Norma Legal Oficial del día 30 de septiembre del año 2000 (30/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, sabado 30 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES

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b) 12153, 1853, 1953 y 42153 referidas a "Acciones de Trabajo", las que en adelante se denominaran "Acciones de Inversion". Articulo 3º.-Eliminar en las Normas Contables aplicables a los Fondos Mutuos de Inversion en Valores, aprobadas mediante Resolucion CONASEV Nº 628-97-EF/94.10, las subdivisionarias y analiticas siguientes: 12131, 12132, 12133, 12134, 1831, 1832, 1833, 1834, 18931, 18932, 18933, 18934, 42131, 42132, 42133 y 42134 referidas a Operaciones de reporte con certificados de deposito, con letras hipotecarias, con bonos y operaciones de reporte con acciones. En adelante tales operaciones se registraran solo en las divisionarias 1213, 183, 1893 y 4213, segun corresponda. Articulo 4º- Las Sociedades Administradoras tendran pla. zo hasta el 30 de noviembre de 2000 para adecuar sus sistemas contables a las disposiciones contenidas en esta resolucion. Articulo 5º.-La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 6º.- Transcribir la presente resolucion a las Sociedades Administradoras autorizadas para gestionar Fondos Mutuos de Inversion en Valores y a la Asociacion de Sociedades Administradoras de Fondos Mutuos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA NOBLECILLA MORDAZA Gerente General (e) 11182

SOLTERO, del Establecimiento Penitenciario MORDAZA Imperial - Canete, por los motivos expuestos en la presente Resolucion. Articulo 2º.- Notifiquese la presente Resolucion a traves de la Oficina de Recursos Humanos del INPE o a traves del Diario Oficial El Peruano, a efecto que el servidor presente su descargo en el termino de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. MATHEWS MORDAZA Presidente del Consejo Nacional Penitenciario del INPE 11123

SUNARP
Aprueban directiva sobre reglas aplicables para casos en que solicitudes de inscripcion o publicidad de actos o derechos relacionados al area registral minera, MORDAZA presentados en oficinas distintas
RESOLUCION DE LA SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 179-2000-SUNARP/SN MORDAZA, 21 de setiembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, es funcion y atribucion de la Superintendente Nacional de los Registros Publicos, de conformidad con el Articulo 7º, literal l) del Estatuto de la SUNARP, dictar directivas de cumplimiento obligatorio por los organos desconcentrados; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 006-2000SUNARP/SN, que establece reglas para la MORDAZA, remision, generacion de asientos de MORDAZA, subsanacion de observaciones, interposicion de recursos de apelacion y demas pertinentes, en los casos en que las solicitudes de inscripcion y/o publicidad de actos o derechos relacionados al area registral minera, son presentados en oficinas registrales distintas a las competentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COCO Superintendente Nacional de los Registros Publicos DIRECTIVA Nº 006-2000-SUNARP/SN 1.- ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES Mediante Resolucion Jefatural Nº 0109-2000-RPM/A, publicada el 26 de MORDAZA del 2000, se dispone la transferencia de las funciones, personal, recursos materiales, economicos, financieros y acervo documental que corresponden al area registral del Registro Publico de Mineria a la SUNARP, en aplicacion de la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 26366 y la Primera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 26615. Asimismo, mediante Resolucion de la Superintendente Nacional de los Registros Publicos Nº 100-2000-SUNARP/SN, publicada el 26 de MORDAZA del 2000, se dispuso la incorporacion de cada una de las areas registrales de las Oficinas de Concesiones y Registros Mineros transferidos, a los organismos publicos desconcentrados que en dicha resolucion se detallan. Conforme a la resolucion aludida en el parrafo precedente, unicamente la Oficina Registral de MORDAZA y Callao, la Oficina Registral MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la Oficina Registral de MORDAZA, la Oficina Registral Inka y la Oficina Registral La MORDAZA, son competentes para atender las solicitudes de inscripcion y publicidad en materia minera; mientras que las demas oficinas registrales a nivel nacional, estan autorizadas a funcionar solo como oficinas receptoras de las indicadas solicitudes. Atendiendo a que las solicitudes de inscripcion presentadas en oficinas registrales distintas a las competentes no

INPE
Inician procedimiento disciplinario a servidor del Establecimiento Penitenciario MORDAZA Imperial - Canete
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 570-2000-INPE-P MORDAZA, 27 de septiembre de 2000 VISTO; el Informe Nº 080-2000-INPE-CPPAD, de fecha 22 de setiembre del 2000, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario. CONSIDERANDO: Que, del analisis de los documentos que obran en el expediente administrativo, particularmente del Informe Tecnico Nº 043-2000-INPE-ORH/URD, elaborado por la Unidad de Remuneraciones y Desplazamiento de la Oficina de Recursos Humanos del INPE, respecto a la situacion laboral del servidor del Establecimiento Penitenciario MORDAZA Imperial de Canete, MORDAZA MORDAZA MORDAZA SOLTERO, quien cumplia servicio de seguridad en el horario de 24 x 48, habria incurrido en abandono laboral, al no haber cumplido con registrar su asistencia en su centro de labores desde el dia 30 de MORDAZA hasta el 14 de junio del 2000. Que existen suficientes elementos de juicio que permiten establecer que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA SOLTERO, habria transgredido el Art. 10º del Cap. III del Reglamento de Control de Asistencia, Puntualidad y Permanencia para los trabajadores del INPE, aprobado mediante Resolucion de la Presidencia Nº 503-98-INPE/CR-P, incumpliendo lo establecido en el inciso c) del Art. 21º de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 276, falta administrativa disciplinaria tipificada en el inciso k) del Art. 28º del dispositivo legal MORDAZA mencionado. Estando a lo informado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario y las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recurso Humanos. De conformidad con lo establecido en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 175-2000-JUS. SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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