Norma Legal Oficial del día 06 de octubre del año 2000 (06/10/2000)


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RESOLUCION JEFATURAL Nº 564-2000-JEF-RENIEC MORDAZA, 20 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 6 de octubre de 2000

Vistos; el Informe Nº 472-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 21 de junio del 2000 y la Comunicacion de fecha 26/5/2000 del Centro Poblado Menor de LIVES, distrito de UNION AGUA MORDAZA, provincia de SAN MORDAZA, departamento de CAJAMARCA; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo MORDAZA, creado por la Constitucion Politica del Estado, con la funcion de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la MORDAZA citada dispone que el Sistema Registral esta integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Direccion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil estime convenientes; Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de LIVES, reune los requisitos exigidos para autorizar la delegacion de funciones registrales establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la delegacion, en via de regularizacion a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de LIVES, comprension del distrito de UNION AGUA MORDAZA, provincia de SAN MORDAZA, departamento de MORDAZA, de las funciones registrales senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de LIVES, queda encargado de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta por la presente Resolucion, cenida a la normatividad registral vigente y bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 11381 RESOLUCION JEFATURAL Nº 565-2000-JEF-RENIEC MORDAZA, 20 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 473-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 21 de junio del 2000 y la Comunicacion de fecha 29/5/2000 del MORDAZA del Centro Poblado Menor de CASACANCHA, distrito de YANAS, provincia de DOS DE MORDAZA, departamento de HUANUCO; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo MORDAZA, creado por la Constitu-

cion Politica del Estado, con la funcion de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la MORDAZA citada dispone que el Sistema Registral esta integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Direccion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil estime convenientes; Que, conforme el informe del visto la Municipalidad del Centro Poblado Menor de CASACANCHA, reune los requisitos exigidos para autorizar la delegacion de funciones registrales establecidos en los incisos a), b), c), e), i), l), m), n), o), p) y q) del Articulo 44º de la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la delegacion, en via de regularizacion a la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de CASACANCHA, comprension del distrito de YANAS, provincia de DOS DE MORDAZA, departamento de MORDAZA, de las funciones registrales senaladas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Jefe de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado Menor de CASACANCHA, queda encargado de las acciones administrativas que correspondan para llevar adelante la delegacion funcional dispuesta por la presente Resolucion, cenida a la normatividad registral vigente y bajo la supervision y control del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 11382 RESOLUCION JEFATURAL Nº 566-2000-JEF-RENIEC MORDAZA, 20 de setiembre de 2000 Vistos; el Informe Nº 474-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 22 de junio del 2000 y el Oficio Nº 035-99-MDCPM.U. de fecha 22/12/1999 del MORDAZA del Centro Poblado Menor de ULLUSCA, distrito de MORDAZA, provincia de JAUJA, departamento de JUNIN; CONSIDERANDO: Que, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil es un organismo MORDAZA, creado por la Constitucion Politica del Estado, con la funcion de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estado civil; Que, el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, regula la inscripcion de los hechos relativos al estado civil de las personas; Que, la MORDAZA citada dispone que el Sistema Registral esta integrado entre otros organismos, por las Oficinas Registrales para el procesamiento registral y demas funciones inherentes al Registro de Estado Civil, que la Alta Direccion del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil estime convenientes;

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