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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (13/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 193957 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de octubre de 2000 Ilo, dan cumplimiento a la certificación de las Areas Urbanas y de Expansión Urbana de los centros pobla- dos de Ilo, Pacocha, y El Algarrobal; Que, estando a la Norma Legal antes citada, es necesa- rio en vía de regularización, expedir la Resolución que incorpora al Catastro Minero los Planos que forman parte del "Plan de Acondicionamiento Territorial de la Provincia de Ilo" y de la "Actualización del Plan Director de la Ciudad de Ilo", que comprende a los centros poblados de Ilo, Pacocha y El Algarrobal, donde se zonifica las Areas Urbanas y de Expansión Urbana, para los efectos de la Ley Nº 27015; Con la visación de Asesoría Jurídica, del Director General de Catastro y de la Jefa de la Oficina de Conce- siones Mineras; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º del Decreto Legislativo Nº 110; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Incorporar al Catastro Minero Nacional, en Vía de Regularización, el siguiente plano aprobado por Ordenanza Municipal Nº 03-92-MPI: - 6-1803-001, Organización del Territorio. Artículo Segundo.- Incorporar al Catastro Minero Nacional, en Vía de Regularización, los siguientes planos aprobados por Ordenanza Municipal Nº 15-97-MPI: - 7-1803-00-A, Usos del Suelo y Vialidad. - 7-1803-002, Esquema de Zonificación de Usos del Suelo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE DIAZ ARTIEDA Jefe Institucional Registro Público de Minería 11660 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban regularización de habilita- ción urbana ejecutada para usos espe- ciales de terreno ubicado en el distrito RESOLUCION Nº 1010-2000-RASS Expediente Nº 001007.1999.2 Santiago de Surco, 11 de setiembre de 2000 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El petitorio de la Cooperativa de Servicios Educacionales "Augusto Weberbauer" Ltda.; debidamente representada por su Gerente General Alfredo Noriega Sánchez, para que se apruebe la Regularización de Habi- litación Urbana Ejecutada de Lote Unico, destinado para Uso de Equipamiento Educativo E1, del terreno de su propiedad con 13,197.00 m2, ubicado en la esquina forma- da por las Av. El Polo, Av. Pío XII y Av. Raúl Ferrero, Fundo Monterrico Chico, distrito de Santiago de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, la Cooperativa de Servicios Educacionales "Au- gusto Weberbauer" Ltda., cumple con presentar la docu- mentación prevista en la Ordenanza Nº 010-99-MSS (fs. 5 hasta fs. 77), con excepción de los documentos que acredi- ten las obras ejecutadas y debidamente controladas por Luz del Sur, SEDAPAL y Telefónica; respecto a lo cual sustentan en el sentido de que las instalaciones correspon- dientes a esos servicios ya existían por las avenidas circun- dantes y que sólo han procedido a solicitar las conexiones domiciliarias; acreditando lo expuesto con la Solicitud- Contrato de Instalaciones de Servicio de Agua y Desagüe de ESAL, de fecha 29 de marzo de 1977 (fs. 50 - 51) recibos de SEDAPAL correspondiente a los meses de noviembre y diciembre de 1998 (fs. 52 - 53); recibos de Luz del Surcorrespondientes al mes de diciembre de 1998 y enero de 1999 (fs. 54 - 55); remitiéndose los actuados administrati- vos mediante Oficio Nº 736-99-DDU-MSS (fs. 84) a la Comisión Técnica Dictaminadora de Habilitaciones Urba- nas Lima - Centro, para el dictamen correspondiente; Que, la Comisión Técnica Dictaminadora de Habilita- ciones Urbanas Lima - Centro, en la Sesión Nº 06 de fecha 27 de diciembre de 1999 (fs. 86-87), emite dictamen "Des- favorable", requiriendo la presentación de Plano de Loca- lización - Ubicación con coordenadas UTM norte magnéti- co, medidas perimétricas, ángulos - habilitaciones - vías de acceso colindantes, Memoria Descriptiva señalando que el terreno por regularizar habilitación está conformado por dos (2) lotes; el Certificado de Zonificación y Vías no está vigente; deben acumularse los dos (2) lotes (Nº 1 y A-1) y finalmente de acuerdo al Artículo II-XII-3.3 del Reglamen- to Nacional de Construcciones no es exigible la provisión de áreas para Recreación Pública, ni los aportes para Equipamiento Urbano y Parques Zonales; Que, mediante Informe Nº 013-2000-SDOPRIV-DDU (fs. 98) de la Subdirección de Obras Privadas se precisa que la Cooperativa recurrente ha cumplido con salvar las observaciones efectuadas por la Comisión Dictaminadora de Habilitaciones Urbanas Lima - Centro, acompañando: - Plano Nº U-01 con coordenadas UTM (fs. 93). - Reitera que el terreno por habilitar en vía de regula- rización es el lote de 13,197.00 m2 de área, de propiedad de la Cooperativa de Servicios Educacionales "Augusto We- berbauer" Ltda. (folio 89). - Constancia de Zonificación y Vías Nº 001-2000-MSS/ DDU de fecha 7 de enero del 2000 (fs. 90 a 92). - Plano Perimétrico Nº HU-I con Cuadro de Datos Técnicos (folio 94). - Plano de Lotización Nº HU-2, del lote único de 13,197.00 m2 (fs. 95). - Plano de Lotización Nº HU-3 con las obras construidas (fs. 96). - Los planos están referidos únicamente al terreno de 13,197.00 m2 de área, de propiedad de la recurrente, firmados por el representante legal y profesional colegiado (folio 87, vuelta); Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 717-2000- RASS de fecha 23 de junio del 2000 se conforma la Comi- sión Técnica de Habilitaciones Urbanas de la Municipali- dad de Santiago de Surco, la que en Sesión Nº 001, de fecha 6.7.2000, emite Dictamen APROBADO (fs. 103 a 106); Que, el Informe Nº 131-2000-SDOPRIV-DDU de fecha 19 de julio del 2000 (fs. 107-108) de la Subdirección de Obras Privadas, concluye ser procedente la aprobación de Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Usos Especiales del tipo: Locales para Fines Educaciona- les, del terreno de 13,197.00 m2, de propiedad de la Coope- rativa de Servicios Educacionales "Augusto Weberbauer" Ltda., de conformidad con los Planos del Nº 030.01.2000 al Nº 030.04.2000-MSS-DDU-SDOPRIV, precisa que de acuer- do a los Artículos II-XI-2.D y II-XI-3.3 del Reglamento Nacional de Construcciones la Habilitación Urbana para Usos Especiales del Tipo: Locales para Fines Educacio- nales, está exenta de Aportes para Recreación Pública, Equipamiento Urbano y Parques Zonales; Estando al Informe Nº 1211-2000-OAJ-MSS de la Ofi- cina de Asesoría Jurídica y la normatividad contenida en las Ordenanzas Nº 09-99-MSS, Nº 010-99-MSS, Regla- mento Nacional de Construcciones y Texto Unico Ordena- do de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el petitorio formulado por la Cooperativa de Servicios Educacionales "Augusto Weberbauer" Ltda.; en consecuencia aprobar la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Usos Especiales del tipo: Locales para Fines Educativos del terreno de 13,197.00 m2, de conformidad con los Planos del Nº 030.01-2000-MSS-DDU-SDOPRIV al Nº 030.04- 2000-MSS-DDU-SDOPRIV, de acuerdo al Cuadro de Areas siguiente: MANZANA Nº DE LOTE NUMERACION AREA UNICA 1 1 12,857 m2 AREA DE VIAS 340 m2 TOTAL 13,197 m2