Norma Legal Oficial del día 14 de septiembre del año 2000 (14/09/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de setiembre de 2000

persona, - su hija MORDAZA MORDAZA MORDAZA propietaria del 50% de participaciones de la empresa MORDAZA Ingenieros S.R.Ltda. habria contratado con la municipalidad diversas obras, incurriendo en la causal de vacancia prevista en el Articulo 88º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, pese a haber tomado conocimiento de la declaratoria de vacancia en la sesion de concejo MORDAZA mencionada, segun aparece en el acta certificada de fojas 69 a 83, recien con fecha 21 de MORDAZA del 2000 - vencido el termino de ocho (8) dias previsto en el MORDAZA parrafo del Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nro. 23853, - solicita la revision del referido acuerdo en plazo extemporaneo, por lo que el recurso debe ser declarado improcedente; Que, se advierte en autos se ha acreditado lo siguiente: a) Con la MORDAZA de la escritura de constitucion social de fecha 26 de MORDAZA de 1999 de fojas 128 a 131, que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, - hija de la mencionada regidora segun aparece en la MORDAZA del acta de nacimiento de fojas 119,- ha sido propietaria del 50% de las participaciones de la empresa MORDAZA Ingenieros S.R. Ltda.; b) Que la referida empresa ha participado como postora y posteriormente ha ganado en la modalidad de adjudicacion directa, la construccion de obras acordadas por el concejo provincial de MORDAZA Portillo, suscribiendo contratos de ejecucion de obra, de fechas 29 de septiembre de 1999 y 7 de diciembre de ese mismo ano, segun es de verse en los documentos de fojas 143 a 158; c) Que la empresa MORDAZA Ingenieros S.R. Ltda. en los documentos de fojas 120 a 127, senalo como domicilio legal, el inmueble ubicado en el MORDAZA Amazonas Nº 149 de la provincia de MORDAZA Portillo, de propiedad de la regidora vacada, segun aparece en la MORDAZA autenticada de la declaracion jurada de fojas 134; d) Que la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha gestionado y mostrado interes en los contratos suscritos por la mencionada empresa con la municipalidad, segun la declaracion jurada del senor MORDAZA MORDAZA Miyake MORDAZA, secretario general del concejo provincial de MORDAZA Portillo, que corre a fojas 104. Que, si bien no se ha acreditado la causal de vacancia prevista en el Articulo 88º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en autos si se acredita lo previsto en el inciso 7) del Articulo 23º, concordante con el inciso 3) del Articulo 26º de la acotada, que establece que es causal de vacancia que el MORDAZA o los regidores tengan interes en las concesiones o en los contratos otorgados o en tramite de otorgamiento por la municipalidad; Que, debe tenerse presente lo dispuesto por el inciso c) del Articulo 9º de la Ley N° 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que establece que no pueden ser postores ni contratistas, los parientes hasta el MORDAZA grado de consanguinidad y MORDAZA de afinidad, de los funcionarios publicos - caso de los regidores - de las instituciones que tengan intervencion directa en los procesos de seleccion; Que, la impugnante no ha negado la veracidad de los hechos que se le imputa, manifestando unicamente que no ha intervenido en la contratacion de la empresa MORDAZA Ingenieros S.R.Ltda; sin embargo es evidente que la regidora conocia el impedimento legal en el que se hallaba incursa la empresa de propiedad de su senorita hija, para contratar con la municipalidad; al haberse vulnerado la prohibicion de contratar establecida por la ley, se da lugar a la causal de vacancia MORDAZA descrita; Que, de conformidad con el Articulo 28º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, concordante con el Articulo 35º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864, en caso de vacancia de un cargo de regidor, es reemplazado por el regidor suplente respectivo de su lista; y de la revision de las actas remitidas por el MORDAZA Especial de MORDAZA Portillo, respecto de las elecciones municipales realizadas en 1998, declarada la vacancia, corresponde asumir el cargo de regidor al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidato postulado por el Movimiento Independiente Pucallpa 2000; por lo que: El MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus facultades y atribuciones, conferidas por la Constitucion Politica del Estado y la ley: RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar improcedente por extemporaneo, el recurso de revision interpuesto por la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en contra del acuerdo tomado en la sesion ordinaria de fecha 28 de junio del 2000, por el concejo provincial de MORDAZA Portillo, que declara la vacancia de su cargo de regidora. Articulo Segundo.- Convocar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA candidato postulado por el Movimiento Independiente Pucallpa 2000, para que asuma el cargo de regidor en reemplazo de la regidora vacada. Articulo Tercero.- Otorgar la credencial respectiva al regidor convocado, quien debera jurar y asumir el cargo, para ejercer funciones en el periodo municipal 1999 al 2002. Articulo Cuarto.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias necesarias para el cumplimiento de la presente resolucion.

Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA DE OCA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO DE MORDAZA MORDAZA TRUJILLANO, Secretario General 10527

Convocan a candidatos proclamado y no proclamado para que asuman cargos de MORDAZA y regidora del Concejo Distrital de Sexi, provincia de MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION Nº 1233-2000-JNE MORDAZA, 12 de setiembre de 2000 VISTO: El escrito recibido el 21 de agosto del 2000, presentado por don MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA, regidor del concejo distrital de Sexi, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, mediante el cual comunica la declaratoria de vacancia del cargo de alcaldesa que desempena MORDAZA MORDAZA Ediza Chininin MORDAZA en el citado concejo, por las causales de ausencia de la localidad por mas de treinta dias sin autorizacion expresa del concejo municipal e inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo; CONSIDERANDO: Que en sesion ordinaria Nº 07-2000 de fecha 19 de MORDAZA del 2000, el concejo distrital de Sexi, con el MORDAZA aprobatorio de cuatro regidores, que constituye la mayoria del numero legal de sus miembros, acordo declarar la vacancia del cargo de alcaldesa que ostenta MORDAZA MORDAZA Ediza Chininin MORDAZA, por ausencia de la localidad por mas de 30 dias consecutivos sin autorizacion del concejo municipal e inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo, como consta del acta que en MORDAZA certificada obra de fojas 69 a 71; expidiendose el Acuerdo de Concejo Municipal Nº 017-2000-CMS del 12 de MORDAZA del 2000 en el mismo sentido, que obra a fojas 66; Que con las copias autenticadas de los certificados emitidos por el Gobernador y el Juez de Paz de Primera Nominacion del distrito de Sexi, se acredita que la alcaldesa MORDAZA MORDAZA Ediza Chininin MORDAZA no reside en la localidad de Sexi desde el dia 13 de MORDAZA del 2000; como consta a fojas 72 y 73; Que con el cargo de la carta notarial, que obra a fojas 74, se acredita que la senora MORDAZA Ediza Chininin MORDAZA con fecha 31 de MORDAZA del 2000, ha tomado conocimiento del acuerdo que declara la vacancia de su cargo de alcaldesa del concejo distrital de Sexi; por lo que, habiendo transcurrido con exceso el termino para interponer el recurso de revision que faculta el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, dicho acuerdo ha quedado consentido; Que en autos se encuentra acreditada la causal de vacancia por ausencia de la localidad fuera de la jurisdiccion de la municipalidad sin autorizacion del concejo, en la que ha incurrido MORDAZA MORDAZA Ediza Chininin MORDAZA, prevista en el numeral 2) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; Que el numeral 1) del Articulo 28º de la acotada ley, dispone que en los casos de vacancia del cargo de MORDAZA, este es reemplazado por el MORDAZA MORDAZA, que es el regidor habil que le sigue en su propia lista electoral, correspondiendo asumir el cargo de MORDAZA al ciudadano MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado de la lista electoral Movimiento Independiente MORDAZA MORDAZA en Progreso; y, para completar el numero legal de miembros se debe convocar a la ciudadana Luz MORDAZA MORDAZA MORDAZA, candidata no proclamada de la referida lista electoral, conforme aparece de la lista de candidatos remitida por el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Cruz; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Convocar a don MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA, candidato proclamado de la lista electoral Movimiento Independiente MORDAZA MORDAZA en Progreso, para que asuma el cargo de MORDAZA del concejo distrital de Sexi, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de MORDAZA, para completar el periodo 1999 - 2002, en reemplazo de MORDAZA MORDAZA Ediza Chininin Davila.

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