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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (13/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 193944 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de octubre de 2000 rial, competencia funcional y el funcionamiento del Módu- lo Básico de Justicia de Campo Verde; debiendo aprobarse su creación y disponerse lo necesario a fin de que dicha organización inicie sus operaciones; Que, haciendo uso de las facultades conferidas median- te Ley Nº 26546 que crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la cual ha asumido las funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorrogadas, por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su Reorga- nización y Reestructuración Integral en lo referente al Nuevo Despacho Judicial, y estando a lo acordado en Sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Módulo Básico de Justi- cia de Campo Verde, ubicado en el distrito de Campo Verde, provincia de Coronel Portillo, departamento y Dis- trito Judicial de Ucayali, autorizando su funcionamiento a partir de 16 de octubre del 2000, el mismo que estará constituido por los siguientes Organos Jurisdiccionales: - Un (1) Juzgado Mixto. - Un (1) Juzgado de Paz Letrado. El Juzgado Mixto, conocerá todas las materias de las especialidades Civil, Laboral, Familia y Penal con Reos en Cárcel y Reos Libres. Artículo Segundo.- Crear en el Módulo Básico de Justicia de Campo Verde, los órganos jurisdiccionales que se indican a continuación, en la forma siguiente: a) El Juzgado Mixto, el mismo que comenzará sus labores con carga procesal cero. b) El Juzgado de Paz Letrado, el mismo que comenzará sus labores con carga procesal cero. Artículo Tercero.- La Competencia Territorial de los órganos jurisdiccionales que funcionen en el Módulo Bási- co de Justicia de Campo Verde, comprenden los siguientes distritos: a) Los distritos de Campo Verde y Nueva Requena de la provincia de Coronel Portillo, departamento de Ucayali; b) El distrito de Curimaná de la provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali; c) Los distritos de Tournavista y Honoria de la provin- cia de Puerto Inca, departamento de Huánuco, Distrito Judicial de Ucayali. Artículo Cuarto.- Los gastos operativos que se origi- nen en el cumplimiento de la presente Resolución serán asumidos por la Unidad Ejecutora 001 Gerencia General, del Pliego del Poder Judicial. Artículo Quinto.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial y a la Gerencia Central de la Reforma, según corresponda, disponer las acciones administrativas y técnicas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Sexto.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali para adoptar las acciones jurisdiccionales y administrativas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución, tales como la designación de Magistrados, personal auxiliar y admi- nistrativo en el Módulo Básico de Justicia de Campo Verde. Artículo Séptimo.- Quedan sin efecto, todas las dis- posiciones administrativas que se opongan a la presente Resolución. Artículo Octavo.- Poner la presente Resolución en conocimiento de la Fiscalía de la Nación, Comisión Ejecu- tiva del Ministerio Público, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura, Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecu- tiva del Poder Judicial y sus órganos de línea, así como del Señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali. Regístrese, publíquese y cúmplase. VÍCTOR RAÚL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDÍA GUTIERREZ DAVID PEZÚA VIVANCO 11743RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1306-CME-PJ Lima, 12 de octubre del 2000 VISTO: El Oficio Nº 550-B-2000-PJ-SE, de la Secretaría Ejecu- tiva del Poder Judicial, mediante el cual eleva la documen- tación correspondiente para la creación del Módulo Básico de Justicia de Rioja, comprensión del Distrito Judicial de San Martín; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 165-97-EF del 11 de diciembre de 1997, se aprobó la operación de Endeuda- miento Externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a financiar parcialmente el Programa de Mejoramiento del Acceso a la Justicia; Que, uno de los principales postulados del Proceso de Reforma emprendido, es el de acercar la Justicia a las poblaciones alejadas de las Sedes de Corte, mejorar el funcionamiento del primer nivel de la Administración de Justicia, aumentar la productividad de los Juzgados, redu- cir las barreras culturales al acceso a la Justicia y mejorar la protección efectiva de los derechos y libertades de las personas; así como concentrar a todos los agentes del Sistema de Administración de Justicia en un único local; Que, para el logro de dichos objetivos, se ha diseñado una nueva organización denominada; "Módulos Básicos de Justicia", cuya implantación se tiene prevista en diversas Cortes Superiores de Justicia del país, entre ellas, la Corte Superior de Justicia de San Martín; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 507-SE- TP-CME-PJ, se validó el Acta del Diseño Personalizado del Módulo Básico de Justicia de "Rioja", perteneciente a la Corte Superior de Justicia de San Martín; asimismo, por Resolución Administrativa Nº 327-SE-TP-CME-PJ, se aprobó el Informe Técnico de Actualización en los aspectos de organización jurisdiccional, competencia territorial, competencia por materia, carga procesal y personal, que actualiza y modifica el Diseño Personalizado validado, debiendo aprobarse su creación y disponerse lo necesario a fin de que dicho Módulo inicie sus operaciones; Que, mediante Oficio Nº 2206-P-CSJSM/PJ de 1 de agosto de 2000, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín aprobó la organización jurisdiccio- nal y administrativa, los asuntos de competencia territo- rial, competencia funcional y el funcionamiento del Módu- lo Básico de Justicia de Rioja; debiendo aprobarse su creación y disponerse lo necesario a fin de que dicha organización inicie sus operaciones; Que, evaluados los informes estadísticos de carga y producción emitidos por la Corte Superior de Justicia de San Martín, y confrontados con los estándares de carga procesal dispuestos por la Resolución Administrativa Nº 108-CME-PJ, se ha determinado la conveniencia de dispo- ner la creación de los órganos jurisdiccionales que se indican en la presente Resolución; Que haciendo uso de las facultades conferidas median- te Ley Nº 26546 que crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la cual ha asumido las funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorrogadas por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su Reorga- nización y Reestructuración Integral en lo referente al Nuevo Despacho Judicial, y estando a lo acordado en Sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Módulo Básico de Justi- cia de Rioja, ubicado en el distrito de Rioja, provincia de Rioja, departamento y Distrito Judicial de San Martín, autorizando su funcionamiento a partir de 16 de octubre del 2000, el mismo que estará constituido por los siguientes Organos Jurisdiccionales Especializados: - (1) Juzgado Mixto. - (1) Juzgado Penal - (1) Juzgado de Paz Letrado. Los procesos de Delitos Especiales, establecidos por disposiciones legales, seguirán siendo conocidos por los órganos jurisdiccionales correspondientes.