarios con lo que se contribuye al desarrollo económico y social del país; Que, para estos aspectos la Ley Nº 26889 "Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa" en sus Artículos 6º y 7º, y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, de fecha 25 de junio de 1999, establecen que la rectificación sólo procede mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior; De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Precisar en el "Texto Unico de Procedi- mientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú", TUPAM-15001, Edición 2000, aprobado por Decreto Supre- mo Nº 005-DE/MGP de fecha 10 de marzo de 2000; que los montos expresados en UIT en la columna "Derecho de Pago" contenidos en los procedimientos administrativos de las partes "B", "C" y "D", relacionados a SETENTISEIS (76) procedimientos, de los cuales UNO (1) pertenece a la Direc- ción de Hidrografía y Navegación, SETENTITRES (73) a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, y DOS (2) a la Dirección General del Material de la Marina; no fueron reproducidos fidedignamente en la publicación del encarte de Normas Legales de fecha 29 de mayo de 2000 en el Diario Oficial El Peruano; siendo los contenidos los que figuran en el texto anexo que forman parte del presente Decreto Supremo. Artículo 2º.- El presente Decreto Supremo será refren- dado por el Ministro de Defensa. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticinco días del mes de setiembre del dos mil. Regístrese y comuníquese como Documento Oficial Pú- blico (D.O.P.) ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la República CARLOS BERGAMINO CRUZ Ministro de Defensa