Norma Legal Oficial del día 13 de octubre del año 2000 (13/10/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 13 de octubre de 2000

2000, en el Centro Comercial Jockey Plaza Shopping Center ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente; Estando a lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº DESF "A" 151-OT/00; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996-97 y la Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco de Credito del Peru la apertura de una oficina especial en el interior del Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA ubicado en la Av. MORDAZA Faucett s/n, distrito y provincia del Callao; y la apertura de una oficina temporal en Expo Internet a llevarse a cabo del 4 al 8 de octubre de 2000, en el Centro Comercial Jockey Plaza Shopping Center ubicado en el distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca 11719

UNIVERSIDADES
Sancionan con destitucion a servidor de la universidad
UNIVERSIDAD NACIONAL MORDAZA MORDAZA RESOLUCION C.R. Nº 3073-2000-UNFV San MORDAZA, 10 de octubre de 2000 Visto el Oficio Nº 037-2000-CPPAD-UNFV del 10.10.2000 de la Presidenta de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, proponiendo la destitucion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, servidor administrativo permanente (STA) del Complejo Deportivo Asistencial de MORDAZA Grande de esta MORDAZA Superior de Estudios, por haber incurrido en faltas injustificadas; y, CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion C.R. Nº 2297-2000-UNFV del 1.8.2000, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al servidor administrativo permanente, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (STA), por haber incurrido en falta grave disciplinaria prevista en el Articulo 28º incisos b), f) y k) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico y en el Articulo 82º inciso b) del Estatuto de la Universidad Nacional MORDAZA MORDAZA, aprobado con la Resolucion C.R. Nº 237394-UNFV del 23.3.1994; Que la Presidenta de la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios, mediante Oficio Nº 037-2000CPPAD-UNFV del 10.10.2000, remite la transcripcion del acuerdo adoptado por la citada Comision en Sesion del 9.10.2000, en el que concluyen que se ha acreditado la falta disciplinaria en la cual ha incurrido don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, prevista en el Articulo 28º inciso k) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, por haber incurrido en faltas injustificadas en la Facultad de Odontologia; Que mediante Oficio Nº 810-99-OCP-UNFV del 22.11.1999, de la Oficina Central de Personal informa que

dicho servidor registro inasistencias injustificadas por seis (6) dias en un periodo de treinta dias (13, 15, 19, 20, 21 y 29 de octubre de 1999); Que si bien es MORDAZA el citado servidor solicito con fecha 11.10.1999, autorizacion para dictar clases en la Escuela de Investigacion Criminal, tambien es MORDAZA que el Decano de la Facultad de Odontologia con fecha 12.10.1999, denego dicho pedido luego de haber consultado a la Oficina Central de Personal, y pese a ello dicho servidor no asistio a laborar los dias MORDAZA mencionados, desacatando la orden de su superior; Que ademas se le instauro MORDAZA por no haber devuelto el libro de Metodologia de la Investigacion de la Biblioteca de la Facultad de Educacion, de conformidad con el inciso f) del Articulo 28º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa de Remuneraciones del Sector Publico; Que mediante Oficio Nº 108-2000-D-FE-UNFV del 17.2.2000, la Decana de la Facultad de Educacion senala que se le ha reiterado la devolucion de dicho texto sin respuesta alguna; Asimismo, mediante Oficio Nº 513-2000-D-FE-UNFV del 3.10.2000, de la citada Facultad remiten MORDAZA del cargo donde consta que el referido servidor administrativo solicito dicho texto, sin haberlo devuelto a la fecha, hecho que el citado servidor no ha logrado desvirtuar en su descargo presentado; Que realizadas las investigaciones pertinentes, solicitados los informes respectivos a la Oficina Central de Personal y a la Facultad de Educacion, a efectos de resolver el presente MORDAZA, se concluye que se ha acreditado las faltas injustificadas por seis dias en un periodo de un mes, lo cual constituye falta grave prevista en el Articulo veintiocho, inciso k) del Decreto Legislativo numero doscientos setentiseis de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y Remuneraciones del Sector Publico; Que la mencionada Comision propuso se le aplique la sancion disciplinaria de Destitucion, prevista en el Articulo 155º inciso d) del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, asi como requerirlo para que cumpla con devolver el libro MORDAZA mencionado o el pago de su valor equivalente; Estando a lo acordado por la Comision Reorganizadora en Sesion Ordinaria Nº 510-2000-UNFV del 10.10.2000, haciendo uso de las atribuciones de las que esta investida y de conformidad con el D. Ley Nº 25798, R.S. Nº 524-92PCM, Leyes Nºs. 26180, 26259, 26402, 26708, 26880, R.S. Nº 672-99-PCM, R.S. Nº 673-99-PCM, R.S. Nº 120-2000PCM, R.S. Nº 290-2000-PCM; RESUELVE: Articulo Primero.- Destituir a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, servidor administrativo permanente (STA) del Complejo Deportivo Asistencial de MORDAZA Grande de esta MORDAZA Superior de Estudios, por haber incurrido en falta grave de caracter disciplinario previsto en el Articulo 28º inciso k) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, concordante con el Articulo 155º inciso d) del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, debiendose publicar en el Diario Oficial El Peruano la presente resolucion. Articulo Segundo.- La Oficina de Personal debera registrar la sancion en el legajo personal del ex servidor, de conformidad con el Articulo 160º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa. Articulo Tercero.- La Secretaria General de la Universidad notificara bajo cargo la presente resolucion. Articulo Cuarto.- El Vicerrector Administrativo, la Decana de la Facultad de Educacion, asi como los Jefes de las Oficinas Centrales de Personal y de Planificacion, dictaran las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Rector IBETT YULIANA MORDAZA MORDAZA Secretaria General 11671

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