Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (14/09/2000)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 28

Pág. 192922 NORMAS LEGALES Lima, jueves 14 de setiembre de 2000 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA Vista en Sesión de Concejo de la fecha, la solicitud formu- lada por la Municipalidad Distrital de El Agustino, mediante Oficio Nº 339-2000-MDEA/SEGE para la ratificación de la Ordenanza Nº 073-A-2000-SEGE-06-MDEA, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA y los derechos contenidos en él, para el Ejercicio 2000 en su jurisdicción; De acuerdo con la opinión favorable del Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitida mediante In- forme Nº 000196-2000-SAT/04 y Oficio Nº 0075-00-SAT/ 02 de la Jefatura del SAT; lo opinado por la Comisión de Economía, Planificación y Presupuesto en su Dictamen Nº 071-2000-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y Orde- nanza Nº 211; CONSIDERANDO: Que la Ordenanza Nº 213 de 23 de febrero de 1999, establece que a partir de su vigencia las Municipalidades Distritales integrantes de la Municipalidad Metropolitana de Lima fijarán a las Ordenanzas y Edictos que aprueben el número cardinal que les corresponda en forma correlativa continua, según el orden en que se promulguen; Que, la misma Ordenanza establece que los Acuerdos de Concejo, Decretos y Resoluciones Municipales, llevarán la numeración correlativa anual que les corresponda; Que, en tal virtud, las Ordenanzas Municipales deben llevar numeración correlativa continua sin referencia de año, a lo que en algunos casos no se está dando cumplimiento, situación que es necesario corregir; ACORDO: Artículo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 073- A-2000-SEGE-06-MDEA de 9 de junio de 2000, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de junio de 2000 de la Municipalidad Distrital de El Agustino, que aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos -TUPA- y los derechos contenidos en él para el Ejercicio 2000 en su jurisdicción. Artículo Segundo.- Recordar y recomendar a la Munici- palidad Distrital de El Agustino, que las Ordenanzas que apruebe deben llevar el número cardinal que les corresponda en forma correlativa continua sin referencia de año, conforme establece la Ordenanza Metropolitana Nº 213. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMAN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía 9913 MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Autorizan ejecución de obras de habi- litación urbana de terreno ubicado en el distrito RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 186-2000/MDC Carabayllo, 6 de julio de 2000 VISTO; El Expediente Nº 0720-99-A-F- de FACO INMOBILIARIA S.A., por el que solicitan Vía regularización la Aprobación de los Proyectos de Habilitación Urbana del Programa de Vivienda Residencial "LAS ALONDRAS", Inscripción Provisional Individualizada de Lotes y Autorización de Ejecución de Obras de tipo Progresivo del terreno de 20,892.06 m2, constituido por las parcelas Nºs. 02 y 03 de la Mz. C ex Fundo Santa Bárbara, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, con fecha 16 de febrero de 1999, FACO INMOBILIA- RIA S.A., presenta el Expediente Nº 0720-99-A-F, solicitando Aprobación de los Estudios de Habilitación Urbana Víaregularización para el Proyecto de Vivienda "LAS ALON- DRAS" del terreno de 20,892.06 m2, constituido por las parcelas Nºs. 02 y 03 de la Mz. C ex Fundo Santa Bárbara, ubicado en el distrito de Carabayllo, provincia y departamen- to de Lima; Que, con fecha 26 de abril de 1999, el recurrente presenta documento solicitando acogerse al Silencio Administrativo Positivo, en aplicación de lo normado en el numeral 1 del Artículo 4º de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878, así como del Artículo 13º del Decreto Supremo Nº 022- 97-MTC Reglamento de la Ley General de Habilitaciones Urbanas; Que, la Ley Nº 26878 que aprueba la Ley de Habilitaciones Urbanas faculta a las Municipalidades Distritales a efectuar los trámites de Habilitación Urbana de los Programas de Vivienda ubicados dentro de su jurisdicción; Que, se adjunta la Solicitud de Inscripción de Título de la Oficina Registral de Lima y Callao mediante el cual se solicita la acumulación de áreas; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5º de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y a lo normado en el Artículo 24º del Decreto Supremo Nº 011-98-MTC, Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley General de Habi- litaciones Urbanas, no es exigible el Certificado de Zonifica- ción y Vías, para la regularización de Habilitaciones Urba- nas, así de conformidad con el Plan del Sistema Vial Metro- politano de Lima 2010, Plano SV-01, aprobado por Ordenanza Nº 127 de fecha 29 setiembre de 1997, el terreno deberá respetar las Vías establecidas en el Sistema Vial Metropoli- tano: Nombre de la vía Calificación Sección Ancho de Vía Av. Malecón Chillon Colectora local U2-U2 32.00 ml Estando al Informe Nº 018-1-99-MDC/CDHU/AT, del 25 de mayo de 1999, emitido por el Area Técnica y al Informe Nº 037-99-MDC/CDHU-AL, de fecha 1 de junio de 1999, emitido por el Area Legal de la Comisión Distrital Especial de Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 022-97-MTC; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, Vía regularización los proyectos de Habilitación Urbana del Programa de Vivienda Residencial "LAS ALONDRAS", de acuerdo al Plano signado con el Nº 038-99-MDC/CDHU, del terreno de 20,892.06 m2., constituido por las parcelas Nºs. 02 y 03 de la Mz. C ex Fundo Santa Bárbara, ubicado en el distrito de Carabayllo, provin- cia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la ejecución de las Obras de Habilitación Urbana de tipo Progresivo, dejando diferida las obras de pavimentación de Pistas, Construc- ción de Veredas y Sardineles, ornamentación de parques, muretes de señalización y rampas de minusválidos, AU- TORIZANDO a FACO INMOBILIARIA S.A., para que ejecute en el plazo de veinticuatro (24) meses, las obras de Energía Eléctrica, Agua Potable y Alcantarillado del te- rreno de VEINTE MIL OCHOCIENTOS NOVENTIDOS METROS SEIS CENTIMETROS CUADRADOS (20,892.06 m2), cuyos proyectos se aprueban debiendo sujetarse dichos trabajos a los planos firmados y sellados, teniendo en cuenta lo siguiente: AREA BRUTA 20,892.06 m2. AREA UTIL 12,854.04 m2. AREA DE VIAS 5,314.72 m2. APORTES RNC PROYECTO DEFICIT Recreación Pública 2,298.13 2,300.00 0.00 M. Educación 417.84 423.30 0.00 El aporte reglamentario para la Recreación Pública se ubica en el Parque Nº 01 con un área de 2,300.00 m2, en la manzana "D". El aporte reglamentario para el Ministerio de Educación con un área de 423.30 m2, se encuentra ubicado en el Lote Nº 09 de la manzana "D". Pavimentos.- Las características de las obras de pavi- mentación serán las siguientes: Subrasante.- Para conseguir un suelo estabilizado y teniendo listo el corte a nivel de subrasante, será necesario efectuar una evaluación de la superficie del terreno natural eliminando el que contenga restos orgánicos, escarificando y mejorando su calidad en un espesor de 0.20 m., mediante la adición de material granular, mezclándose con riegos sucesi- vos y cercanos al óptimo contenido de humedad, hasta alcan-