Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2000 (13/10/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 13 de octubre de 2000

Modifican articulo del Reglamento de Informacion Financiera
RESOLUCION CONASEV Nº 076-2000-EF/94.10 MORDAZA, 10 de octubre de 2000 VISTO: El Memorandum Nº 166-2000-EF/94.50 de fecha 9 de octubre del presente ano de la Gerencia de Emisores y Empresas, con opinion favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del Reglamento de Informacion Financiera, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 103-99-EF/94.10, establece que tienen la condicion de estados financieros extraordinarios aquellos que se preparan y presentan con ocasion de la realizacion de una oferta publica de valores, los mismos que no podran tener una antiguedad mayor a dos (2) meses a la fecha de MORDAZA de la documentacion respectiva a CONASEV; Que, la disposicion senalada en el considerando anterior tenia por finalidad otorgar un mayor nivel de transparencia en los procesos de oferta publica de valores al requerir informacion financiera cuya periodicidad sea la mas proxima a la inscripcion del valor; Que, a pesar de lo MORDAZA mencionado, la practica local e internacional de suministro de informacion financiera ha demostrado que dicha exigencia implica un costo adicional para los ofertantes y demandantes de valores, sin que los beneficios obtenidos por dichos participes justifiquen tal costo, MORDAZA si existen normas que obligan a los emisores a actualizar la informacion durante la vigencia de la colocacion de valores por oferta publica; y, Estando a lo dispuesto por el Articulo 2º, inciso k) del Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, primer parrafo del Articulo 30º de la Ley del MORDAZA de Valores, Decreto Legislativo Nº 861, asi como a lo acordado por el Directorio de esta Institucion en su sesion de fecha 9 de octubre de 2000; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Articulo 16º del Reglamento de Informacion Financiera, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 103-99-EF/94.10, dejando sin efecto su parrafo segundo. Articulo 2º.- La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA EYZAGUIRRE MORDAZA Presidente 11714

mientos del INPE, comunicando la situacion laboral de la servidora de la Direccion Regional Oriente - Pucallpa, MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA, quien habria incurrido en abandono laboral a su centro de labores; Que, analizado los autos y el Informe Tecnico senalado precedentemente, se desprende que mediante Oficio Nº 353-2000-INPE/20.08.02 de fecha 13.JUL.00, el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos de la Direccion Regional Oriente - Pucallpa, comunica que la servidora MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA, ha venido inasistiendo injustificadamente a su centro de labores desde el 31 de MORDAZA del presente ano a la actualidad, por lo que dicha servidora se encontraria incursa en causal de abandono laboral; Que, ha quedado evidenciado que existen suficientes elementos de juicio que permiten establecer que la servidora de la Direccion Regional Oriente - Pucallpa, MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA, habria transgredido el Articulo 10º y 39º del Reglamento de Control de Asistencia y Puntualidad y Permanencia de los trabajadores del INPE, aprobado mediante RPCR Nº 503-98-INPE-CR-P, asi como el inciso c) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, falta prevista en el inciso k) del Articulo 28º del acotado dispositivo Legal; Estando al Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; y, De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS - Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 175-2000-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario a la servidora de la Direccion Regional Oriente - Pucallpa, MORDAZA LUZ MORDAZA MORDAZA, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La servidora procesada puede presentar su descargo y pruebas convenientes a su defensa ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, conforme a ley. Articulo 3º.- Notifiquese la presente Resolucion a traves de la Oficina de Recursos Humanos del INPE o el Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. MATHEWS MORDAZA Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE 11705 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 587-2000-INPE-P MORDAZA, 11 de octubre de 2000 VISTO: el Informe Nº 085-INPE-CPPAD, de fecha 6 de octubre del 2000 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorandum Nº 262-2000-INPE/P de fecha 2 de octubre del presente ano, se remite la Hoja Informativa Nº 002-2000-INPE/DRC-OAI, elaborado por la Auditoria Regional Centro - Huancayo, en torno a la investigacion relacionada con la queja presentada por el interno del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Seguridad de Yanamilla, MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la servidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre irregularidades en el desempeno de sus funciones, investigacion que comprendio igualmente al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director del mencionado E.P.; Que, al respecto, se advierte que el 6 de MORDAZA de 1999 se dio ingreso al E.P.M.S. Yanamilla al interno MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por orden del 1er. Juzgado Penal de Huamanga - MORDAZA, por el delito de homicidio simple

INPE
Inician procedimiento disciplinario a diversos servidores del INPE
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 586-2000-INPE-P MORDAZA, 11 de octubre de 2000 VISTOS, el Informe Nº 081-INPE/CPPAD, de fecha 25 de setiembre del 2000 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 1383-2000-INPE/ORH de fecha 13.JUL.00, el Director de la Oficina de Recursos Humanos del INPE, remite el Informe Tecnico Nº 0592000-INPE-ORH/URD de fecha 5.JUL.00, elaborado por la Jefatura de la Unidad de Remuneraciones y Desplaza-

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