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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (13/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 23

Pág. 193945 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de octubre de 2000 El Juzgado Mixto, conocerá los procesos en materia Civil, Laboral y de Familia. Artículo Segundo.- Reubicar en el Módulo Básico de Justicia de Rioja, los órganos jurisdiccionales que se indi- can a continuación: a. Reubicar el Juzgado Mixto de Rioja, con su carga procesal y competencia actual. b. Reubicar el Juzgado Especializado Penal de Rioja, con su carga procesal y competencia actual. c. El Juzgado de Paz Letrado de Rioja, con su carga procesal y competencia actual. Artículo Tercero.- La competencia territorial de los órganos jurisdiccionales creados en el artículo anterior que funcionen en el Módulo Básico de Justicia de Rioja, comprende la provincia de Rioja, departamento de San Martín. Artículo Cuarto.- El Juzgado de Paz Letrado de Rioja, tendrá como instancia de apelación los Juzgados Especializados respectivos del Módulo Básico de Justicia de Rioja. . Artículo Quinto.- El gasto que origine el cumplimien- to de la presente Resolución, será con cargo a la Unidad Ejecutora 001 Gerencia General, del Pliego Poder Judicial del Presupuesto vigente. Artículo Sexto.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial y a la Gerencia Central de la Reforma, según corresponda, disponer las acciones administrativas y técnicas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Sétimo.- Facultar al Señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín adoptar las acciones jurisdiccionales y administrativas que sean nece- sarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Octavo.- Quedan sin efecto, todas las dispo- siciones administrativas que se opongan a la presente Resolución. Artículo Noveno.- Poner la presente Resolución en conocimiento de la Fiscalía de la Nación, Comisión Ejecu- tiva del Ministerio Público, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura, Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecu- tiva del Poder Judicial y sus órganos de línea, así como del Señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín. Regístrese, publíquese y cúmplase. VÍCTOR RAÚL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDÍA GUTIERREZ DAVID PEZÚA VIVANCO 11744 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1308-CME-PJ Lima, 12 de octubre del 2000 VISTO: El Oficio Nº 551-2000-PJ-SE, de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial, mediante el cual eleva la documenta- ción correspondiente a la creación y puesta en funciona- miento del Módulo Básico de Justicia de El Agustino, comprensión del Distrito Judicial de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº165-97-EF del 11 de diciembre de 1997, se aprobó la operación de Endeuda- miento Externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a financiar parcialmente el Programa de Mejoramiento del Acceso a la Justicia; Que, uno de los principales postulados del Proceso de Reforma emprendido, es el de acercar la justicia a la población alejada de las sedes de Cortes, mejorar el funcio- namiento del primer nivel de administración de justicia, aumentar la productividad de los Juzgados, reducir las barreras culturales al acceso a la justicia y mejorar laprotección efectiva de los derechos y libertades de las personas; así como concentrar a todos los agentes del sistema de Administración de Justicia en un único local; Que, para el logro de dichos objetivos se ha diseñado una nueva organización denominada "Módulos Básicos de Justicia", cuya implantación se tiene prevista en diversas Cortes Superiores de Justicia del país entre ellas, la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 408-SE- TP-CME-PJ, se validó el Acta del Diseño Personalizado del Módulo Básico de Justicia de "El Agustino", perteneciente a la Corte Superior de Justicia de Lima; asimismo, por Resolución Administrativa Nº 327-SE-TP-CME-PJ, se aprobó el Informe Técnico de Actualización en los aspectos de organización jurisdiccional, competencia territorial, competencia por materia, carga procesal y personal, que actualiza y modifica el Diseño Personalizado validado, debiendo aprobarse su creación y disponerse lo necesario a fin de que dicho Módulo inicie sus operaciones; Que, mediante Oficio, el Presidente de la Corte Supe- rior de Justicia de Lima aprobó la organización jurisdiccio- nal y administrativa, los asuntos de competencia territo- rial, competencia funcional y el funcionamiento del Módu- lo Básico de Justicia de El Agustino; debiendo aprobarse su creación y disponerse lo necesario a fin de que dicha organización inicie sus operaciones. Que, haciendo uso de las facultades conferidas median- te Ley Nº 26546 que crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la cual ha asumido las funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorrogadas, por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su Reorga- nización y Reestructuración Integral en lo referente al Nuevo Despacho Judicial, y estando a lo acordado en Sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Módulo Básico de Justi- cia de El Agustino, ubicado en el distrito de El Agustino, provincia, departamento y Distrito Judicial de Lima, auto- rizando su funcionamiento a partir de 17 de octubre del 2000, el mismo que estará constituido por los siguientes órganos jurisdiccionales: - Un (1) Juzgado de Familia. - Un (1) Juzgado Mixto. - Dos (2) Juzgados de Paz Letrados. El Juzgado Especializado de Familia, conocerán los procesos en materia Civil y Tutelar. En lo relacionado a los procesos en materia de Infracciones - Penales, los infracto- res calificados con medida de internación, serán remitidos a los Juzgados Especializados correspondientes de la Corte Superior de Justicia de Lima, conociendo sólo de las causas que impliquen las demás medidas de protección que con- templa la Ley de la materia. El Juzgado Mixto conocerá las materias de las especia- lidades Civil, Laboral y Penal. En lo relacionado a los procesos con Reos en Cárcel, serán remitidos previa califi- cación a los Juzgados Especializados correspondientes de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Segundo.- Crear y Reubicar en el Módulo Básico de Justicia de El Agustino, los órganos jurisdiccio- nales que se indican a continuación, en la forma siguiente: a. Crear el Juzgado de Familia, el mismo que comenza- rá con carga procesal cero. b. Crear el Juzgado Mixto, el mismo que comenzará con carga procesal cero. c. Reubicar el Primer Juzgado de Paz Letrado de El Agustino como Primer Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de El Agustino. d. Reubicar el Segundo Juzgado de Paz Letrado de El Agustino como Segundo Juzgado de Paz Letrado del Módu- lo Básico de Justicia de El Agustino. Artículo Tercero.- La Competencia Territorial de los órganos jurisdiccionales que funcionen en el Módulo Bási- co de Justicia de El Agustino, comprende el distrito de El Agustino. Artículo Cuarto.- El gasto que origine el cumplimien- to de la presente Resolución, en la designación de Magis- trados, del personal auxiliar y administrativo, y la distri- bución de la carga procesal entre los tres Juzgados de Paz Letrados implantados en el Módulo Básico de Justicia de El Agustino, será con cargo a la Unidad Ejecutora 001