Norma Legal Oficial del día 03 de octubre del año 2000 (03/10/2000)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

Nº DE ORD. DERECHO DE PAGO AUT. POS. NEG. NO REG.

DENOMINACION DEL PROCEDIMIENTO

REQUISITOS

CALIFICACION EVALUACION DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE APRUEBA EL TRAMITE AUTORIDAD QUE RESUELVE EL RECURSO IMPUGNATIVO

MORDAZA, martes 3 de octubre de 2000

b) Dominio del idioma Ingles para el correcto desempeno de sus funciones refrendado por un Instituto autorizado por el Ministerio de Educacion. c) Recibo original de pago por el tramite administrativo. NOTA: 1) Para la evaluacion correspondiente debera previamente presentar la MORDAZA de haber asistido a las maniobras establecidas en las disposiciones vigentes o MORDAZA de haber navegado por mas de 5 anos en navegacion fluvial, como Patron Practico Fluvial, expedida por el Capitan de Puerto de la jurisdiccion debidamente firmados por los Capitanes de Naves, Practicos Instructor y Capitan de Puerto de acuerdo a formato establecido otorgado por la Capitania de Puerto. 2) Al termino de la evaluacion, la Capitania de Puerto, emitira una MORDAZA del resultado de la misma. 0.5 UIT X (20 dias habiles) Capitania de Puerto. Director de Control de Intereses Acuaticos.

E-13

Otorgamiento de Licencia y Carne de Practico Maritimo.

Director General de Capitanias y Guardacostas.

NORMAS LEGALES

1. Solicitud dirigida al Director de Control de Intereses Acuaticos que contenga: a) Generales de ley y detalle de lo solicitado. b) Tres (3) fotografias de frente tamano pasaporte a color uniformado sin prenda de cabeza. c) MORDAZA Aprobatoria de Evaluacion de una maniobra diurna y otra nocturna emitida por la Capitania de Puerto de acuerdo al procedimiento E-12. d) Recibo original de pago por el tramite administrativo. NOTA: 2. Las Licencias de los practicos maritimos se otorgan independientemente y son las siguientes: a) Licencia para Terminales Maritimos. b) Licencia para Muelles Independientes o Particulares. c) Licencia para Boyas. 0.5 UIT X (10 dias habiles)

E-14

Revalidacion de Licencia y Carne de Practico Maritimo (cada 2 anos) y duplicado de Carne por Perdida o Deterioro.

Capitania de Puerto.

Director de Control de Intereses Acuaticos.

Director General de Capitanias y Guardacostas.

Pag. 193593

1. Solicitud dirigida al Capitan de Puerto que contenga: a) Generales de ley y detalle de lo solicitado. 2. Adjuntar: a) MORDAZA de haber efectuado maniobras a muelle y boya cada ano, segun sea el caso, refrendada por el Capitan de Puerto de la jurisdiccion (para Revalidacion de la Licencia) o MORDAZA aprobatoria de evaluacion de una maniobra diurna y otra nocturna emitida por la Capitania de Puerto de acuerdo al procedimiento E-12. b) Dos (2) fotografias de frente tamano pasaporte a color uniformado sin prenda de cabeza. c) Titulo original para la revalidacion correspondiente. d) Para el caso de duplicado, adjuntar MORDAZA de la denuncia policial o licencia y carne deteriorados segun corresponda. e) Recibo original de pago por el tramite administrativo: Por revalidacion de licencia y carne. Por duplicado de carne. 0.3 UIT 0.02 UIT

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.