Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2000 (20/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 20 de setiembre de 2000

Disposicion Complementaria del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la 4ta. Sala del Tribunal Registral ORLC MORDAZA MORDAZA BEDREGAL Vocal del Tribunal Registral ORLC MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal del Tribunal Registral ORLC 10742

SAFP
Autorizan a AFP Union MORDAZA el cierre de agencia ubicada en el Cercado de MORDAZA
RESOLUCION Nº 057-2000/CT-SAFP-SBS MORDAZA, 14 de setiembre de 2000 VISTOS: La Resolucion Nº 292-2000-EF/SAFP de fecha 2000.7.11, la solicitud de AFP Union MORDAZA ingresada el 5 de setiembre del 2000, con registro 077274, y el Memorandum Nº 292-2000/SAFP.3 de la Gerencia de Control de Inversiones, Instituciones y Prestaciones; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 292-2000-EF/SAFP del 2000.7.11, se autorizo a la AFP Union MORDAZA el cambio de direccion de su agencia ubicada en el MORDAZA Camana Nº 370, El Cercado, provincia y departamento de MORDAZA, a un MORDAZA local ubicado en el MORDAZA Carabaya Nº 408, de la misma localidad; Que, mediante la comunicacion de Vistos, la AFP recurrente solicita a esta Superintendencia se autorice el cierre de su agencia senalada en el considerando que antecede; Que, la citada AFP fundamenta su pedido en el hecho que ha implementado mecanismos que permiten la atencion de afiliados y empleadores sin que estos tengan la necesidad de trasladarse desde sus domicilios hacia los puntos de atencion de la AFP, por lo que la sinergia producida por el citado cierre no perjudicara la calidad del servicio que brinda; Que, mediante Ley Nº 27328 se ha incorporado a las AFP bajo el control y supervision de la Superintendencia de Banca y Seguros; Que, el Articulo 2º de la Resolucion SBS Nº 500-2000 ha facultado a la Comision de Transferencia SAFP-SBS a asumir todas las funciones que corresponden al Superintendente de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Nº 26702, el Texto Unico Ordenado de la Ley del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-97-EF, la Ley Nº 27328, la Resolucion SBS Nº 500-2000, la Resolucion SBS Nº 5522000, el Estatuto de la Superintendencia de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, aprobado por Decreto Supremo Nº 220-92-EF, asi como por el Titulo III del Compendio de Normas de Superintendencia Reglamentarias del Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones, aprobado por Resolucion Nº 053-98EF/SAFP, y por acuerdo de la Comision de Transferencia SAFP-SBS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a AFP Union MORDAZA el cierre de su agencia ubicada en el MORDAZA Carabaya Nº 408, El Cercado, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- Dejar sin efecto el Certificado de Autorizacion de Apertura de Agencia Nº NV-040. Articulo 3º.- AFP Union MORDAZA, a efecto del cierre de la agencia que se autoriza por la presente resolucion, debera dar cumplimiento a lo establecido en el Articulo 14º del Titulo III del Compendio, aprobado por Resolucion Nº 053-98-EF/SAFP. Articulo 4º.- AFP Union MORDAZA debera brindar las facilidades del caso que garanticen un optimo nivel de atencion a los afiliados, empleadores y publico en general. Articulo 5º.- La presente resolucion rige a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QUIROGA Presidenta de la Comision de Transferencia SAFP-SBS 10738

OSIPTEL
Autorizan viaje de Gerente del FITEL a Ecuador, en comision de servicios
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 066-PD-2000/OSIPTEL MORDAZA, 18 de setiembre de 2000 VISTA: La comunicacion cursada por la Secretaria Nacional de Telecomunicaciones del Ecuador invitando al senor MORDAZA Bonifaz MORDAZA, Gerente del Fondo de Inversion en Telecomunicaciones-FITEL del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, para realizar actividades vinculadas con la primera fase de desarrollo de la asesoria tecnica dentro del MORDAZA del Convenio Especifico de Cooperacion Tecnica suscrito entre OSIPTEL del Peru y la Comision Nacional de Telecomunicaciones - CONATEL del Ecuador, entre el 20 y el 26 de setiembre de 2000 en la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador; CONSIDERANDO: Que, el senor MORDAZA Bonifaz MORDAZA ha presentado una propuesta de asesoria tecnica, de acuerdo a la clausula septima del Convenio Especifico de Cooperacion Tecnica suscrito entre OSIPTEL de Peru y CONATEL del Ecuador; Que, es de interes institucional la participacion del senor MORDAZA Bonifaz MORDAZA, Gerente del Fondo de Inversion en Telecomunicaciones-FITEL del Organismo Supervisor de Inversion Privada en TelecomunicacionesOSIPTEL; Que, el financiamiento total del viaje, incluidos los gastos de pasajes aereos, impuestos de salida, alojamiento y viaticos, seran asumidos por la Secretaria Nacional de Telecomunicaciones del Ecuador; En aplicacion de lo dispuesto por el inciso j) del Articulo 52º del Reglamento de OSIPTEL; Con la opinion favorable de la Gerencia General de OSIPTEL; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al senor MORDAZA Bonifaz MORDAZA, Gerente del FITEL del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL a la MORDAZA de MORDAZA, Ecuador, del 20 al 27 de setiembre de 2000. Articulo 2º.- El cumplimiento de la presente resolucion no ocasionara gasto alguno al Estado. Articulo 3º.- La presente resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros, cualesquiera fuese su denominacion o clase. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KUNIGAMI KUNIGAMI Presidente del Consejo Directivo 10771

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