NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (30/09/2000)
CANTIDAD DE PAGINAS: 32
TEXTO PAGINA: 20
Pág. 193426 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de setiembre de 2000 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su Reorgani- zación y Reestructuración Integral en lo referente al Despa- cho Judicial, entre otras materias; pudiendo adoptar acuer- dos y medidas necesarias para que los órganos jurisdicciona- les funcionen con la debida celeridad y eficiencia, y estando a lo acordado en la sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en la comunidad de Moyabamba Baja, distrito de Santa María de Chicmo, provincia de Andahuaylas, departamento y Distri- to Judicial de Apurímac. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la presente Resolución, se financiarán con cargo a la Unidad Ejecutora 001 - Gerencia General del Pliego del Poder Judicial del presupuesto del Sector Público para 2000. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolución a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Apurí- mac, y a los Organos de Línea de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial. Regístrese, publíquese y cúmplase. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 11196 Autorizan participación de magistra- dos en curso sobre la puesta en mar- cha de los Módulos Básicos de Justi- cia de Caravelí y Paucarpata, a reali- zarse en Arequipa RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1277-CME-PJ Lima, 29 de setiembre del 2000 VISTO: El Informe Nº 152-2000-PJ-SE-GCR, de la Gerencia Central de la Reforma de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial, mediante el cual eleva la documentación corres- pondiente a la capacitación del personal del Módulo Básico de Justicia de Caravelí y de Paucarpata del Distrito Judicial de Arequipa; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 165-97-EF, de 11 de diciembre de 1997, se aprobó la operación de Endeudamiento Externo entre la República del Perú y el Banco Interameri- cano de Desarrollo - BID, destinada a financiar parcialmen- te el Programa de Mejoramiento de Acceso a la Justicia, cuyo Artículo 2º señala que el Poder Judicial es el Organismo Ejecutor del Programa de Mejoramiento de Acceso a la Justicia; Que, conforme al contrato suscrito entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID Nº 1061/ OC/PE, es necesario cumplir con las metas y objetivos trazados en el mismo; Que, uno de los principales postulados del proceso de reforma emprendida, es el de acercar la Justicia a la pobla- ción alejada de las sedes de Corte, mejorar el funcionamien- to de los Juzgados de Paz Letrados y Especializados y/o Mixtos, con tecnología y nuevo sistema de trabajo, así como establecer centros de atención que comprendan a Jueces, Fiscales, Abogados, Defensores de Oficio, Médicos Legistas, Consultorios Jurídicos y otros funcionarios pertenecientes al Sistema Judicial; Que, para el logro de dichos objetivos, se ha diseñado una nueva organización denominada "Módulo Básico de Justi- cia", cuya implantación se tiene prevista en diversos Distri- tos Judiciales del país; Que, mediante Resolución Administrativa Nº 507-SE- TP-CME-PJ, se aprobó el Diseño Personalizado de los vein- tidós (22) Módulos Básicos de Justicia correspondientes a laPrimera Etapa y con Resolución Administrativa Nº 530-SE- TP-CME-PJ se aprobaron los Manuales de Organización y Funciones en sus componentes de Administración, Centro de Distribución y Poder Judicial de los veintidós (22) y veinticinco (25) Módulos Básicos de Justicia de la Primera y Segunda Etapa, respectivamente; Que, estando por implantarse los doce (12) Módulos Básicos de Justicia de la segunda etapa, y siendo necesario un conocimiento integral del Proyecto de Mejoramiento de Acceso a la Justicia y del funcionamiento de los mismos por parte de los señores Magistrados que desempeñan sus funciones en dichos Módulos, se requiere impartir la capaci- tación necesaria con el fin de apoyar su implantación y puesta en marcha, a efecto de lograr un eficiente servicio a la población beneficiada; Que, conforme al "Convenio Marco de Capacitación por Colaboración Interinstitucional" suscrito entre el Poder Judicial y la Academia de la Magistratura aprobado por Resolución Administrativa Nº 1116-CME-PJ de 26 de abril del 2000, ésta ha previsto desarrollar el "Programa de Capacitación" del personal que se desempeñará en los Mó- dulos Básicos de Justicia; Que, haciendo uso de las facultades conferidas mediante Ley Nº 26546 que crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la cual ha asumido por un período de excepción las funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, y las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorroga- das por Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su Reorganización y Reestructuración integral en lo referente al Despacho Judicial, entre otras materias, pudiendo adoptar acuerdos y medidas necesarias para que los órganos jurisdiccionales funcionen con la debida celeri- dad y eficiencia, y estando a lo acordado en la sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la participación en el "Curso Capacitación sobre la puesta en marcha de los Módulos Básicos de Justicia de Caravelí y Paucarpata", a realizarse en la sede del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, los días 5, 6 y 7 de octubre del año en curso, de los señores Magistrados pertenecientes a la Corte Superior de Justicia de Arequipa que a continuación se mencionan: MODULO BASICO DE JUSTICIA DE CARAVELI DRA. MARLENE CACERES ZUÑIGA JUEZ MIXTO DRA. MIRIAM CLARA YANQUI FARFAN JUEZ DE PAZ LETRADO MODULO BASICO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA DR. ROBERTO SONCCO VALENCIA JUEZ MIXTO DRA. SONIA FLORES SANCHEZ JUEZ DE PAZ LETRADO Artículo Segundo.- Conceder licencia con goce de ha- ber los días 5 y 6 de octubre del 2000, a los Magistrados mencionados en el artículo anterior, los mismos que deberán presentar un Informe a la Secretaría Ejecutiva de la Comi- sión Ejecutiva del Poder Judicial, sobre la actividad desarro- llada. Artículo Tercero.- Autorizar al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa para que dicte las medidas jurisdiccionales y administrativas necesarias para el cum- plimiento de la presente Resolución, incluyendo la autoriza- ción para la asistencia del personal auxiliar y administrati- vo que laborará en los Módulos Básicos de Justicia de Caravelí y Paucarpata. Artículo Cuarto.- Autorizar a la Gerencia General y Gerencia Central de la Reforma disponer las acciones admi- nistrativas que sean necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo Quinto.- Transcribir la presente Resolución al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa y a los correspondientes Organos de Línea de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial. Regístrese, publíquese y cúmplase. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 11197