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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (13/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 193946 NORMAS LEGALES Lima, viernes 13 de octubre de 2000 Gerencia General, del Pliego del Poder Judicial del Presu- puesto vigente. Artículo Quinto.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial y a la Gerencia Central de la Reforma, según corresponda, disponer las acciones administrativas y técnicas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Sexto.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima para adoptar las acciones jurisdiccionales y administrativas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución, tales como la designación de Magistrados y del personal auxiliar y administrativo, así como la distribución de la carga proce- sal en el Módulo Básico de Justicia de El Agustino. Artículo Séptimo.- Quedan sin efecto, todas las dis- posiciones Administrativas que se opongan a la presente Resolución. Artículo Octavo.- Poner la presente Resolución en conocimiento de la Fiscalía de la Nación, Comisión Ejecu- tiva del Ministerio Público, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura, Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecu- tiva del Poder Judicial y sus Organos de Línea, así como del señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima. Regístrese, publíquese y cúmplase. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 11746 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 1309-CME-PJ Lima, 12 de octubre del 2000 VISTO: El Oficio Nº 550-2000-PJ-SE, de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial, mediante el cual eleva la documenta- ción correspondiente para la creación del Módulo Básico de Justicia de Vista Alegre, comprensión del Distrito Judicial de Ica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 165-97-EF del 11 de diciembre de 1997, se aprobó la operación de Endeuda- miento Externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, destinada a financiar parcialmente el Programa de Mejoramiento del Acceso a la Justicia; Que, uno de los principales postulados del Proceso de Reforma emprendido, es el de acercar la justicia a la población alejada de las sedes de Cortes, mejorar el funcio- namiento del primer nivel de administración de justicia, aumentar la productividad de los Juzgados, reducir las barreras culturales al acceso a la justicia y mejorar la protección efectiva de los derechos y libertades de las personas; así como concentrar a todos los agentes del sistema de Administración de Justicia en un único local; Que, para el logro de dichos objetivos se ha diseñado una nueva organización denominada "Módulos Básicos de Justicia", cuya implantación se tiene prevista en diversas Cortes Superiores de Justicia del país entre ellas, la Corte Superior de Justicia de Ica; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 507-SE- TP-CME-PJ, se validó el Acta del Diseño Personalizado del Módulo Básico de Justicia de "Vista Alegre", perteneciente a la Corte Superior de Justicia de Ica; asimismo, por Resolución Administrativa Nº 327-SE-TP-CME-PJ, se aprobó el Informe Técnico de Actualización en los aspectos de organización jurisdiccional, competencia territorial, competencia por materia, carga procesal y personal, que actualiza y modifica el Diseño Personalizado validado, debiendo aprobarse su creación y disponerse lo necesario a fin de que dicho Módulo inicie sus operaciones; Que, mediante Oficio Nº 3860-2000-P-CSJIC/PJ, de fecha 21 de julio de 2000, el Presidente de la Corte Superior de Justicia Ica aprobó la organización jurisdiccional yadministrativa, los asuntos de competencia territorial, competencia funcional y el funcionamiento del Módulo Básico de Justicia de Vista Alegre; debiendo aprobarse su creación y disponerse lo necesario a fin de que dicha organización inicie sus operaciones; Que, haciendo uso de las facultades conferidas median- te Ley Nº 26546 que crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la cual ha asumido las funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorrogadas, por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su Reorga- nización y Reestructuración Integral en lo referente al Nuevo Despacho Judicial, y estando a lo acordado en Sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear el Módulo Básico de Justi- cia de Vista Alegre, ubicado en el distrito de Vista Alegre, provincia de Nasca, departamento y Distrito Judicial de Ica, autorizando su funcionamiento a partir de 16 de octubre del 2000, el mismo que estará constituido por los siguientes Organos Jurisdiccionales: - Un (1) Juzgado Mixto. - Un (1) Juzgado de Paz Letrado. El Juzgado Mixto, conocerá todas las materias de las especialidades Civil, Laboral, Familia y Penal con Reos en Cárcel y Reos Libres. Artículo Segundo.- Reubicar en el Módulo Básico de Justicia de Vista Alegre, los órganos jurisdiccionales que se indican a continuación, en la forma siguiente: a) El Juzgado Mixto de Vista Alegre, con su carga procesal y competencia actual. b) El Juzgado de Paz Letrado de Vista Alegre, con su carga procesal y competencia actual. Artículo Tercero.- La Competencia Territorial de los órganos jurisdiccionales que funcionen en el Módulo Bási- co de Justicia de Vista Alegre, comprenden los distritos de Vista Alegre y Marcona, de la provincia de Nasca y depar- tamento de Ica. Artículo Cuarto.- El Juzgado de Paz Letrado de Marcona tendrá como instancia de apelación el Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Vista Alegre. Artículo Quinto.- Los gastos que originen el cumpli- miento de la presente Resolución, serán asumidos por la Unidad Ejecutora 001 Gerencia General, del Pliego del Poder Judicial. Artículo Sexto.- Autorizar a la Gerencia General del Poder Judicial y a la Gerencia Central de la Reforma, según corresponda, disponer las acciones administrativas y técnicas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Séptimo.- Facultar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica para adoptar las acciones jurisdiccionales y administrativas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución, tales como la designación de Magistrados y la designación del perso- nal auxiliar y administrativo en el Módulo Básico de Justicia de Vista Alegre. Artículo Octavo.- Quedan sin efecto, todas las dispo- siciones administrativas que se opongan a la presente Resolución. Artículo Noveno.- Poner la presente Resolución en conocimiento de la Fiscalía de la Nación, Comisión Ejecutiva del Ministerio Público, Ministerio de Econo- mía y Finanzas, Ministerio de Justicia, Oficina de Con- trol de la Magistratura, Secretaría Ejecutiva de la Comi- sión Ejecutiva del Poder Judicial y sus órganos de línea, así como del señor Presidente de la Corte Superior de Justicia de Ica. Regístrese, publíquese y cúmplase. VÍCTOR RAÚL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDÍA GUTIERREZ DAVID PEZÚA VIVANCO 11747