NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2000 (30/09/2000)
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Pág. 193425 NORMAS LEGALES Lima, sábado 30 de setiembre de 2000 Ejecutiva del Poder Judicial, Ministerio Público y Ministe- rio de Justicia. Regístrese, publíquese y cúmplase. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 11194 Autorizan participación de magistra- dos en el "III Encuentro Académico sobre Banca y Finanzas", a realizarse en la ciudad de Lima RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1275-CME-PJ Lima, 29 de setiembre del 2000 VISTO: El Informe Nº 156-2000-PJ-SE-GCR de la Gerencia Cen- tral de la Reforma de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial, mediante el cual eleva la documentación corres- pondiente a la solicitud de autorización para la realización del "III Encuentro Académico sobre Banca y Finanzas" organizado por la Corte Superior de Justicia de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 3365-2000-P-CSJLI/PJ de 21 de setiembre del 2000, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, solicita la autorización para la realización del "III Encuentro Académico sobre Banca y Finanzas" organizado por la Corte Superior de Justicia de Lima, en coordinación con la Asociación de Bancos del Perú - ASBANC a realizarse los días 6 y 7 de octubre del 2000 en la ciudad de Lima; Que, el referido evento se inserta dentro de los planes de mejoramiento de la Administración de Justicia; Que, es interés fundamental de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial elevar el nivel académico de los Magistra- dos, promoviendo su participación en actividades de capaci- tación y actualización; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26546 que crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la cual ha asumido las funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorrogadas por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, con el fin de factibilizar su Reorganización y Reestructuración Integral, y estando a lo acordado en sesión de la fecha; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la participación en el "III Encuentro Académico sobre Banca y Finanzas" a realizarse los días 6 y 7 de octubre del 2000 en la ciudad de Lima, de los Magistrados pertenecientes a la Corte Superior de Justicia de Lima que a continuación se indican: DR. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO VOCAL SUPERIOR DRA. ANA MARIA ARANDA RODRIGUEZ VOCAL SUPERIOR DR. JOSE ALBERTO PALOMINO GARCIA VOCAL SUPERIOR DR. GERMAN ALEJANDRO AGUIRRE SALINAS VOCAL SUPERIOR DRA. ROSARIO DEL PILAR ENCINAS LLANOS VOCAL SUPERIOR DRA. SARA JOSEFA TAIPE CHAVEZ VOCAL SUPERIOR DRA. ELVA VIZCARRA ZORRILLA VOCAL SUPERIOR DR. HECTOR LAMA MORE VOCAL SUPERIOR DRA. LEONOR CHAMORRO GARCIA VOCAL SUPERIOR DRA. MARIA TERESA JARA VOCAL SUPERIOR DR. MANUEL SOLLER RODRIGUEZ VOCAL SUPERIOR DR. RONALD ALIAGA RANGIFO JUEZ CIVIL DR. ENRIQUE MENDOZA VASQUEZ JUEZ CIVIL DRA. LILIANA VICUÑA INAMI JUEZ CIVIL DRA. LETICIA NIÑO NEYRA RAMOS JUEZ CIVIL DR. EDGAR RAUL MIRANDA CHIQUILLANQUI JUEZ CIVIL DR. RICARDO CALLE TAGUCHE JUEZ CIVIL DR. ULISES YAYA ZUMAETA JUEZ CIVIL DRA. MARGOT MARIA SALINAS MARTINEZ JUEZ CIVIL DRA. MARIA SALOME PULACHE AYALA JUEZ CIVILDRA. DORILA MONTENEGRO SALDAÑA JUEZ CIVIL DRA. JESUS MARIA ELENA GUERRA CERRON JUEZ CIVIL DR. FRANCISCO JAVIER MUNGUIA CAMARENA JUEZ CIVIL DRA. MARIA SALDAÑA GROSSO JUEZ CIVIL DRA. MILAGROS ALVAREZ ECHARRY JUEZ CIVIL DRA. ROCIO ROMERO ZUMAETA JUEZ CIVIL DR. JESUS MARAVI NAVARRO JUEZ CIVIL DRA. LILIANA PACHECO GARRIDO JUEZ CIVIL DRA. MARIA ISABEL HASEMBANK ARMAS JUEZ CIVIL DRA. HILDA SANCARRANCO CACEDA JUEZ CIVIL DR. JOSE DIAZ VALLEJOS JUEZ CIVIL DR. OSWALDO ORDOÑEZ ALCANTARA JUEZ CIVIL DRA. ANGELA SALAZAR VENTURA JUEZ CIVIL DRA. NILDA VIRGINIA YLLANES MARTINEZ JUEZ CIVIL DRA. YSABEL PEREZ TORRES JUEZ CIVIL DRA. DINA DAVILA MARIN JUEZ CIVIL DRA. ROXANA CH. CARRION RAMIREZ JUEZ CIVIL DR. RODOLFO M. NEYRA ROJAS JUEZ DE PAZ LETRADO Artículo Segundo.- Conceder licencia con goce de ha- ber a los Magistrados mencionados en el artículo anterior a fin de que participen en el "III Encuentro Académico sobre Banca y Finanzas", el día 6 de octubre a partir de las 14.30 horas. Artículo Tercero.- El cumplimiento de la presente Resolución no irrogará gasto alguno al presupuesto del Pliego del Poder Judicial. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente Resolución al Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, y a los Organos de Línea de la Secretaría Ejecutiva del Poder Judicial. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VICTOR RAUL CASTILLO CASTILLO LUIS EDMUNDO SERPA SEGURA JORGE BUENDIA GUTIERREZ DAVID PEZUA VIVANCO 11195 Crean juzgado de paz en la comunidad de Moyabamba Baja, Distrito Judicial de Apurímac RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1276-CME-PJ Lima, 29 de setiembre del 2000 VISTOS: El Informe Nº 143-2000-PJ-SE-GCR de la Gerencia Cen- tral de la Reforma de la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial correspondiente a la creación de un Juzgado de Paz en la comunidad de Moyabamba Baja, distrito de Santa María de Chicmo, provincia de Andahua- ylas, departamento y Distrito Judicial de Apurímac; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al inciso 5.11 del Artículo 5º del Regla- mento de Organización y Funciones de la Comisión Ejecuti- va del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administra- tiva Nº 018-CME-PJ, esta Comisión está facultada para crear, modificar, reubicar, suprimir Distritos Judiciales y los demás órganos jurisdiccionales que se requieran para lograr la eficiencia del servicio de Administración de Justi- cia a solicitud de la Corte Superior de Justicia correspon- diente; Que, uno de los postulados de la Reforma y Moderni- zación del Poder Judicial es apoyar a las poblaciones menos favorecidas del país, dotándolas de los órganos jurisdiccio- nales correspondientes; Que, mediante el Oficio de Vistos, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, ha solicitado la creación de un Juzgado de Paz en la comunidad de Moya- bamba Baja, distrito de Santa María de Chicmo, provincia de Andahuaylas, departamento y Distrito Judicial de Apu- rímac; En uso de las facultades conferidas mediante Ley Nº 26546 se crea la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, la cual ha asumido por un período de excepción las funciones de gobierno y gestión de dicho Poder del Estado, las mismas que fueron ampliadas, modificadas y prorrogadas por Leyes Nºs.