Norma Legal Oficial del día 20 de septiembre del año 2000 (20/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES
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MORDAZA, miercoles 20 de setiembre de 2000
LICENCIA Q-263926/AI Q-363270/AI Q-324509/AI Q-386823/AI Q-321610/AI Q-293756/AI Q-327720/AI Q-381749/AI Q-203476/AI Q-364344/AI Q-350785/AI Q-248128/AI Q-361893/AI Q-260662/AI Q-380117/AI Q-191322/AI Q-289752/AI Q-205636/AI Q-386337/AI Q-365244/AI Q-056420/AI Q-383808/AI Q-348871/AI FECHA 31.01.2000 14.06.2000 26.06.2000 29.06.2000 15.06.2000 10.06.2000 15.06.2000 04.05.2000 24.06.2000 17.04.2000 11.05.2000 12.07.2000 05.07.2000 05.06.2000 28.06.2000 19.06.2000 02.05.2000 25.06.2000 11.07.2000 17.07.2000 13.07.2000 14.07.2000 06.11.99

Salida de Huancayo : A las 07.00, 08.00, 09.00, 10.00, 11.00, 11.45, 19.00, 20.00, 21.00, 22.00, 22.30 y 23.00 horas :LIMA - LA MORDAZA y viceversa RUTA B ORIGEN :LIMA DESTINO :LA MORDAZA ITINERARIO :LA OROYA - TARMA ESCALA COMERCIAL :LA OROYA - TARMA FRECUENCIA :Tres diarias FLOTA VEHICULAR :Cuatro omnibus FLOTA OPERATIVA :Tres omnibus: UQ-8782 (1992), UO-4015 (1994), UO-3851 (1994) FLOTA DE RESERVA :Un omnibus: UP-3151 (1994) HORARIOS: Salida de Lima: A las 08.00, 10.00 y 20.00 horas Salida de La MORDAZA : A las 08.00, 20.00 y 22.00 horas La Tarjeta de Circulacion Vehicular sera expedida con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados. Segundo.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion; para lo cual debera contar con lo establecido en el Articulo 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procedera a aplicar lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del referido Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 10757

Nº APELLIDOS Y NOMBRES MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA HUARSAYA SERGO, Yerko MORDAZA LLONTO MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Gonsalo RICALDEZ MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Eumelio Chapelt MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Eberson MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Nilton MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA NUNUVERO, Malolo MORDAZA

Sancionan a diversos conductores con suspension de licencia de conducir
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 1562-2000-MTC/15.18 MORDAZA, 8 de setiembre de 2000 VISTOS, los Expedientes de Registros Nºs. 03832, 01342010, 00444011, 03834, 03643, 03700, 03452, 03380, 03451, 02992, 03571, 01294010, 03564, 01348010, 03919, 01347010, 03659, 03395, 02171, 03653, 04145, 04059, 04069, 04087 y 05214006, organizados en torno a la infraccion al Reglamento de MORDAZA, por conducir vehiculos con licencias de conducir cuya categoria no corresponde al vehiculo que conducen, Informe Nº 1041-2000-MTC/15.18.05.3.AA. emitido por el Area Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir y Memorandum Nº 1625-2000-MTC/15.18.05. de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. CONSIDERANDO: Que, diversas Comisarias de la Policia Nacional del Peru han remitido a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial, las licencias de conducir retenidas a sus titulares por haber infringido el Reglamento de MORDAZA, al conducir vehiculos con licencias de conducir cuya CATEGORIA NO CORRESPONDE AL VEHICULO QUE CONDUCEN, siendo estas las siguientes:
Nº APELLIDOS Y NOMBRES 1. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA 2. MORDAZA ALMERCO, MORDAZA MORDAZA LICENCIA Q-306520/AI Q-213974/AI FECHA 10.07.2000 23.05.2000

Que, los conductores indicados precedentemente, han infringido lo dispuesto en el literal F-2 del Articulo 3º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por el Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, de fecha 16 de junio de 1994, al conducir vehiculos CON LICENCIA DE CONDUCIR CUYA CATEGORIA NO CORRESPONDE AL VEHICULO QUE CONDUCEN; por lo tanto son pasibles a la sancion administrativa establecida en el literal f) del Articulo 6º del Reglamento acotado; Que, el Articulo 20º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por el Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, establece: "En los casos en que la Infraccion originara la retencion de la licencia de conducir, esta sera remitida a la Autoridad Competente de Circulacion Terrestre para la aplicacion de la sancion administrativa prevista en el presente Reglamento"; Estando a lo opinado por las Direcciones de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial en Memorandum Nº 16252000-MTC/15.18.05. y de Asesoria Legal en Informe Nº 463-2000-MTC/15.18.01; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26322, modificatoria del Articulo 111º del Codigo de MORDAZA y Seguridad Vial aprobado por Decreto Legislativo Nº 420, Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Sancionar a las personas indicadas en el primer considerando de esta Resolucion, con la SUSPENSION de sus Licencias de Conducir por el periodo de un (1) ano, computado a partir de la fecha de la ocurrencia o la fecha de la remision de los oficios por parte de las Comisarias de la Policia Nacional del Peru, segun corresponda, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Segundo.- De conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposicion Complementaria del Reglamento para obtener Licencias de Conducir para vehiculos Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, la presente Resolucion se publicara en el Diario Oficial «El Peruano». Tercero.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 10739

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