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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE OCTUBRE DEL AÑO 2000 (14/10/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 193980 NORMAS LEGALES Lima, sábado 14 de octubre de 2000 puesta en marc ha, a efecto de lograr un eficiente servicio a la población beneficiada; Que, conforme al "Convenio Marco de Capacitación por Colaboración Interinstitucional" suscrito entre el Poder Judicial y la Academia de la Magistratura aprobado por Resolución Administrativa Nº 1116-CME-PJ de 26 de abril de 2000, ésta ha previsto desarrollar el "Programa de Capacitación" del personal que se desempeñará en los Mó- dulos Básicos de Justicia; Que, haciendo uso de las facultades conferidas mediante Ley Nº 26546 que crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la cual ha asumido por un período de excepción las funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorroga- das, por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su Reorganización y Reestructuración Integral en lo referente al Despacho Judicial, entre otras materias; pudiendo adoptar acuerdos y medidas necesarias para que los órganos jurisdiccionales funcionen con la debida celeri- dad y eficiencia, y estando a lo acordado en sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la participación en el "Curso de Capacitación" sobre la puesta en marcha del Módulo Básico de Justicia de Nuevo Chimbote, a realizarse en la sede del Módulo Básico de Justicia indicado, los días 13, 14 y 15 de octubre del año en curso, de los señores Magistra- dos pertenecientes a la Corte Superior de Justicia del Santa que a continuación se mencionan: DRA. MARIA ELENA GARCIA DIAZ JUEZ ESPECIALIZADO EN LO PENAL DRA. SOFIA GONZALES CASTRO JUEZ MIXTO DR. GUILLERMO GALVEZ CASTRO JUEZ DE PAZ LETRADO Artículo Segundo.- Conceder licencia con goce de ha- ber el día 13 de octubre del 2000, a los magistrados mencio- nados en el artículo anterior, los mismos que deberán presentar un Informe a la Secretaría Ejecutiva de la Comi- sión Ejecutiva del Poder Judicial, sobre la actividad desarro- llada. Artículo Tercero.- Autorizar al Presidente de la Corte Superior de Justicia del Santa para que dicte las medidas jurisdiccionales y administrativas necesarias para el cum- plimiento de la presente Resolución, incluyendo la autoriza- ción para la asistencia del personal auxiliar y administrati- vo que laborará en el Módulo Básico de Justicia de Nuevo Chimbote. Artículo Cuarto.- Autorizar a la Gerencia General y Gerencia Central de la Reforma disponer las acciones admi- nistrativas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución al Presidente de la Corte Superior de Justicia del Santa y a los correspondientes Organos de Línea de la Secretaría Ejecu- tiva del Poder Judicial. Regístrese, publíquese y cúmplase. VICTOR RAÚL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDÍA GUTIERREZ DAVID PEZÚA VIVANCO 11795 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Designan magistrados del Módulo Básico de Justicia de El Agustino, Dis- trito Judicial de Lima RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 0174-2000-P-CSJLI/PJ Lima, 12 de octubre del 2000VISTA: La Resolución Administrativa Nº 1308-CME-PJ, de fe- cha 12 de octubre del año en curso; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa de la vista, la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, dispuso la creación del Módulo Básico de Justicia de El Agustino, ubicado en el distrito de El Agustino, provincia, departamento y Distrito Judicial de Lima, autorizando su funcionamiento a partir del día 17 de octubre del año en curso, constituyéndolo de 4 (CUATRO) órganos jurisdiccionales: 1 (UN) Juzgado de Familia; 1 (UN) Juzgado Mixto y 2 (DOS) Juzgados de Paz Letrados, con las competencias y atribuciones juris- diccionales establecidas en la resolución de la referencia; así como dispuso que los dos Juzgados de Paz Letrados del Módulo Corporativo Manual de El Agustino sean reubica- dos y reincorporados al Módulo Básico de Justicia de El Agustino; Que, el Artículo Sexto de la citada Resolución Admi- nistrativa, faculta a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, adoptar las acciones jurisdiccionales y administrativas que sean necesarias para el cumplimien- to de la citada resolución, como es el de designar a los Magistrados, asignar el personal jurisdiccional y admi- nistrativo, así como lo pertinente a la distribución de la carga procesal a ser trabajada por el Módulo Básico de Justicia de El Agustino de la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, además el Artículo Cuarto de la Resolución Admi- nistrativa Nº 1308-CME-PJ, taxativamente señala que el gasto que origine el cumplimiento de la citada resolución en la designación de Magistrados, del personal auxiliar y admi- nistrativo, estará a cargo de la Unidad Ejecutora 001 - Gerencia General, del Pliego del Poder Judicial del Presu- puesto vigente; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política del Poder Judicial emanada de la Comisión Ejecutiva, por lo que asume competencia administrativa, siendo el responsable del cumplimiento de las disposiciones administrativas dictadas para la mejor organización y funcionamiento de las dependencias jurisdiccionales que conforman su Distrito Judicial, bajo los postulados del Proceso de Reforma, como es el de acercar la justicia a la población más alejada de la sede de la Corte, mejorando el funcionamiento de los niveles de los Juzgados de Paz Letrados y Juzgados Especializados, aumentando la productividad de los indicados órganos jurisdiccionales, reduciendo las barreras culturales de acceso a la justicia, mejorando y protegiendo de esta forma los derechos y libertades de la persona humana, lo cual será viable si se concentran todos los agentes del sistema de Administración de Justicia, a través de la puesta en funcionamiento de los Módulos Básicos de Justicia; Que, es necesario disponer la realización de acciones pertinentes, a realizarse en el Primer y Segundo Juzgados de Paz Letrados del Módulo Corporativo Manual de El Agustino, a efectos viabilizar un trabajo coordinado y eficiente, por lo que previamente se requiere de una depu- ración a efectos de hacer el disgregado de expedientes en estado de archivo y expedientes que constituyen carga útil, para que la indicada información sea confrontada con los expedientes físicos a ser trabajados con el sistema infor- mático instalado en la sede del Módulo Básico de Justicia de El Agustino; Que, además es preciso establecer que la responsabili- dad de los Jueces y del Personal Jurisdiccional, de los Juzgados de Paz Letrados del Módulo Corporativo Manual de El Agustino, será hasta que cada Juzgado, esté debida- mente instalado tanto con la carga útil físicamente en los ambientes de archivos como hasta que la indicada informa- ción sea registrada en el sistema informático, por lo que se les faculta a los Magistrados para que en calidad de obser- vadores, verifiquen que los datos referentes a los expedien- tes pertenecientes a cada uno de los Juzgados, sean de alta confiabilidad; Que, estando a lo expuesto y en mérito a las facultades previstas y otorgadas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º del Texto Unico Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a los señores Magis- trados que asumirán función jurisdiccional en los órganos