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Pág. 201085 NORMAS LEGALES Lima, sábado 7 de abril de 2001 Artículo 3º.- ELECTRO SUR MEDIO S.A.A. debe- rá informar en forma documentada a OSINERG del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, en el término de 30 días calendario, contados a partir del día siguiente de la notificación de la presente reso- lución. GUILLERMO SHINNO H. Gerente General 21478 SUNAT FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 046-2001/SUNAT Mediante Oficio Nº 056-2001-C00000, la SUNAT solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Superintendencia Nº 046-2001/SUNAT, publicada en nuestra edición del día 4 de abril de 2001, en la página 200895. DICE: Resolución de Superintendencia Nº 046-2001/SUNAT DEBE DECIR: Resolución de Superintendencia Nº 047-2001/SUNAT 21421 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Autorizan subdivisión y libre venta de lotes ubicados en el distrito de Santia- go de Surco RESOLUCIÓN Nº 033-2000-MML-DMDU-DHU Lima, 18 de diciembre de 2000 LA DIRECTORA DE HABILITACIONES URBANAS Visto el Expediente Nº 10575-2000, y los anexos Nº 3291-2000, Nº 3536-2000, Nº 5544-2000, Nº 6105- 2000, y Nº 7170-2000, seguidos por PROMOTORA DE VIVIENDA EFIA S.A., por los que solicita se le autorice la Subdivisión sin cambio de uso y sin Obras del denominado lote Nº 01 de 5,172.32 m2, con frente a la calle C, calificado con el Uso Residencial de Baja Densidad "R-2", el mismo que formó parte de la Resolución de Alcaldía Nº 2229, que Declara Habili- tado como Urbano en tres lotes, la denominada Par- cela I, de la Parcelación Pampas de Santa Teresa, Sección Monterrico Chico, y de la Resolución Nº 157- 96-MLM-DMDU, que rectifica el área de dichos lotes, entre los cuales se encuentra el lote materia del recurso, ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución de Alcaldía Nº 2229, de fecha 27 de diciembre de 1989, se Declara Habilitado como Urbano en tres lotes, la denominada Parcela I, dela Parcelación Pampas de Santa Teresa, Sección Monte- rrico Chico, en el cual se encuentra comprendido el denominado Lote Nº 01, antecedente del lote materia del recurso; Que mediante la Resolución Nº 157-96-MLM-DMDU, de fecha 26 de julio de 1996, se rectifica el Artículo Primero de la Resolución de Alcaldía Nº 2229, en el sentido de que se modifica el área de los tres lotes que conforman el área útil autorizada, siendo que el área del denominado lote Nº 01, materia del presente trámi- te de Subdivisión es modificada de 4725.00 m2 al área de 5,172.32 m2, quedando inscrita el Asiento 6-b de la ficha Registral Nº 1310851; Que el recurrente ha cumplido con presentar la documentación requerida para el trámite correspon- diente, y ha abonado los derechos administrativos seña- lados en el TUPA y en el Reglamento Nacional de Construcciones; Estando con los Informes Nº 030-2000-MML-DMDU- DHU-DSD y Nº 068-2000-MML-DMDU-DHU-DSD, de fechas 4 de julio y 18 de diciembre del 2000 respectiva- mente, emitidos por la División de Subdivisiones de la Dirección de Habilitaciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997, y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR la Subdivi- sión sin cambio de uso y sin Obras del denominado lote Nº 01 de 5,172.32 m2. (CINCO MIL CIENTO SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y DOS DECIMETROS CUADRADOS), con frente a la calle C, calificado con el Uso Residen- cial de Baja Densidad "R-2", ubicado en el distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima de la siguiente forma: SUBLOTE 1-A.- Con un área de 3,000.00 m2 (TRES MIL METROS CUADRADOS). SUBLOTE 1-B.- Con un área de 2,172.32 m2 (DOS MIL CIENTO SETENTA Y DOS METROS CUADRA- DOS CON TREINTA Y DOS DECIMETROS CUADRA- DOS). Las características de los Sublotes resultantes figu- ran en el Plano signado con el Nº 083-2000-MML- DMDU-DHU, y la Memoria Descriptiva que forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- AUTORIZAR, la inscripción ante la Oficina Registral de Lima y Callao de los Sublotes 1-A y 1-B, así como autorizar la libre venta de los mismos. Así mismo la presente Resolución sólo aprueba la subdivisión del lote, no convalidando la falta de licencias de construcción que a la fecha podrían existir, ni regularizando las construcciones existentes. Artículo Tercero.- DISPONER, que el propietario está obligado a insertar en los contratos de venta que celebre una cláusula en la que se establezca la indivisi- bilidad de los mismos. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Perua- no, la cual estará a cargo de los interesados debiendo efectuarse en un plazo máximo de treinta días calen- dario contados a partir de la fecha de notificación de la presente. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente Resolución a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscripción correspondiente, a la Municipalidad Dis- trital de Santiago de Surco para que la incorpore al radio de su jurisdicción, y a la Superintendencia Nacio- nal de Administración Tributaria (SUNAT) para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. ROSA CACERES VALENCIA Directora de Habilitación Urbana 21435